RESOLUCIÓN 572 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

PRORROGA RESOLUCIÓN 157-SSTRANS-15 - ASIGNACIÓN DE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLE ANDALGALÁ - PERMISIÓN DE ESTACIONAMIENTO - ACERA IZQUIERDA - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

31/07/2015

Sanción:

27/07/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Resolución N° 157/SSTRANS/2015; y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución N° 157/SSTRANS/2015 se incluyó, con carácter experimental y

por el término de 90 días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M.

8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, a la calle

Andalgalá de NE a SO entre la calles Bragado y Tandil, así como también, se permitió

el estacionamiento junto al cordón de la acera izquierda, por idéntico plazo,

en el tramo de arteria aludido;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular y a atender a la demanda de

estacionamiento en los sectores aludidos en el considerando precedente,

contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad vial, lo cual aconseja disponer

la pertinente prórroga.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUEVE

Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°

157/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires se expida sobre la misma, relativa a la asignación de sentido único de

circulación, a la calle Andalgalá de NE a SO entre la calles Bragado y Tandil, así como

también, a la permisión de estacionamiento junto al cordón de la acera izquierda en el

tramo de arteria aludido.

Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la

Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del

Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y

de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 572-SSTRANS-15 prorroga por el término de noventa 90 días corridos la Resolución 157-SSTRANS-2015.- </p>