DISPOSICIÓN 36 2015 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE ESTABLECE UTILIZACIÓN DEL MÓDULO DE FONDOS A RENDIR - SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - SIGAF - OBLIGATORIEDAD - RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DE FONDOS CON CARGO DE RENDIR CUENTA DOCUMENTADA DE SU INVERSIÓN - CAJA CHICA COMÚN - RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA - RESUMEN DE COMPROBANTES POR IMPUTACIÓN - MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN 9-DGC-10 - ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA - CONTADURÍA GENERAL - DEROGACIÓN DE LA DISPOSICIÓN 42-DGC-14

Publicación:

11/02/2015

Sanción:

06/02/2015

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 70, el Decreto N° 67/2010 y las Resoluciones N° 51/MHGC/2010 y N°

74/MHGC/2015, y la Disposición N° 9/DGCG/10 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 70 se establecieron los Sistemas de Gestión, Administración

Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 67/2010 se aprobó el régimen para la Asignación de Fondos con

cargo de rendir cuenta documentada de su inversión a las reparticiones del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen pago de obligaciones,

ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y las condiciones para su

aprobación,

Que, a través de la Resolución N° 51/MHGC/2010 el Ministerio de Hacienda aprobó la

reglamentación general del mencionado Decreto;

Que, por la Disposición N° 9/DGCG/2010, la Contaduría General, en su carácter de

Órgano Rector dio cumplimiento a las reglamentaciones detalladas encomendadas por

la legislación vigente;

Que, en ese sentido, mediante la Disposición N° 09/DGCG/2010 y modificatorias se

estableció el procedimiento para asignación, rendición en concepto de Caja Chica

Común, Caja Chica Especial y Fondos con cumplimiento del Régimen de Compras y

Contrataciones;

Que, en el marco de la política de modernización de la administración pública, el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lleva adelante la implementación de

herramientas informáticas en los trámites administrativos, agilizándolos y dotándolos

de mayor transparencia y accesibilidad para el control;

Que, mediante la Resolución Conjunta 10/SECLYT/13 se estableció el procedimiento

de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común por Expediente

Electrónico, en el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE),

incorporando los comprobantes de Rendición a dicho Sistema;

Que, la Resolución Conjunta 3/SECLYT/15 modificó la anterior, estableciendo que la

carga de los datos necesarios de los comprobantes se realizará en el Sistema de

Gestión y Administración Financiera (SIGAF);

Que, mediante Resolución N° 74/MHGC/15 se modificaron los artículos 16 y 17 de la

Resolución N° 51-MHGC/2010 estableciendo que los responsables de la

administración y rendición de fondos, serán también responsables de la validez de los

datos de los comprobantes de gastos efectuados que ingresen en el módulo de

Fondos a Rendir del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera

(SIGAF);

Que, a tal efecto resulta pertinente modificar la Disposición N° 9/DGCG/2010 y

modificatorias, en cuanto al régimen de rendición de Caja Chica Común resulte

aplicable de acuerdo con las modificaciones antes mencionadas;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas

LA DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE CONTADURIA

DISPONE

Artículo 1°.- Establecer que a partir de la primera rendición de Caja Chica Común

correspondiente al ejercicio 2015 es obligatoria la utilización del módulo de Fondos a

Rendir del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF).-

Artículo 2°.- Se considerará cumplida la presentación de los Anexos X y XI de la

Disposición N° 9/DGCG/2010 y modificatorias correspondientes al "Resumen de

Comprobante por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por Imputación" para Caja

Chica Común, mediante la vinculación de los que genere el módulo de Fondos a

Rendir del SIGAF, a partir de los datos ingresados por los responsables de los

Fondos, y en la medida que dicha carga se habilite para las distintas Jurisdicciones y

Entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Artículo 3°.- Reemplácense los Anexos III, V, VI, VII, IX, X y XI de la Disposición N°

9/DGCG/2010 y su modificatoria N° 183/DGCG/2013, por los que forman parte

integrante de la presente (DI-2015-2261094- DGCG).-

Artículo 4°.- Deróganse los Anexos VIII y XII de la Disposición N° 9/DGCG/2010 y

modificatorias.- Para las Solicitudes y Rendiciones de Fondos por los Responsables se

utilizará el Modelo N° 1 del Anexo II de la Resolución Conjunta 10/SECLYT/13.- Para

las Aprobaciones y Solicitudes de Depósito de Fondos por parte de las Autoridades

Revisoras se utilizará el Modelo N° 2 del Anexo II de la Resolución Conjunta

10/SECLYT/13.- Para el envío de Documentación Financiera al archivo de la

Contaduría General se utilizará el Modelo N° 3 del Anexo II de la Resolución Conjunta

10/SECLYT/13.- Los Modelos 1, 2 y 3 mencionados en el presente artículo deberán

adecuarse para su utilización en las Cajas Chicas Especiales y Fondos con

Cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones.-

Artículo 5°.- Derógase la Disposición 42/DGCG/2014.-

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías, Agencias,

Organismos Descentralizados que operen en la CUT y/o gestionen mediante el

sistema SIGAF, y a través del Departamento Administrativo a las Gerencias,

Representaciones, Delegaciones y los Departamentos dependientes de la Dirección

General de Contaduría. Cumplido, archívese en el Departamento Técnico Normativo

de la Gerencia Operativa Legal de esta Dirección General de Contaduría. Gabelli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4578

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 2 de la Disposición 36-DGC-15, establece condiciones en que se considerará cumplida la presentación de los Anexos X y XI de la Disposición 9-DGC-10.</p>
MODIFICA
<p>Art. 3 de la Disposición 36-DGC-15, reemplaza los Anexos III, V, VI, VII, IX, X y XI de la Disposición 9-DGC-10.</p><p>Art. 4, deroga los Anexos VIII y XII.</p>
MODIFICA
<p>Art. 3 de la Disposición 36-DGC-15, reemplaza los Anexos III, V, VI, VII, IX, X y XI de la Disposición 183-DGC-13.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 2 de la Disposición 26-DGC-19 deroga la Disposición 36-DGC-15.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 4 de la Disposición 36-DGC-15, establece la utilización de los Modelos 1, 2 y 3 del Anexo II de la Resolución Conjunta 10-SECLYT-13, ampliando su ámbito de aplicación. </p>
DEROGA
<p>Art. 5 de la Disposición 36-DGC-15, deroga la Disposición 42-DGC-14.</p>