RESOLUCIÓN 74 2015 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE APRUEBA EL DISEÑO CURRICULAR EXPERIMENTAL JURISDICCIONAL DEL SEGUNDO CICLO DE LA MODALIDAD TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO CORRESPONDIENTE A LA ESPECIALIDAD DISEÑO Y COMUNICACIÓN PUBLICITARIA
Publicación:
20/02/2015
Sanción:
12/01/2015
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
Las Leyes Nacionales Nros 26.058 y 26.206, las Resoluciones CFE Nros 47/08 y
84/09, las Resoluciones Nros 2990-SED/02, 3116-MEGC/10, 1281-MEGC/11, 1412-
MEGC/11 y 4145-SSGECP/12, el Expediente Electrónico N° 16.505.667/MGEYA-
DGPLINED/14, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación del Diseño Curricular
Experimental Jurisdiccional del Segundo Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de
Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad "Diseño y Comunicación
Publicitaria", título "Técnico en Diseño y Comunicación Publicitaria", a los efectos de
su implementación a partir del Ciclo 2015 en las Escuelas de la modalidad de
Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario que imparten la especialidad,
dependientes de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección
General de Educación de Gestión Estatal;
Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional
de Nivel Secundario, mediante su actualización y modernización curricular y
pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al
Segundo Ciclo de dicha modalidad;
Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de
Educación Técnico Profesional N° 26.058 y en la Ley de Educación Nacional N°
26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones CFE
Nros 47/08 y 84/09 se aprobaron los "Lineamientos y Criterios para la Organización
Institucional y Curricular de la Educación Técnico Profesional correspondiente a la
Educación Secundaria" y el documento con los "Lineamientos Políticos y Estratégicos
de la Educación Secundaria Obligatoria", respectivamente;
Que en las Escuelas Técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
se encuentran vigentes los planes de estudio no ciclado en "Diseño y Comunicación
Publicitaria" y Ciclo Superior de "Diseño y Comunicación Publicitaria";
Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la
transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo
que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra
asignadas, según lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 2990-SED/02;
Que este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios Generales para la Definición
Curricular de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario", mediante
Resolución N° 1281/MEGC/11, modificada por el artículo 16 de la Resolución N° 4145-
SSGECP/12;
Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la
revisión y reformulación de los planes de estudio de dicha modalidad educativa, con el
objeto de resguardar la validez nacional de lostítulos técnicos de Nivel Secundario, y el
alcance de sus habilitaciones profesionales;
Que este Ministerio de Educación adopta, a los fines de la homologación y validez
nacional de los títulos para la modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, un
Primer Ciclo común a la modalidad de dos años de duración y un Segundo Ciclo
especializado, de cuatro años de duración;
Que es necesario un ordenamiento de la oferta para la especialidad "Diseño y
Comunicación Publicitaria", en base a la nueva estructura de ciclado para la modalidad
Técnico Profesional de Nivel Secundario adoptada por este Ministerio;
Que la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, en ejercicio de sus
respectivas competencias, a través de la Gerencia Operativa de Currículum de su
dependencia, ha revisado y analizado los planes de estudio vigentes del Ciclo Superior
en "Diseño y Comunicación Publicitaria" de la modalidad Técnico Profesional de Nivel
Secundario, con el objeto de realizar su actualización, en adecuación con los marcos
normativos nacional, federal y jurisdiccional;
Que como resultado de este proceso y en cumplimiento de lo dispuesto en la
Resolución N° 3116/MEGC/10, la Gerencia Operativa de Currículum dependiente de la
Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa ha elaborado las
propuestas de Diseños Curriculares de la especialidad "Diseño y Comunicación
Publicitaria", título "Técnico en Diseño y Comunicación Publicitaria" del Segundo Ciclo
de la especialidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, que responden a los
mencionados requisitos normativos, los derechos de los estudiantes, y a la necesaria
actualización científica, tecnológica y didáctica en las disciplinas que componen los
planes de estudio de referencia;
Que han participado en el proceso de revisión y producción de la nueva norma
curricular la Gerencia Operativa de Currículum y la Dirección de Educación Técnica,
de acuerdo con sus responsabilidades primarias y específicas;
Que en representación de la Dirección de Educación Técnica, intervinieron en el
proceso de revisión y producción de la nueva norma curricular, supervisores escolares,
equipos de conducción, coordinadores de áreas específicas y docentes de las
Escuelas Técnicas;
Que por Resolución N° 1412/MEGC/11 se estableció el marco normativo legal de la
jurisdicción, amparando la estabilidad laboral del personal docente de las escuelas que
implementen nuevos planes de estudios;
Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a
los efectos de aprobar el nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional y su implementación
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en resguardo de la validez
nacional de los Títulos Técnicos de Nivel Secundario;
Que ha tomado la correspondiente intervención la Dirección General de Planeamiento
e Innovación Educativa;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Artículo 1.- Apruébase el Diseño Curricular Experimental Jurisdiccional del Segundo
Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la
especialidad "Diseño y Comunicación Publicitaria", título "Técnico en Diseño y
Comunicación Publicitaria", que como Anexos I y II (IF-2014- 16540620-DGPLINED)
forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Apruébanse los "Bloques de Contenidos para las Unidades Curriculares"
correspondientes al Diseño Curricular Experimental Jurisdiccional aprobado en el
artículo 1, según consta en el ANEXO III (IF-2014-16540620-DGPLINED), que forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Establécese, como plan de trabajo a partir del año 2015, la organización de
líneas de capacitación,actualización y perfeccionamiento docente en las disciplinas
que comprenden el nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional y la elaboración de los
proyectos institucionales y normativos, en todos los establecimientos educativos de la
jurisdicción, tanto los de gestión estatal como los de gestión privada, para facilitar la
implementación del citado Diseño Curricular Experimental.
Artículo 4.- Encomiéndase, durante el transcurso del año 2015, a la Dirección General
de Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de
Currículum, la elaboración de los alcances de los bloques de contenidos
correspondientes al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por la presente
Resolución.
Artículo 5.- Dispónese que la presente Resolución se aplicará, en forma gradual y
progresiva, en las Escuelas de la modalidad de Educación Técnico Profesional de
Nivel Secundario que imparten la especialidad de "Diseño y Comunicación
Publicitaria", a partir del ciclo lectivo 2015.
Artículo 6.- Dispónese que la implementación de la presente Resolución es
responsabilidad de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección
General de Educación de Gestión Estatal.
Artículo 7.- Establécese que los actuales planes de estudios de la especialidad
"Diseño y Comunicación Publicitaria" de esta modalidad y nivel, que se imparten en los
establecimientos de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario dependientes
de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, a través de la Dirección de
Educación Técnica, mantendrán su vigencia hasta la implementación definitiva del
nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional que se aprueba en el artículo 1 de la presente
Resolución, la que quedará concretada en el ciclo lectivo 2018.
Artículo 8.- Determínase que, en los casos que el personal docente vea afectada su
carga horaria laboral como consecuencia del cambio de los planes de estudios
vigentes a la fecha, será de aplicación lo dispuesto en la Resolución N° 1412-
MEGC/11.
Artículo 9.- Establécese que las áreas competetentes del Ministerio de Educación
deberán tramitar el proceso de homologación para la validez nacional del título
correspondiente al Diseño Curricular Jurisdiccional de "Técnico en Diseño y
Comunicación Publicitaria", en conjunto con el del primer ciclo de la modalidad Técnico
Profesional de Nivel Secundario.
Artículo 10.- Establécese que la evaluación del proceso de implementación y
seguimiento de la presente Resolución, será responsabilidad de la Unidad de
Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa.
Artículo 11.- Encomiéndase, a partir de la puesta en vigencia de la presente, a la
Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación (CEPA), el
diseño y ejecución de la capacitación docente requerida para la implementación de la
presente Resolución, por la Dirección de Educación Técnica, debiéndose dar
intervención a la Gerencia Operativa de Currículum de la Dirección General de
Planeamiento e Innovación Educativa.
Artículo 12.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento e Innovación
Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la producción de las
adaptaciones curriculares correspondientes a los Laboratorios y Talleres de la
especialidad "Diseño y Comunicación Publicitaria", título "Técnico en Diseño y
Comunicación Publicitaria" de acuerdo a los criterios de implementación adoptados por
la Dirección de Educación Técnica.
Artículo 13.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento e Innovación
Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, revisar y efectuar en
primer término el ajuste necesario en concordancia con la aprobación del proyecto de
marco de referencia por parte del Consejo Federal de Educación, en el presente
Diseño Curricular Experimental, y en segundo término revisar y generar un proyecto
de actualización cada cuatro (4) años del Diseño Curricular Jurisdiccional definido en
los Anexos I, II y III (IF-2014-16540620- DGPLINED) del ajustado en primer término.
Artículo 14.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económica Financiera y
Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Planeamiento e
Innovación Educativa, de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión
Privada y de Administración de Recursos, y para su conocimiento y demás efectos,
pase a la Dirección de Educación Técnica, a las Gerencias Operativas de Currículum,
de Recursos Humanos Docentes, de Títulos y Legalizaciones y de Clasificación y
Disciplina Docente y a la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad
Educativa. Cumplido, archívese. Bullrich