RESOLUCIÓN 314 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
PRÓRROGA DE LA RESOLUCIÓN 24-SSTRANS-15 - INVIERTE EL SENTIDO CIRCULATORIO DE LA CALLE BOULOGNE SUR MER ENTRE PRESIDENTE PERÓN Y AV CÓRDOBA - SUR A NORTE - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MANO ÚNICA - TRÁNSITO
Publicación:
30/04/2015
Sanción:
28/04/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Resolución N° 24/GCABA/SSTRANS/15; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 24/GCABA/SSTRANS/15 se invirtió, con carácter transitorio
y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su
implementación, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174),
texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, a la calle Boulogne Sur
Mer entre la calle Pte. Perón y hasta la Avenida Córdoba, es decir en todo su trazado,
de Sur a Norte.
Que la medida adoptada contribuyó a distribuir la circulación en la arteria aludida en el
considerando precedente, contribuyendo a mejorar la seguridad vial, lo cual aconseja
disponer la pertinente prórroga;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),
Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, y hasta tanto la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida, la Resolución N°
24/GCABA/SSTRANS/15.-
Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.-
Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, remítase a la Dirección
General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y a la Policía Federal
Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes
de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y de Seguridad Vial.
Cumplido, continúese con el trámite indicado en el artículo anterior. Dietrich