RESOLUCIÓN 10 2014 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

MODIFICA RESOLUCIONES - RESOLUCIÓN CONJUNTA 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-13 - RESOLUCIÓN CONJUNTA 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14 - APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO - CONTRATACIÓN DE LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS -  BAJA EN LAS CONTRATACIONES DE OBRAS Y SERVICIOS EN EL ÁMBITO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

25/11/2014

Sanción:

21/11/2014

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

Las Leyes N° 3.304 y N° 4.013, el Decreto N° 224/13, las Resoluciones Conjuntas

Nros. 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-13 y 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14

y el Expediente Electrónico N° EX-2014- 15379991-SSGPM, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 224/13 se estableció que "...la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE-";

Que por artículo 13 se delegó en los señores Ministros de Hacienda y de

Modernización, el Jefe de Gabinete de Ministros y el Secretario Legal y Técnico la

facultad de aprobar el procedimiento administrativo que deberá observarse en el

trámite de Contratación, Modificación, Ejecución y Extinción de los Contratos bajo el

Régimen de Locación de Obras y Servicios;

Que por la Resolución Conjunta N° 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-13,

reglamentaria del Decreto N° 224/13, se aprobó el Procedimiento Administrativo

Electrónico que deberá observarse en el trámite de contratación bajo el régimen de

locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, así como también los formularios que deben utilizarse en la

contrataciones exceptuadas por el artículo 7° del Decreto N° 224/13, entre otras

previsiones;

Que por Resolución Conjunta N°1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14, reglamentaria

del Decreto N° 224/13, se aprobó el Procedimiento Administrativo Electrónico que

deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el régimen de

locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, entre otras previsiones;

Que las evaluaciones efectuadas por las distintas áreas de Recursos Humanos en

conjunto con la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda han

permitido obtener información sobre las variables operativas y de gestión involucradas

en los procesos de contratación bajo el régimen de locación de obras y servicios en los

organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

constituyendo una fuente objetiva de análisis para revisar y optimizar los aspectos

operativos de las referidas designaciones;

Que, respecto a ello, y a los fines de dotar de mayor eficiencia y eficacia al proceso

administrativo de designación antes referido, resulta oportuno introducir modificaciones

al Anexo I de la Resolución Conjunta N° 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-13 por el

que se aprobó el Procedimiento Administrativo Electrónico para la etapa de

contratación de las designaciones referidas;

Que, asimismo, resulta oportuno introducir modificaciones al Anexo I de la Resolución

Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 por el que se aprobó el

Procedimiento Administrativo Electrónico para la etapa de ejecución de las

contrataciones de locaciones de obras y servicios;

Que, al mismo tiempo, resulta conveniente mantener el resto de las prescripciones

establecidas en las Resoluciones Conjuntas supra aludidas, por lo que corresponde

sustituir el artículo 1° en ambos casos, aprobando el nuevo procedimiento electrónico,

manteniéndose vigente el resto del articulado;

Que el módulo LOyS del SADE constituye un circuito de gestión documental

predefinido para sistematizar del proceso de contrataciones aludido, abarcando desde

la carga inicial de documentación por parte del agente, hasta la contratación del

mismo;

Que resulta conveniente incorporar al circuito del módulo LOyS la baja de los

contratos, que actualmente se realiza por el módulo Expediente Electrónico del SADE,

a fin de avanzar en la implementación de las políticas de modernización ya

mencionadas, que involucran la agilización y mejoramiento de los procesos y circuitos

administrativos;

Que, habiendo advertido esta necesidad, y en concordancia con las políticas de

modernización que este Gobierno viene implementando, se ha diseñado el circuito

electrónico para la baja de los contratos de locación de obras y servicios como parte

del módulo LOyS del SADE;

Que en esta instancia, y atento la vigencia del Decreto N° 224/13, resulta necesario

aprobar el procedimiento administrativo que deberá observarse para la baja en las

contrataciones de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que asimismo corresponde sustituir al artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 11-

MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-13, así como el artículo 1° de la Resolución Conjunta

N° 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 por el que se aprobó el Procedimiento

Administrativo Electrónico para las etapas de contratación y ejecución de las

designaciones referidas.

Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto N° 224/13,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL MINISTRO DE HACIENDA,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVEN

Artículo 1°.- Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 11-MHGC-MMGC-

MJGGC-SECLyT-13 el que quedará redactado de la siguiente manera: Apruébase el

Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá observarse en el trámite de

contratación bajo el régimen de locación de obras y servicios en el ámbito del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo "I" (IF-2014-

16653437-MMGC) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-

MJGGC-SECLyT-14 el que quedará redactado de la siguiente manera: Apruébase el

Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá observarse en el trámite de

ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios

en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo

"II" (IF-2014-16653504-MMGC) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Apruébase el Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá

observarse en el trámite de baja de los contratos celebrados bajo el régimen de

locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires que como Anexo "III" (IF-2014-16653566-MMGC) forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder

Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de

Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los organismos Fuera de Nivel

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Ibarra - Grindetti -

Rodríguez Larreta - Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4529

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2 de la Resolución 10-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT-14, sustituye el artículo 1 de la Resolución Conjunta 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 10-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT-14, sustituye el artículo 1 de la Resolución Conjunta 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-13.</p>
INTEGRADA POR
<p>Comunicado 1-DGCG-15, de la Dirección General de Contaduría, especifica qué documentación se deberá acompañar en el Expediente LOYS con cada comprobante emitido por el contratado a partir del 01-01-2015, en virtud de lo establecido en la Resolución Conjunta 10-SECLYT-MMGC-MHGC-MJGGC-14, y de nuevas regulaciones de la AFIP.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1-SECLYT-MHGC-MMGC-MJGGC-15, sustituye el Anexo II, al que se refiere el Art. 2 de la Resolución 10-SECLYT-MHGC-MMGC-MJGGC-14, por el Anexo II que forma parte de la presente. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución Conjunta 4-SECLYT-18 sustituye el Anexo III al que se refiere el art. 3 de la Resolución Conjunta 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14.</p>