RESOLUCIÓN 220 2015 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
RECTIFICA RESOLUCIÓN 214-MSGC-15 - LLAMADO A CONCURSO - PROVISIÓN DE CARGOS DE RESIDENTES DE PRIMER AÑO - CICLO LECTIVO 2015 - SISTEMAS DE RESIDENCIAS MÉDICAS - EQUIPO DE SALUD Y ENFERMERÍA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
12/02/2015
Sanción:
05/02/2015
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Resolución N° 214/MSGC/15, los Expedientes Electrónicos N° 665727/MGEYA-
DGDOIN/15 y N° 1995590/MGEYA-DGDOIN/15, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico N° 665727/MGEYA-DGDOIN/15 se incorporaron
nuevas residencias al Sistema de Residencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, se articularon las residencias de Neonatología y Terapia Intensiva
Infantil, y se propició el llamado a concurso para la provisión de 850 (ochocientos
cincuenta) cargos de residentes de primer año para el Ciclo Lectivo 2015 de los
Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de Salud y de
Enfermería;
Que por un error material e involuntario se vinculó el Anexo I, mediante Informe N° IF-
2005-01048918-DGDOIN, debiéndose vincular como dicho Anexo el Informe N° IF-
2015-02074864-DGDOIN;
Que en el Artículo 6 de la Resolución N° 2015-214-MSGC se llama a Concurso para la
provisión de hasta ochocientos cincuenta (850) cargos de residentes de primer año
para el Ciclo lectivo 2015 de los Sistemas de Residencias Médicas del Equipo de
Salud, de Apoyo del Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, para aquellas disciplinas que se especifican en el Anexo I
IF 2015- 01048918-DGDOIN;
Que, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 habilita la rectificación de
errores meramente materiales, o de hecho o aritméticos, siempre que la enmienda no
altere lo sustancial del acto, requisitos éstos que se dan por satisfechos en la presente
medida;
Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos establece, en su parte
pertinente: "Art. 120 - Rectificación de errores materiales. En cualquier momento
podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos,
siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión."
Por ello y de acuerdo con lo establecido en el artículo 120 de la Ley de Procedimientos
Administrativos aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97,
Artículo 1°.- Rectifícase el Articulo 6 de la Resolución N° 2015-214-MSGC el cual
deberá leerse de la siguiente manera: "Articulo 6 Llámase a concurso para la provisión
de hasta ochocientos cincuenta (850) cargos de residentes de primer año para el Ciclo
lectivo 2015 de los Sistemas de Residencias Médicas, del Equipo de Salud, de Apoyo
del Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para aquellas disciplinas que se especifican en el Anexo I (IF N° 2015-2074864-
DGDOIN), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente."
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia
e Investigación, a la Dirección de Capacitación y Docencia del Ministerio de Salud, a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Modernización. Cumplido,
archívese. Reybaud