DISPOSICIÓN 36 2015 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
Síntesis:
SE ESTABLECE UTILIZACIÓN DEL MÓDULO DE FONDOS A RENDIR - SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - SIGAF - OBLIGATORIEDAD - RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DE FONDOS CON CARGO DE RENDIR CUENTA DOCUMENTADA DE SU INVERSIÓN - CAJA CHICA COMÚN - RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA - RESUMEN DE COMPROBANTES POR IMPUTACIÓN - MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN 9-DGC-10 - ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA - CONTADURÍA GENERAL - DEROGACIÓN DE LA DISPOSICIÓN 42-DGC-14
Publicación:
11/02/2015
Sanción:
06/02/2015
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 70, el Decreto N° 67/2010 y las Resoluciones N° 51/MHGC/2010 y N°
74/MHGC/2015, y la Disposición N° 9/DGCG/10 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 70 se establecieron los Sistemas de Gestión, Administración
Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 67/2010 se aprobó el régimen para la Asignación de Fondos con
cargo de rendir cuenta documentada de su inversión a las reparticiones del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen pago de obligaciones,
ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y las condiciones para su
aprobación,
Que, a través de la Resolución N° 51/MHGC/2010 el Ministerio de Hacienda aprobó la
reglamentación general del mencionado Decreto;
Que, por la Disposición N° 9/DGCG/2010, la Contaduría General, en su carácter de
Órgano Rector dio cumplimiento a las reglamentaciones detalladas encomendadas por
la legislación vigente;
Que, en ese sentido, mediante la Disposición N° 09/DGCG/2010 y modificatorias se
estableció el procedimiento para asignación, rendición en concepto de Caja Chica
Común, Caja Chica Especial y Fondos con cumplimiento del Régimen de Compras y
Contrataciones;
Que, en el marco de la política de modernización de la administración pública, el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lleva adelante la implementación de
herramientas informáticas en los trámites administrativos, agilizándolos y dotándolos
de mayor transparencia y accesibilidad para el control;
Que, mediante la Resolución Conjunta 10/SECLYT/13 se estableció el procedimiento
de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común por Expediente
Electrónico, en el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE),
incorporando los comprobantes de Rendición a dicho Sistema;
Que, la Resolución Conjunta 3/SECLYT/15 modificó la anterior, estableciendo que la
carga de los datos necesarios de los comprobantes se realizará en el Sistema de
Gestión y Administración Financiera (SIGAF);
Que, mediante Resolución N° 74/MHGC/15 se modificaron los artículos 16 y 17 de la
Resolución N° 51-MHGC/2010 estableciendo que los responsables de la
administración y rendición de fondos, serán también responsables de la validez de los
datos de los comprobantes de gastos efectuados que ingresen en el módulo de
Fondos a Rendir del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera
(SIGAF);
Que, a tal efecto resulta pertinente modificar la Disposición N° 9/DGCG/2010 y
modificatorias, en cuanto al régimen de rendición de Caja Chica Común resulte
aplicable de acuerdo con las modificaciones antes mencionadas;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas
Artículo 1°.- Establecer que a partir de la primera rendición de Caja Chica Común
correspondiente al ejercicio 2015 es obligatoria la utilización del módulo de Fondos a
Rendir del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF).-
Artículo 2°.- Se considerará cumplida la presentación de los Anexos X y XI de la
Disposición N° 9/DGCG/2010 y modificatorias correspondientes al "Resumen de
Comprobante por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por Imputación" para Caja
Chica Común, mediante la vinculación de los que genere el módulo de Fondos a
Rendir del SIGAF, a partir de los datos ingresados por los responsables de los
Fondos, y en la medida que dicha carga se habilite para las distintas Jurisdicciones y
Entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
Artículo 3°.- Reemplácense los Anexos III, V, VI, VII, IX, X y XI de la Disposición N°
9/DGCG/2010 y su modificatoria N° 183/DGCG/2013, por los que forman parte
integrante de la presente (DI-2015-2261094- DGCG).-
Artículo 4°.- Deróganse los Anexos VIII y XII de la Disposición N° 9/DGCG/2010 y
modificatorias.- Para las Solicitudes y Rendiciones de Fondos por los Responsables se
utilizará el Modelo N° 1 del Anexo II de la Resolución Conjunta 10/SECLYT/13.- Para
las Aprobaciones y Solicitudes de Depósito de Fondos por parte de las Autoridades
Revisoras se utilizará el Modelo N° 2 del Anexo II de la Resolución Conjunta
10/SECLYT/13.- Para el envío de Documentación Financiera al archivo de la
Contaduría General se utilizará el Modelo N° 3 del Anexo II de la Resolución Conjunta
10/SECLYT/13.- Los Modelos 1, 2 y 3 mencionados en el presente artículo deberán
adecuarse para su utilización en las Cajas Chicas Especiales y Fondos con
Cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones.-
Artículo 5°.- Derógase la Disposición 42/DGCG/2014.-
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías, Agencias,
Organismos Descentralizados que operen en la CUT y/o gestionen mediante el
sistema SIGAF, y a través del Departamento Administrativo a las Gerencias,
Representaciones, Delegaciones y los Departamentos dependientes de la Dirección
General de Contaduría. Cumplido, archívese en el Departamento Técnico Normativo
de la Gerencia Operativa Legal de esta Dirección General de Contaduría. Gabelli