RESOLUCIÓN 157 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

INCLUSIÓN DE ARTERIA EN EL TEXTO ORDENADO DE CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - MANO ÚNICA - CALLE ANDALGALÁ DE NE A SO ENTRE CALLES BRAGADO Y TANDIL - PERMISO DE ESTACIONAMIENTO - TRANSITORIO - TRANSPORTE Y TRÁNSITO - CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS

Publicación:

25/03/2015

Sanción:

19/03/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

el Expediente N° 3910235-DGPMOV-2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente, vecinos del lugar solicitan la asignación de sentido

único de circulación a una calle, localizada en el Barrio de Mataderos, próxima a la Av.

Lisandro de la Torre y Av. de los Corrales;

Que la medida en cuestión, mejora sustancialmente la fluidez circulatoria, en la zona

de influencia, de la arteria tratada.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926);

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Articulo 1°- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria: Andalgalá de

NE a SO entre la calles Bragado y Tandil.

Artículo 2°- Permításe, con carácter transitorio, por el termino de 90 días a partir de su

señalización, el estacionamiento junto al cordón de la acera izquierda, en la calle

Andalgalá entre las calles Bragado y Tandil.

Articulo 3°- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórico) que proyectará la

Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito.

Artículo 4°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de

Planificación de la Movilidad para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal

Argentina, Policía Metropolitana, Gendarmería Nacional y a las Direcciones Generales

del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte, de Transito y

Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de

Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito, dependiente de la Dirección General de

Planificación de la Movilidad para su implementación. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 572-SSTRANS-15 prorroga por el término de noventa 90 días corridos la Resolución 157-SSTRANS-2015.- </p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 157-SSTRANS-15, incluye en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407-47, al siguiente tramo de arteria: Andalgalá de NE a SO entre la calles Bragado y Tandil.</p>