RESOLUCIÓN 145 2015 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APRUEBA - PROGRAMA DOCENTE - RESIDENCIA DE PEDIATRÍA - SISTEMA DE RESIDENCIA - PROGRAMA POR ESPECIALIDAD - ESTRUCTURA - PROPÓSITOS GENERALES - PERFIL - ORGANIZACIÓN GENERAL - CAPACITACIÓN - ACTIVIDADES - ORGANIZACIÓN - ROTACIÓN - CONTENIDOS - SISTEMA DE EVALUACIÓN - INSTRUCCIONES
Publicación:
30/01/2015
Sanción:
22/01/2015
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ordenanza N° 40997 y sus modificatorias, la Ley N° 153 y el Expediente
Electrónico N° 18580858/MGEYA-DGDOIN/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 y sus modificatorias regulan el Sistema de Residencias
del Equipo de Salud en sus distintas especialidades de formación de los recursos
humanos en salud en el Nivel de Postgrado;
Que el programa de la Residencia de Pediatría tiene por objetivo priorizar el
aprendizaje a través del trabajo diario en los ámbitos de desempeño tanto asistencial
como docente de los servicios de pediatría bajo supervisión permanente, con
responsabilidad progresiva en la toma de decisiones por parte de los residentes de la
especialidad;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un
proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio
de la especialidad, contemplando los avances científicos - tecnológicos y los
problemas del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para
cumplimentar los extremos de la precitada Ordenanza y de la Ley Básica de Salud N°
153;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Docencia e Investigación propicia la
aprobación del Programa Docente de la Residencia de Pediatría.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Programa Docente de la Residencia de Pediatría, el que
como Anexo (IF-2014-18588650-DGDOIN) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Docencia e
Investigación y a la Dirección de Capacitación y Docencia. Cumplido, archívese.
Reybaud
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4570