DECRETO 124 2015
Síntesis:
APRUEBA PRESUPUESTO - EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SA - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - EJERCICIO 2015
Publicación:
22/04/2015
Sanción:
17/04/2015
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Leyes Nros. 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del
Sector Público de la Ciudad y 5239 de Presupuesto del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, los Decretos Nros. 1000/99,168/14, 531/14 y 3/15, el
Expediente Electrónico 15-03121439-MGEYA-DGOGPP, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto
para el ejercicio 2015 formulado por la empresa Autopistas Urbanas S.A., actuante en
el Ministerio de Desarrollo Urbano;
Que, la Ley N° 70 y su Decreto reglamentario N° 1000/99 determinan la obligatoriedad
que tienen las máximas autoridades de las Empresas y Sociedades con participación
mayoritaria del Estado de remitir, antes del 30 de septiembre de cada año, el proyecto
de presupuesto anual que regirá su gestión durante el ejercicio siguiente, para ser
sometidos a la aprobación del Poder Ejecutivo y publicarlo luego, en síntesis, en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, mediante el Decreto N° 168/14 se aprobó como Anexo II del mismo el
cronograma de acciones para la elaboración de los proyectos de presupuesto de
gestión, de financiamiento y gastos de las empresas y sociedades con participación
estatal mayoritaria y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el
Estado sea parte en las decisiones societarias;
Que, Autopistas Urbanas S.A. expone las premisas económicas que se han tenido en
cuenta para la elaboración de su presupuesto, el detalle de sus ingresos y egresos, la
dotación de personal, las obras a realizar, el estado de resultado proyectado y de
situación patrimonial;
Que, obra en el expediente citado en el Visto, de conformidad con lo establecido por el
artículo 75 de la Ley N° 70, el informe favorable de la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto dependiente de la Subsecretaria de Gestión y Administración Económica
del Ministerio de Hacienda;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias (artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2015 de la Empresa
Autopistas Urbanas S.A. actuante en el Ministerio de Desarrollo Urbano, de acuerdo al
detalle que figura en los Anexos I (IF-2015-04895259-DGTALMDU) y II (IF-2015-
04895225-DGTALMDU), y que forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Estímase en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO
MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 1.625.772.000), los ingresos
corrientes y fíjase en la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y
SIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL ($ 1.437.724.000), los gastos
corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II (IF-2015-
04895225-DGTALMDU).
Artículo 3°.- Estímase en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y
TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 1.263.456.000) los
gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II (IF-
2015-04895225-DGTALMDU).
Artículo 4°.- Apruébanse las Fuentes de Financiamiento y Aplicaciones Financieras
cuyo detalle figura en las planillas del Anexo II (IF-2015-04895225-DGTALMDU).
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Urbano y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano y a la
Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de
Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Chaín - Grindetti - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4622