DECRETO 60 2015

Síntesis:

APRUEBA LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA 2-SIGAF-015 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INCORPORACIÓN DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE EMISIÓN DE VOTO Y ESCRUTINIO DE LOS ACTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES PARA EL AÑO 2015  - ADJUDICACIÓN - ADJUDICA A LA FIRMA GRUPO MSA SA

Publicación:

20/02/2015

Sanción:

20/02/2015

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.095, y su modificatoria 4.764, el Decreto N° 95/14, las Resoluciones

Nros. 21/MJYSGC/15 y 65/MJYSGC/15, la Disposición N° 17/DGCYC/15, el

Expediente Electrónico N° 198.417/DGELEC/15, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita la Licitación Pública para la

contratación de un "Servicio de incorporación de dispositivos electrónicos de emisión

de voto y escrutinio de los actos electorales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

para el año 2015";

Que por Disposición N° 396/DGCYC/14 la Dirección General de Compras y

Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones aprobó

el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que mediante Resolución N° 21/MJYSGC/15 se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Particulares, se autorizó a la Dirección General de Compras y

Contrataciones a efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública y se determinó su

presupuesto oficial;

Que por Disposición N° 17/DGCYC/15 se llamó a Licitación Pública de Etapa Única N°

2/SIGAF/2015 para el día 28 de enero de 2015 a las 15:00 horas, al amparo de lo

establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, su

modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/14;

Que, posteriormente, se emitieron las Circulares N° 1 Sin Consulta y N° 1 Con

Consulta;

Que mediante Resolución N° 65/MJYSGC/15 se designó a los integrantes de la

Comisión de Evaluación de Ofertas;

Que, tal como luce en el Acta de Apertura de Ofertas N° 4/2015, de fecha 28 de enero

de 2015, se recibieron dos (2) ofertas pertenecientes a las firmas GRUPO MSA S.A. y

SMARTMATIC INTERNATIONAL HOLDING B.V.;

Que la Agencia de Sistemas de Información del Ministerio de Modernización y la

Dirección General Electoral, dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio

de Justicia y Seguridad se expidieron a pedido de la Comisión de Evaluación de

Ofertas, emitiendo sendos informes técnicos en relación a las ofertas presentadas;

Que, con fecha 04 de febrero de 2015, la Comisión de Evaluación de Ofertas procedió

a emitir su Dictamen de Evaluación de Ofertas, concluyendo que la oferta más

conveniente para la adjudicación correspondiente es la de la empresa GRUPO MSA

S.A. fundado en las razones expuestas en el mismo y la valoración de orden de mérito

(anexo I del mencionado Dictamen) por un monto de PESOS DOSCIENTOS

DIECIOCHO MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA

CON 38/100 ($ 218.049.750,38), en un todo de acuerdo con lo establecido en el

artículo 108 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto N° 95/14;

Que el aludido Dictamen fue notificado a las firmas oferentes, publicado en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de tres (3) días y en el sitio de

Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4764 y

el Decreto N° 95/14;

Que la firma SMARTMATIC INTERNATIONAL HOLDING B.V. realizó observaciones

sobre la oferta presentada por la firma GRUPO MSA S.A.;

Que la mencionada Comisión solicitó una mejora de oferta a la empresa GRUPO MSA

S.A., de acuerdo a las prerrogativas que establece el artículo 106.4 del Decreto N°

95/14, y en un todo de acuerdo a los principios de eficiencia, eficacia y economía

previstos en la citada Ley, obteniendo una mejora de PESOS DOS MILLONES CON

37/100 ($ 2.000.000,37) respecto del precio originalmente ofertado, lo que fue

considerado conveniente por parte de dicha Comisión;

Que a su vez, la Comisión de Evaluación de Ofertas se expidió en relación a las

observaciones presentadas por la oferente SMARTMATIC INTERNATIONAL

HOLDING B.V.;

Que vencido el plazo para formular impugnaciones, no fue recibida ninguna

presentación en tal sentido;

Que obra la correspondiente afectación presupuestaria para hacer frente a la

erogación en cuestión;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le corresponde de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 1.218;

Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto

administrativo por el cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento de

contratación.

Por ello, y en su uso de las facultades conferidas en los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única N° 2/SIGAF/2015,

realizada por la Dirección General de Compras y Contrataciones al amparo de lo

establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, su

modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/14.

Artículo 2.- Adjudícase la contratación del "Servicio de incorporación de dispositivos

electrónicos de emisión de voto y escrutinio de los actos electorales de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para el año 2015", a la firma GRUPO MSA S.A., conforme

el siguiente detalle: I) Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias

(PASO) y Primera Vuelta de las Elecciones Generales y II) Segunda Vuelta de las

Elecciones Generales - de eventual realización en caso darse las condiciones que lo

habilitan - ascendiendo la presente contratación a la suma total de PESOS

DOSCIENTOS DIECISEIS MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS

CINCUENTA CON 01/100 ($ 216.049.750,01).

Artículo 3.- Delégase en el Señor Ministro de Justicia y Seguridad la facultad de dictar

todos los actos administrativos que fueran necesarios para la ejecución de la

contratación desde su materialización y hasta su finalización incluyendo, en caso de

corresponder, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, la prórroga del plazo

de duración y la rescisión del contrato suscripto, todo ello de conformidad con la

normativa aplicable.

Artículo 4.- El gasto que demande la presente contratación se imputará a la Partida de

Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio 2015.

Artículo 5.- Autorízase al Señor Ministro de Justicia y Seguridad a suscribir la

pertinente Orden de Compra.

Artículo 6.- El presente Decreto es refrendado por los Señores Ministros de Justicia y

Seguridad, de Gobierno y de Hacienda y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el

término de un (1) día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y, en prosecución de su trámite, remítase a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, dependencia

que deberá proceder a efectuar la notificación fehaciente del presente Decreto a las

oferentes, conforme los términos establecidos en la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI

Montenegro Monzó Grindetti Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 del Decreto 60-15: Aprueba la Licitación Pública de Etapa Única  2-SIGAF-15, cuyos pliegos fueron aprobados ppor Resolución 21-MJYSG-15.</p><p>Art. 2 del Decreto 60-15: Adjudica a la firma GRUPO MSA SA, la contratación del servicio de incorporación de dispositivos<br />electrónicos de emisión de voto y escrutinio de los actos electorales, de la Ciudad de Buenos Aires, para el año 2015. </p>
RATIFICADA POR
<p>Art 1 del Decreto 289-15, desestima el recurso de reconsideración interpuesto por SMARTIC INTERNATIONAL HOLDING contra los términos del Decreto 60-15.</p>