DECRETO 70 2015

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. JUAN A FERNÁNDEZ - ACCIONES - ORGANIGRAMA - SUBGERENCIA OPERATIVA ENFERMERÍA - JEFATURA DE SECCIÓN CONTROL DE INFECCIONES - JEFATURA DE SECCIÓN DOCENCIA E INVESTIGACIÓN - JEFATURA DE DEPARTAMENTO - SUBJEFATURA DE ENFERMERÍA - JEFATURA DE SECCIÓN UNIDAD CORONARIA - CARDIOLOGÍA - CLÍNICA MÉDICA II - III - HOSPITAL DE DÍA - ÁREA PROGRAMÁTICA - PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA SALUD - HEMODINAMIA - CONSULTORIOS EXTERNOS - TURNO MAÑANA B - GUARDIA I - GUARDIA II - JEFATURA DE DIVISIÓN TURNO MAÑANA C - NEUROCIRUGÍA - TOXICOLOGÍA - UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA I - UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA II - UNIDAD DE TERAPIA INTERMEDIA - CLÍNICA MÉDICA I - TRAUMATOLOGÍA I - TRAUMATOLOGÍA II - HEMODIÁLISIS - TURNO MAÑANA D - NEONATOLOGÍA INTENSIVA - NEONATOLOGÍA INTERMEDIA - CIRUGÍA I - CIRUGÍA II - CUIDADOS ESPECIALES - GINECOLOGÍA - CENTRO OSBSTÉTRICO - MATERNIDAD - PEDIATRÍA - UROLOGÍA - TURNO TARDE A - TURNO TARDE B - TURNO TARDE C - TURNO NOCHE I A - TURNO NOCHE I B - TURNO NOCHE II A - TURNO NOCHE II B - TURNO NOCHE C - TURNO SÁBADOS DOMINGOS Y FERIADOS A - B - C - JEFATURAS DE DEPARTAMENTO - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - MINISTERIO DE SALUD - JEFATURAS DE DIVISIÓN - JEFATURAS DE SECCIÓN - CREACIÓN DE CARGOS DE JEFATURA - ESTRUCTURA ORGÁNICA

Publicación:

09/03/2015

Sanción:

06/03/2015

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 684/09, 660/11, 260/12, 350/12, 176/13, 245/14 y

395/14, la Resolución N° 723-MMGC/14, el Expediente Electrónico N° 2014-

17258637-MGEYA-DGAYDRH, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes

mencionados;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos más

altos de la Administración Pública previstos en el artículo 34 de la Ley N° 471;

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Salud;

Que a través del Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel

de Dirección General;

Que por Decreto N° 260/12 se aprobó la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia

Operativa, modificándose parcialmente a través de los Decretos Nros. 254/14 y

395/14;

Que mediante los Decretos 350/12, 176/13 y 245/14 se modificó parcialmente la

estructura del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández" del Ministerio de

Salud, estableciéndose los objetivos, responsabilidades primarias y acciones de todas

sus unidades de organización;

Que por Resolución N° 723-MMGC/14, se aprobó la reglamentación del Título IV del

nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, surgido de las Actas de

Negociación Colectiva Nos. 10/14 y 17/13;

Que la mencionada reglamentación, describe los requisitos de creación y acceso a los

cargos de jefatura destinados al personal de planta permanente del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya denominación será Jefatura de

Departamento, Jefatura de División y Jefatura de Sección;

Que de la experiencia en la gestión de gobierno, surge la necesidad de realizar

modificaciones en la estructura organizativa del citado Hospital, a fin de afianzar y

fortalecer la implementación y desarrollo de los programas destinados a llevar

adelante las políticas públicas;

Que en el marco de las políticas destinadas a la atención de la salud en los hospitales

y centros de salud dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se implementó en los mismos y por parte de los Ministerios de Salud y

Modernización, un relevamiento de las tareas, personal, organización y condiciones de

trabajo de la Subgerencia de Enfermería y sus áreas dependientes, con el objetivo de

dotar a las mismas de la estructura organizativa necesaria para el cumplimiento de sus

funciones, y proporcionar una herramienta de jerarquización del personal involucrado;

Que en este sentido, los mencionados Ministerios propician la creación de cargos de

jefatura en la Subgerencia de Enfermería del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A.

Fernández" , con el objetivo de reflejar la división de responsabilidades y manejo del

personal, de acuerdo con la distribución existente de turnos y servicios;

Que conforme lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández" quedando

modificado parcialmente el Decreto N° 660/11.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modificase parcialmente la estructura orgánico funcional del Hospital

General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández" de conformidad con lo establecido en el

Anexo I (Organigrama) (IF-2015-00648775-DGAYDRH) y Anexo II (Descripción de

Acciones) (IF-2015-00645972- -DGAYDRH), los que a todos sus efectos forman parte

integrante del presente Decreto, quedando modificado parcialmente en tal sentido el

Decreto N° 660/11.

Artículo 2°.- Los Ministerios de Salud y de Modernización, arbitrarán las medidas

pertinentes a los fines de la aplicación de lo dispuesto en el presente.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin

de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por por la señora Ministra de Salud, por

el señor Ministro de Modernización, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Capital Humano del Ministerio de Modernización, a la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.

MACRI - Reybaud - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4594

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 70-15. modifica parcialmente la estructura orgánico funcional del Hospital General de Agudos Juan A. Fernández, quedando modificado parcialmente el Decreto 660-11.</p>