ACORDADA 7 2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
ESTABLECE INCREMENTO REMUNERATIVO - JUEZAS Y JUECES - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - REMUNERACIÓN DE JUECES - PORCENTAJE - FECHAS
Publicación:
13/04/2015
Sanción:
07/04/2015
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de abril de 2015, se reúne el
Tribunal Superior de Justicia, integrado por su Vicepresidente en ejercicio de la
Presidencia, Luis Francisco Lozano, el señor Juez José Osvaldo Casás y las señoras
Juezas Ana María Conde; Alicia E. C. Ruiz e Inés M. Weinberg; y
CONSIDERAN:
La ley n° 2080 establece que el Tribunal Superior de Justicia fija la remuneración de
sus integrantes, la cual no podrá superar en más de un treinta por ciento (30%) la que
corresponda a un Juez de Cámara de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Con apoyo en ese marco normativo, el Tribunal por Acordada n° 12/2006
determinó el sueldo básico de las juezas y los jueces del Tribunal, dentro del límite
indicado.
Por Resolución n° 38/2015 el Consejo de la Magistratura otorgó un incremento para
sus magistrados y personal, que se conforma con un aumento del 13% a partir del día
1° de marzo de 2015; 14% a partir del día 1° de julio de 2015 y 5% a partir del día 1°
de noviembre de 2015; asimismo, el pago de una suma fija de $ 5.000.-, pagadera en
el mes de marzo.
Con el objetivo de mantener la relación de los haberes --determinada por la ley
citada-- para los Jueces de este Estrado, respecto de los Jueces de Cámara,
corresponde que el Tribunal se adecue a lo decidido por el Consejo de la Magistratura.
Previo al dictado del acto administrativo propiciado se ha corroborado la existencia de
créditos suficientes en la partida correspondiente del presupuesto del Tribunal para el
ejercicio en curso.
Por ello, de conformidad con el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y el artículo 1° de la ley n° 2080, los Jueces del Tribunal Superior de
Justicia
1. ESTABLECER para las señoras juezas y los señores jueces del Tribunal Superior
de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un incremento remunerativo del
13% (trece por ciento) sobre el sueldo básico, retroactivo al 1° de marzo de 2015; de
un 14% (catorce por ciento) a partir del 1° de julio de 2015 y, por último, de un 5%
(cinco por ciento) a partir del 1° de noviembre de 2015.
2. Instruir a la Dirección General de Administración para que realice la comunicación
pertinente al Departamento de Gestión de Asuntos Previsionales y Obra Social del
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que
informe a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), con el detalle del
magistrado del Tribunal que obtuvo su jubilación bajo el régimen de la ley n° 24018 y
las resoluciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social n° 1418/2008 y
981/2009.
3. MANDAR se registre, se dé a la Dirección General de Administración para su
instrumentación y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Lozano - Conde - Ruiz - Casás - Weinberg