RESOLUCIÓN 231 2015 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
READECUAN FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GESTIÓN OPERATIVA Y DE PERSONAL - SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN OPERATIVA - READECUA FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIVISIÓN COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GESTIÓN OPERATIVA Y DE PERSONAL - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
13/04/2015
Sanción:
08/04/2015
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
La Ley N° 2.603 y su Decreto Reglamentario N° 745/GCABA/08, la Resolución N°
500/AGIP/08 y sus modificatorias, la Resolución N° 101/AGIP/13, la Resolución N°
108/AGIP/13, la Resolución N° 737/AGIP/13, la Resolución N° 361/AGIP/2014, la
Resolución N° 168/AGIP/2015, el E.E. N° 5.882.287/AGIP/15 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a
establecer la estructura de la Administración Gubernamental de Ingresos;
Que el Decreto N° 745/GCABA/08, ha reglamentado la precitada Ley;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/08 y sus modificatorias se aprobó la
estructura orgánica funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos;
Que mediante Resolución N° 101/AGIP/13 se creó la Subdirección General Técnica
Administrativa y de Gestión Operativa de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos, y la Dirección Gestión Operativa y de Personal dependiente de
dicha Subdirección General;
Que mediante la precitada Resolución se creó la División Coordinación Administrativa
dependiente de la Dirección Gestión Operativa y de Personal de la Subdirección
General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que por Resolución N° 108/AGIP/13 se creó la Dirección Desarrollo Humano y Carrera
dependiente de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos
estableciéndose en el Anexo II de la mencionada Resolución sus funciones y
responsabilidades primarias;
Que mediante Resolución N° 737/AGIP/13 se modificó la estructura orgánica funcional
de la Dirección Gestión Operativa y de Personal dependiente de la Subdirección
General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que por Resolución N° 361/AGIP/14 se readecuaron las funciones de la Dirección
Gestión Operativa y de Personal, y de la División Coordinación Administrativa
dependiente de la Dirección Gestión Operativa y de Personal dependiente de la
Subdirección General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa de esta
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, según se detalla en su Anexo I;
Que mediante Resolución N° 168/AGIP/15 se modificaron las funciones de la
Dirección Gestión Operativa y de Personal dependiente de la Subdirección General
Técnica Administrativa y de Gestión Operativa de esta Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos, según se detalla su Anexo I;
Que es objetivo primordial de esta Administración establecer y delimitar las funciones
específicas de cada área a fin de que las mismas sean realizadas de manera eficaz y
eficiente, promoviendo la optimización y la mejora de calidad de la gestión;
Que en consecuencia, resulta necesario readecuar las funciones de la de la Dirección
Gestión Operativa y de Personal, y de la División Coordinación Administrativa
dependiente de la misma;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Readecúanse las funciones y responsabilidades primarias de la Dirección
Gestión Operativa y de Personal dependiente de la Subdirección General Técnica
Administrativa y de Gestión Operativa de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos, según las detalladas en el Anexo I, el que a todos sus efectos
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Readecúanse las funciones y responsabilidades primarias de la División
Coordinación Administrativa de la Dirección Gestión Operativa y de Personal
dependiente de la Subdirección General Técnica Administrativa y de Gestión
Operativa de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, según las
detalladas en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto. Cumplido, archívese. Walter
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4615