RESOLUCIÓN 95 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
ACLARACIÓN PUBLICADA EN EL BOCBA 4668 - DISPONE EL ASCENSO DE PERSONAL AL GRADO DE SUBCOMISIONADO - ASCENSO ANUALES DE PERSONAL - POLICÍA METROPOLITANA - VACANTES - CUADRO DE OFICIALES DE DIRECCIÓN
Publicación:
25/02/2015
Sanción:
06/02/2015
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.894 y 2.947, el Decreto N° 391/11, el E.E. N°
1702890/SICYPDP/2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno
de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e
institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;
Que, la Ley N° 2.947, del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, establece
en su Artículo 20 que los ascensos del personal con estado policial, correspondientes
al Cuadro de Oficiales Supervisores al Cuadro de Oficiales de Dirección son resueltos
por el Ministro de Justicia y Seguridad;
Que, en consonancia, el Decreto N° 391/11 dispone en su Artículo 81 que una vez
recibida la documentación producida por los Comités de Evaluación el Jefe de la
Policía elevará lo evaluado al Ministro de Justicia y Seguridad, efectuando las
consideraciones que estime oportunas;
Que, por IF-2015-1712837-PMCABA el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana refirió que
las vacantes para el Grado de Subcomisionado son ciento cinco (105), mientras que
mediante IF-2015-1963292-PMCABA puso de manifiesto que las mismas deben ser
cubiertas teniendo en cuenta el grado de prelación determinado por el Comité de
Evaluación;
Que, como corolario de lo reseñado, resulta necesario dictar el acto administrativo que
apruebe los ascensos anuales ordinarios del personal con estado policial de la Policía
Metropolitana, que integrará el Cuadro de Oficiales de Dirección;
Que, la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, ha
tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Dispónese el ascenso al grado de Subcomisionado, a partir del día 31 de
diciembre del 2014, del personal con estado policial correspondiente al Cuadro de
Oficiales Supervisores (Inspector), individualizado en el Anexo IF N° 2015-02261245-
MJYSGC que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Déjase establecido que el ascenso del personal dispuesto por el artículo 1
de esta Resolución, no importará disminución alguna de la remuneración bruta total
percibida al momento de su ascenso, exceptuando el suplemento por tiempo mínimo
en el grado y las cargas de familia.
Artículo 3.- Créase un adicional transitorio no remunerativo y no bonificable, a los fines
del cumplimiento de lo establecido en el artículo 2 de la presente, el cual quedará
conformado por la suma equivalente a la diferencia entre la remuneración bruta total
que integraba el haber al momento de su ascenso y la remuneración bruta total que
corresponde al haber del grado alcanzado.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de
Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, a la Dirección General Contaduría,
a la Dirección General Tesorería y remítase a la Dirección General de Administración
de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. Montenegro
ANEXOS