RESOLUCIÓN 4 2018 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

SUSTITUYE - ARTÍCULO 1 - RESOLUCIÓN CONJUNTA 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14 - ANEXO III - RESOLUCIÓN CONJUNTA 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14 - APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO - TRÁMITE DE EJECUCIÓN - CONTRATOS - RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - LOYS - SADE - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Publicación:

05/09/2018

Sanción:

31/08/2018

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

Ley N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N° 5960, el

Decreto N° 224/13, las Resoluciones Conjuntas Nros. 1-MHGC-MMGC-

MJGGCSECLyT/ 14, 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14 y N° 2-MHGC-MMGC-

MJGGC-SECLyT/15 y el Expediente Electrónico N° 27.724.625-MGEYA-

DGPRTGD/17 y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 224/13 se estableció que "...la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos - SADE-";

Que por artículo 13 se delegó en los entonces señores Ministros de Hacienda y de

Modernización, el Jefe de Gabinete de Ministros y el Secretario Legal y Técnico la

facultad de aprobar el procedimiento administrativo que deberá observarse en el

trámite de Contratación, Modificación, Ejecución y Extinción de los Contratos bajo el

Régimen de Locación de Obras y Servicios;

Que por Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14, reglamentaria

del Decreto N° 224/13, se aprobó el Procedimiento Administrativo Electrónico que

deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el régimen de

locación de obras y servicios en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, entre otras previsiones;

Que a su vez, mediante Resolución Conjunta N°10-MHGC-MMGC-MJGGC-

SECLyT/14 se sustituyó el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-

MJGGC- SECLyT/14 introduciendo modificaciones al Procedimiento Administrativo

Electrónico que deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el

régimen de locación de obras y servicios;

Que asimismo, la Resolución Conjunta N° 2-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/15,

modificó parcialmente la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-

SECLyT/14, introduciendo modificaciones al Procedimiento Administrativo Electrónico

que deberá observarse en la etapa de ejecución de los contratos bajo el régimen de

locación de obras y servicios;

Que a los fines de actualizar, agilizar y generar mayor eficiencia en el Procedimiento

Administrativo Electrónico, se busca sustituir el artículo 1° de la Resolución Conjunta

N° 1-MHGC-MMGC-MJGGCSECLyT/ 14, introduciendo nuevas modificaciones al

procedimiento antedicho;

Que asimismo, con los mismos fines descriptos, se busca sustituir el Anexo III en

materia de baja de contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y

servicios, establecido en el artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-

MMGC-MJGGC-SECLyT/14;

Que, al mismo tiempo, resulta conveniente mantener el resto de las prescripciones

establecidas en la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14;

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto N° 224/13,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1-MHGC-MMGC-

MJGGCSECLyT/ 14 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Apruébase el

Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá observarse en el trámite de

ejecución de los contratos celebrados bajo el régimen de locación de obras y servicios

en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo

"II" (IF-2018-17109000-DGTALMEF) forma parte integrante de la presente

Resolución".

Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo "III" (IF-2014-16653566-MMGC), al que se refiere el

artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT/14 por el

Anexo "III" (IF-2018-17109227- DGTALMEF) que forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder

Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de

Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura - Miguel -

Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5450

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1° de la Resolución N° 454/MJGGC/2020 deroga el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4/MEyFGC-<br />MJGGC-SECLyT/18.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta 4-SECLYT-18 sustituye el art. 1 de la Resolución Conjunta 1-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14.</p>
MODIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución Conjunta 4-SECLYT-18 sustituye el Anexo III al que se refiere el art. 3 de la Resolución Conjunta 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT-14.</p>