RESOLUCIÓN 689 2015 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
APROBACIÓN - PROGRAMA DOCENTE - RESIDENCIA POSBÁSICA PEDIÁTRICA EN NEONATOLOGÍA - SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - NIVEL DE POSTGRADO - ESPECIALIDADES - DISEÑO CURRICULAR - RESIDENCIAS MÉDICAS - RESIDENTES
Publicación:
11/05/2015
Sanción:
06/05/2015
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ordenanza N° 40.997 y sus modificatorias, la Ley N° 153 y el Expediente
Electrónico N° 18325892/MGEYA-DGDOIN/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 y sus modificatorias regulan el Sistema de Residencias
del Equipo de Salud en sus distintas especialidades de formación de los recursos
humanos en salud en el Nivel de Postgrado;
Que el programa de la Residencia Posbásica Pediátrica en Neonatología tiene por
objetivo sistematizar la formación de los residentes de la disciplina, priorizando el
aprendizaje a través del trabajo diario en los ámbitos de desempeño tanto
asistenciales como docentes de la Unidad de Neonatología y bajo supervisión
permanente, con responsabilidad progresiva en la toma de decisiones;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un
proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio
de la especialidad, contemplando los avances científicos - tecnológicos y los
problemas del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para
cumplimentar los extremos de la precitada Ordenanza y de la Ley Básica de Salud N°
153;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Docencia e Investigación propicia la
aprobación del Programa Docente de la Residencia de Pediatría.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Programa Docente de la Residencia Posbásica Pediátrica
en Neonatología, el que como Anexo (IF-2015-01978681-DGDOIN) forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Docencia e
Investigación y a la Dirección de Capacitación y Docencia. Cumplido, archívese.
Reybaud
ANEXOS