RESOLUCIÓN 3093 2002 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
SE EXCLUYE DE LOS ALCANCES DE LA RESOLUCIÓN N° 2.174/SED/01, B.O. N° 1332, A LOS CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL NROS. 1, 4, 7 Y 24, Y CIFPA. SE CREA UNA COMISIÓN PARA LA ELABORACIÓN DEL MARCO NORMATIVO DEL PROGRAMA PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DECRETO N° 238/GCBA/99, B.O. N° 644
Publicación:
20/11/2002
Sanción:
04/11/2002
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Carpeta N° 1.673/SED/2002, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 2.174/SED/2001 se convoca a concurso de títulos, antecedentes y oposición para ingreso, acumulación, acrecentamiento, traslado y ascenso en los cargos vacantes existentes al 31 de marzo de 2002, con posterioridad al cumplimiento de las Leyes de Titularización Nros. 283, 333 y su Decreto Reglamentario N° 913/GCABA/2000 en las Areas y establecimientos afectados a las mismas;
Que el artículo 1° de la citada Resolución incluye en el llamado a concurso a los Centros de Formación Profesional Nros. 1, 4, 7, 24 y CIFPA, establecimientos dependientes del Area de Educación del Adulto y del Adolescente que no se encuentran comprendidos en la jurisdicción de ninguna de las Juntas de Clasificación Docente normadas por la Ordenanza N° 40.593 y su Reglamentación;
Que, teniendo en cuenta que por la Resolución N° 2.174/SED/2001 se pone a cargo de las Juntas de Clasificación Docente respectivas las inscripciones de los aspirantes, con los cuales deben ser confeccionados los listados correspondientes, este aspecto, con relación a los establecimientos educativos consignados, es de imposible cumplimiento;
Que la circunstancia señalada y la necesidad del dictado de una normativa que concrete el Programa Proyectos de Formación Profesional, marco dentro del cual se desarrollarán las actividades de tales instituciones educativas, hacen aconsejable desafectar a las mismas del concurso de títulos, antecedentes y oposición convocado por la citada Resolución;
Que en tal sentido, torna necesaria la creación de una comisión ad-hoc que elabore el marco normativo que habrá de establecer los parámetros para el funcionamiento del Programa Proyectos de Formación Profesional;
Que la Dirección del Area de Educación del Adulto y del Adolescente avala el criterio expresado en el considerando anterior;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;
Por ello,
Artículo 1° Exclúyense de los alcances de la Resolución N° 2.174/SED/2001 a los Centros de Formación Profesional N° 1, N° 4, N° 7, N° 24 y CIFPA, incluidos en el artículo 1° de dicha norma, quedando estos establecimientos desafectados del concurso convocado por medio de dicha Resolución.
Artículo 2° Créase una comisión ad-hoc que tendrá a su cargo la elaboración del marco normativo que establecerá los aspectos específicos para el funcionamiento del Programa Proyectos de Formación Profesional creado por Decreto N° 238/99.
Artículo 3° Establécese que la citada Comisión ad-hoc estará integrada por 2 miembros (uno titular y uno alterno) en representación de la Dirección del Area de Educación del Adulto y del Adolescente (Coordinación del Programa Proyectos de Formación Profesional); 8 miembros (4 titulares y 4 alternos, directivos o docentes) en representación de los servicios educativos del Programa Proyectos de Formación Profesional y dos miembros (1 titular y 1 alterno) por la coordinación de Juntas de Clasificación Docente y de Disciplina.
Artículo 4° Fíjase en noventa (90) días el plazo máximo para que la citada comisión ad-hoc cumpla su cometido.
Artículo 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese por copia a las Direcciones Generales de Educación, de Coordinación Financiera y Contable y de Coordinación Legal e Institucional y a la Coordinación de Juntas de Clasificación Docente y de Disciplina. Pase para su conocimiento y notificación a la Dirección del Area de Educación del Adulto y del Adolescente y, a los mismos efectos, a los establecimientos mencionados en el artículo 1° de la presente Resolución. Filmus