RESOLUCIÓN 4 2018 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SUSTITUYE - ARTÍCULO 1 - RESOLUCIÓN CONJUNTA 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14 - ANEXO III - RESOLUCIÓN CONJUNTA 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14 - APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO - TRÁMITE DE EJECUCIÓN - CONTRATOS - RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - LOYS - SADE - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Publicación:
05/09/2018
Sanción:
31/08/2018
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
Ley N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N° 5960, el
Decreto N° 224/13, las Resoluciones Conjuntas Nros. 1-MHGC-MMGC-
MJGGCSECLyT/ 14, 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14 y N° 2-MHGC-MMGC-
MJGGC-SECLyT/15 y el Expediente Electrónico N° 27.724.625-MGEYA-
DGPRTGD/17 y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 224/13 se estableció que "...la contratación, modificación,
ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de
Obras y Servicios deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos - SADE-";
Que por artículo 13 se delegó en los entonces señores Ministros de Hacienda y de
Modernización, el Jefe de Gabinete de Ministros y el Secretario Legal y Técnico la
facultad de aprobar el procedimiento administrativo que deberá observarse en el
trámite de Contratación, Modificación, Ejecución y Extinción de los Contratos bajo el
Régimen de Locación de Obras y Servicios;
Que por Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14, reglamentaria
del Decreto N° 224/13, se aprobó el Procedimiento Administrativo Electrónico que
deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el régimen de
locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, entre otras previsiones;
Que a su vez, mediante Resolución Conjunta N°10-MHGC-MMGC-MJGGC-
SECLyT/14 se sustituyó el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-
MJGGC- SECLyT/14 introduciendo modificaciones al Procedimiento Administrativo
Electrónico que deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el
régimen de locación de obras y servicios;
Que asimismo, la Resolución Conjunta N° 2-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/15,
modificó parcialmente la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-
SECLyT/14, introduciendo modificaciones al Procedimiento Administrativo Electrónico
que deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el régimen de
locación de obras y servicios;
Que a los fines de actualizar, agilizar y generar mayor eficiencia en el Procedimiento
Administrativo Electrónico, se busca sustituir el artículo 1° de la Resolución Conjunta
N° 1-MHGC-MMGC-MJGGCSECLyT/ 14, introduciendo nuevas modificaciones al
procedimiento antedicho;
Que asimismo, con los mismos fines descriptos, se busca sustituir el Anexo III en
materia de baja de contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y
servicios, establecido en el artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-
MMGC-MJGGC-SECLyT/14;
Que, al mismo tiempo, resulta conveniente mantener el resto de las prescripciones
establecidas en la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14;
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto N° 224/13,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
Y LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA
RESUELVEN:
Artículo 1°.- Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-
MJGGCSECLyT/ 14 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Apruébase el
Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá observarse en el trámite de
ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios
en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo
"II" (IF-2018-17109000-DGTALMEF) forma parte integrante de la presente
Resolución".
Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo "III" (IF-2014-16653566-MMGC), al que se refiere el
artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14 por el
Anexo "III" (IF-2018-17109227- DGTALMEF) que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder
Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de
Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura - Miguel -
Montiel