DISPOSICIÓN 15 2015 DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL

Síntesis:

CREA - ÁMBITO GERENCIA OPERATIVA DE CONTROL OPERATIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL - MÓVIL DE PREVENCIÓN AMBIENTAL - PREVENIR - CONTROLAR - FISCALIZAR - VERIFICAR CUMPLIMIENTO -  NORMATIVA EN MATERIA AMBIENTAL - VIGENTE E IMPERANTE EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SE LO EXCEPTÚA - CUMPLIMIENTO DE ACTOS INSPECTIVOS EN GENERAL - FUNCIONAMIENTO - APRUEBA FUNCIONES Y PROCEDIMIENTO 

Publicación:

30/01/2015

Sanción:

20/01/2015

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL


VISTO:

La Ley N° 2.628, el Decreto N° 138/2008, la Disposición N° 159-DGCONT-2011 y la

Resolución N° 228-APRA-2014;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como

entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo objeto es la protección de la calidad

ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones

necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, por su parte, el Decreto N° 138/08 estableció que la Agencia de Protección

Ambiental, en su carácter de organismo con mayor competencia ambiental, actuará

como autoridad de aplicación de las leyes vigentes relacionadas con la materia de su

competencia y las que en el futuro se sancionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que, por Anexo I, de la Disposición DGCONT N° 159/2011, se estableció el circuito

administrativo para los actos inspectivos llevados adelante por los agentes de la

entonces Dirección General de Control;

Que, por Resolución 228/GCABA/APRA/2014, se aprobó la estructura organizativa de

la citada Agencia, instituyendo su esquema organizacional en el Anexo allí adjunto y al

que se remite en mérito a la brevedad;

Que, en cuanto a las responsabilidades primarias de la Dirección General de Control

Ambiental, la norma destacó las siguientes: "Elaborar planes operativos para el

desarrollo del control de la calidad ambiental de la Ciudad, llevando a cabo las tareas

de fiscalización y control a partir de los mismos"; "Ejercer el contralor y el poder de

policía mediante la aplicación de las normas respectivas, en materia de calidad

ambiental y contaminación"; "Implementar y ejecutar el monitoreo de la calidad

ambiental de la Ciudad"; "Administrar el cuerpo de inspectores, verificadores y

notificadores de la Dirección General de Control Ambiental"; "Disponer clausuras,

labrar actas de comprobación, practicar intimaciones y dictar todo acto administrativo

que corresponda de acuerdo a su competencia";

Que, a los efectos de dar cumplimiento a la norma y mejorar los estándares de control

fijados, la Dirección General de Control Ambiental ha decidido la creación del

denominado "Móvil de Prevención Ambiental" que se desempeñará en el ámbito de la

Gerencia Operativa de Control Operativo;

Que, entre las tareas que se asignarán al "Móvil de Prevención Ambiental", será

primordial la de prevenir y corregir conductas que estén en conflicto con toda la

normativa medio ambiental vigente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, la Gerencia Operativa de Asuntos Legales y Clausuras ha tomado intervención

de su competencia;

Por ello, y en uso de las facultades que le fueran conferidas por la Resolución N°

228/APRA/2014;

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTROL AMBIENTAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Créase, en el ámbito de la Gerencia Operativa de Control Operativo

de esta Dirección General de Control Ambiental, el denominado "Móvil de Prevención

Ambiental" que estará encargado de prevenir, controlar, fiscalizar y verificar el

cumplimiento de toda la normativa, en materia ambiental, vigente e imperante en el

territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Exceptúese al "Móvil de Prevención Ambiental" del cumplimiento de lo

dispuesto por Anexo I, apartado "ACTOS INSPECTIVOS EN GENERAL" de la

Disposición DGCONT N° 159/2011.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Gerencia Operativa de Control Operativo a los efectos

de dotar al "Móvil de Prevención Ambiental" de los elementos necesarios para su

funcionamiento.

ARTÍCULO 4°.- Apruébense las funciones del "Móvil de Prevención Ambiental" y el

procedimiento al que deberá atenerse, que se detallan en el Anexo I, que con registro

SADE N° IF-00859184-DGCONT-2015, forma parte integrante de la presente

Disposición.

ARTICULO 5°.- Regístrese, notifíquese a la Agencia de Protección Ambiental, a la

Gerencia Operativa de Control Operativo y a quien corresponde. Cumplido, archívese.

Naveiro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4570

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Disposición 15-DGCONT-15, en su art. 1, exceptúa al Móvil de Prevención Ambiental  del cumplimiento de lo dispuesto por en el Anexo I, apartado Actos Inspectivos en General, de la Disposición DGCONT 159-2011.</p>