DECRETO 1651 1997

Síntesis:

CRÉASE LA INSTANCIA ORGÁNICA ADJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIALIDAD DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO (SEC. DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS)

Publicación:

22/01/1998

Sanción:

14/11/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente Nº 55.574-97, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 12-GCBA-96, se aprueba el esquema orgánico de primer nivel del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en el ámbito de la Secretaria de Producción y Servicios se encuentra prevista la Dirección General de Vialidad;

Que el cúmulo de tareas asignadas a la Dirección General de Vialidad demanda del funcionario a su cargo una multiplicación de funciones operativas y de conducción con sus consecuentes responsabilidades;

Que las características de los asuntos a atender por la Dirección General de Vialidad comprenden además del mantenimiento de la infraestructura vial de la Ciudad, muchas otras funciones vinculadas con la ejecución de obras de variadas especialidades, tanto por Administración como por intermedio de contratistas;

Que parte de las responsabilidades de la Dirección General de Vialidad, conciernen a obras de puentes, viaductos, obras especiales, etc. contratos y/o convenios en el ámbito de jurisdicción del Estado Nacional;

Que en virtud de ello, y a los fines de garantizar la eficiencia de la gestión, resulta necesario prever una instancia orgánica de asistencia de máxima responsabilidad al primer nivel de la Dirección General;

Que asimismo es menester designar al funcionario que reúna las condiciones exigidas para desempeñar dicha función;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Articulo 1º - Créase la Instancia orgánica adjunta de la Dirección General de Vialidad, dependiente de la Subsecretaría de Transporte y Tránsito de la Secretaría de Producción y Servicios, denominada Dirección General Adjunta, la que tendrá Nivel A, Grado 02 (Sl.MU.P.A.) y el Adicional por Suplemento por Función Ejecutiva correspondiente al nivel asignado.

Art. 2º - Exceptúase lo dispuesto en el artículo precedente del Capítulo 7, inciso g) del Anexo del Decreto Nº 1.711-94.

Art. 3º - Desígnase al Ingeniero José L. Correira, L.E. Nº 8.533.322, Ficha M. Nº 208.993, como Director General Adjunto de la Dirección General de Vialidad, partida Nº 3031.0000.S.98.A.02, retiene sin percepción de haberes, partida 1524.0000.B.00.215 de la Dirección General Fiscalización de Obras y Catastro.

Art. 4º - La Secretaría de Hacienda y Finanzas a través de la Dirección General Planificación Presupuestaria arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.

Art. 5º - El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Producción y Servicios, Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y Hacienda y Finanzas.

Art. 6º - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Producción y Servicios, a la Subsecretaría de Transporte y Tránsito y a las Direcciones Generales de Vialidad, de Planificación Presupuestaria y de Administración de Recursos Humanos, cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
, EL ARTICULO 2° DEL DECRETO 1651 SE REFIERE AL INCISO G) DEL CAPÍTULO 7 DEL ANEXO DEL DECRETO 1711