RESOLUCIÓN 208 2015 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
DECLARA - CENTRO DE REFERENCIA - SECCIÓN LEPRA - UNIDAD DE DERMATOLOGÍA - SUBDIRECCIÓN MÉDICA - HOSPITAL MUÑIZ - INTEGRA RED DE INFECTOLOGÍA A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD - DIRECCIÓN GENERAL DE REDES Y PROGRAMAS DE SALUD
Publicación:
03/02/2015
Sanción:
29/01/2015
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
Las Resolución N° 361/SS/96 modificada por la Resolución N° 1421/SS/05 y
reglamentada por la Resolución N° 222/SS/05, y el Expediente N° 1217790/2012 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, se solicita declarar como Centro de
Referencia a la Sección Lepra de la Unidad de Dermatología dependiente de la
Subdirección Médica del Hospital de Enfermedades Infecciosas "Francisco J Muñiz",
integrando la Red de Infectología, a cargo de la Dirección de Redes de Servicios de
Salud dependiente de la Dirección General de Redes y Programas de Salud;
Que dicha sección, es habitualmente consultada por centros especializados tanto
nacionales como internacionales;
Que el Hospital de Enfermedades Infecciosas "Francisco J Muñiz" siempre ha sido
tomado como referente dado el altísimo conocimiento en enfermedades infecciosas y
tropicales;
Que en virtud de sus antecedentes, historia, excelencia técnica y profesional, se lo
considera como el efector capaz de dar respuesta a un sinnúmero de afecciones y
situaciones patológicas endémicas y epidémicas por lo que se torna imprescindible
declararlo como centro de referencia;
Que consultados los infectólogos de referencia de nuestro sistema, concluyen que los
casos de mayor complicación de diagnostico y tratamiento son derivados al Hospital
de Enfermedades Infecciosas "Francisco J Muñiz" para consulta y seguimiento, por los
antecedentes históricos, su producción, la calidad en la atención de esta patología y
por las interconsultas en el sistema;
Que la Sección Lepra cuenta con recursos humanos altamente especializados, lo que
facilita la tarea no sólo de aquellos hospitales dependientes de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, sino también a efectores de otras jurisdicciones e incluso a
establecimientos de países limítrofes, que tengan la necesidad de un diagnóstico
diferenciado y tratamiento de la citada patología;
Que dicha actividad se encuentra incluida en las competencias determinadas por las
Resoluciones N° 361/SS/96 modificada por las Resoluciones N° 1421/SS/05 y N°
222/SS/05, en el marco de la Red de Infectologia, siendo dicho Efector especializado,
natural referente de las enfermedades infectocontagiosas y, en virtud del espíritu de
accionar que determina el enfoque en redes de servicios, halla lógica su inclusión
específica;
Que como consecuencia de lo expresado corresponde dictar el acto administrativo
pertinente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4.013,
Artículo 1°.- Declárese Centro de Referencia a la Sección Lepra de la Unidad de
Dermatología dependiente de la Subdirección Médica del Hospital de Enfermedades
Infecciosas "Francisco J Muñiz", integrando la Red de Infectología, a cargo de la
Dirección de Redes de Servicios de Salud dependiente de la Dirección General de
Redes y Programas de Salud. La presente no importa erogación presupuestaria
alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Publíquese y comuníquese a la Dirección General de Redes y Programas
de Salud, Dirección General Región Sanitaria I, y al Hospital de Enfermedades
Infecciosas "Francisco J Muñiz". Cumplido, archívese. Reybaud