DECRETO 96 2019
Síntesis:
SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO EN SUBSIDIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - SUBCOMISIONADO GABRIEL AUGUSTO BANDIERA
Publicación:
13/03/2019
Sanción:
11/03/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(textos consolidados según Ley N° 6.017), el Decreto N° 391/AJG/2018, las
Resoluciones N° 95-MJYSGC/15 y N° 820-MJYSGC/15, y el Expediente Electrónico N°
03619567/MGEYA- SICYPDP/15, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de
reconsideración que oportunamente fuera interpuesto por el Subcomisionado Gabriel
Augusto Bandiera (L.P. 475) contra la Resolución N° 95/MJYSGC/15, que dispuso su
ascenso al grado de Subcomisionado de la Policía Metropolitana;
Que por Resolución N° 820/MJYSGC/2015, el titular del Ministerio de Justicia y
Seguridad desestimó el Recurso de Reconsideración;
Que, con fecha 17 de febrero de 2017, se notificó al recurrente que podía mejorar o
ampliar los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio del de
reconsideración dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del actual
artículo. N° 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que cumplido el plazo legal citado y no habiendo el recurrente ampliado ni mejorado
los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por
reproducidos los fundamentos fácticos y jurídicos plasmados en la Resolución N°
820/MJYSGC/2015 que sirvieron de base para rechazar el recurso de reconsideración
deducido;
Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la
Procuración General, corresponde el rechazo del recurso incoado;
Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de
Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y
coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos
asignados al mismo
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestimase el Recurso Jerárquico, interpuesto en subsidio del de
reconsideración, por el Subcomisionado Gabriel Augusto Bandiera (DNI 25.075.714-
L.P. 475) contra los términos de la Resolución N° 95/MJYSGC/15.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Vicejefe de Gobierno (Decreto
N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada en los términos de los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que el
presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer
recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( texto
consolidado según Ley N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al
Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Santilli p/p - Miguel