LEY 5226 2014

Síntesis:

INCORPORA TEXTO - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA CIUDAD - VAGONES DE SUBTERRANEO TREN - BRINDAR INFORMACIÓN - HORARIO DE LA PRIMER Y ÚLTIMA FORMACIÓN EN SERVICIO DESPACHADA DESDE CADA CABECERA DE CADA LÍNEA - TIEMPO DE DURACIÓN DEL VIAJE ENTRE CABECERAS DE CADA LÍNEA - INTERVALO ENTRE CADA FORMACIÓN QUE RIGE PARA EL SERVICIO DE CADA LÍNEA - LUGARES Y MEDIOS PARA EFECTUAR CONSULTAS Y RECLAMOS RELACIONADOS AL SERVICIO

Publicación:

04/02/2015

Sanción:

11/12/2014

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

15/01/2015

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Incorpórase el siguiente texto como inciso h) al artículo 9.3.1 del Código

de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires: "h) En todos los vagones del

subterráneo, en las boleterías, espacios y dispositivos informáticos destinados a

brindar información a los usuarios del servicio, se exhibirá la siguiente información:

1.- Horario de la primer y última formación (tren) en servicio despachada desde cada

cabecera de cada Línea.

2.- Tiempo de duración del viaje entre cabeceras de cada Línea.

3.- Intervalo entre cada formación (tren) que rige para el servicio de cada Línea, de

acuerdo al programa operativo establecido para la operación del servicio, con las

distinciones de horarios, días o periodos estacionales que correspondiere.

4.- Lugares y medios para efectuar consultas y reclamos relacionados al servicio."

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 30 de enero de 2015

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.226 (E.E. N° 18.527.699-MGEYA-DGALE-

14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su

sesión del día 11 de diciembre de 2014, ha quedado automáticamente promulgada el

día 15 de enero de 2015.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a

Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (S.B.A.S.E.). Cumplido,

archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5226, incorpora texto como inciso h) al artículo 9.3.1 del Código de Tránsito y Transporte, aprobado por Ley 2148.</p>