RESOLUCIÓN 2 2015 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES -  SUSTITUYE  ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN  10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14 - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO  -  ETAPA DE EJECUCIÓN MODIFICACIÓN -   EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS BAJO EL RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS  - CONTRATACIONES - ALTAS - BAJAS

Publicación:

04/02/2015

Sanción:

30/01/2015

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

El Decreto N° 224/13, las Resoluciones Conjuntas Nros. 1-MHGC-MMGC-MJGGC-

SECLyT-14 y 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 y el Expediente Electrónico N°

EX-2015- 00238327-MGEYA-DGCG y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 224/13 se estableció que "...la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE-";

Que por artículo 13 se delegó en los señores Ministros de Hacienda y de

Modernización, el Jefe de Gabinete de Ministros y el Secretario Legal y Técnico la

facultad de aprobar el procedimiento administrativo que deberá observarse en el

trámite de Contratación, Modificación, Ejecución y Extinción de los Contratos bajo el

Régimen de Locación de Obras y Servicios;

Que por Resolución Conjunta N°1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14, reglamentaria

del Decreto N° 224/13, se aprobó el Procedimiento Administrativo Electrónico que

deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el régimen de

locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, entre otras previsiones;

Que mediante Resolución Conjunta N°10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 se

sustituyó el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-MJGGC-

SECLyT-14 introduciendo modificaciones al Procedimiento Administrativo Electrónico

que deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el régimen de

locación de obras y servicios;

Que con motivo de la normativa impositiva implementada por la Administración

Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de sus Resoluciones Generales N°

3665/AFIP/14, N° 3666/AFIP/14 y 3704/AFIP/15, se torna necesario modificar en sus

partes pertinentes la Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/14, adaptando la misma a

los nuevos requerimientos de dicho Organismo;

Que, al mismo tiempo, resulta conveniente mantener el resto de las prescripciones

establecidas en la Resolución Conjunta aludida;

Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto N° 224/13,

EL MINISTRO DE HACIENDA, EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo "II" (IF-2014-16653504-MMGC) al que se refiere el

artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 por el

Anexo "II" (IF-2015-01047784-DGTALMH) que forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder

Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de

Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los organismos Fuera de Nivel

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Grindetti - Ibarra -

Rodríguez Larreta - Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4573

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-SECLYT-MHGC-MMGC-MJGGC-15, sustituye el Anexo II, al que se refiere el Art. 2 de la Resolución 10-SECLYT-MHGC-MMGC-MJGGC-14, por el Anexo II que forma parte de la presente. </p>