DECRETO 19 1998
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIAS Y DESIGNA PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA EN LA SECRETARIA DE GOBIERNO
Publicación:
04/03/1998
Sanción:
21/01/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 67.502-97 y agregado, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 540-96, prorrogado por Decreto N° 559-97, se dispuso la aprobación de la dotación y la cobertura de los cargos de la Planta de Personal Transitorio para la Secretaría de Gobierno y áreas de su dependencia;
Que las agentes Miriam Karina Kociak, D.N.L N° 20.922.390, F.M. N° 380.223, y Cecilia Bettina Martinic, D.N.I. N° 22.608.174, F.M. N° 380.112, presentaron sus renuncias a partir de diferentes fechas, como Personal Transitorio de la citada Planta;
Que a efectos de asegurar el normal desarrollo de las tareas asignadas, la mencionada Secretaría solicita la designación de María Nieves Pérez, D.N.I N° 06.036.088, y de Amalia Eva Piombino, D.N.I. N° 23.303.703, a fin de cubrir las vacantes producidas;
Que por todo lo expuesto, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite los ceses e incorporaciones requeridos;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1° - Acéptanse las renuncias presentadas por las señoras Miriam Karina Kociak, D.N.I. N° 20.922.390, F.M. N° 380.223, y Cecilia Bettina Martinic, D.N.I. N° 22.608.174, D.N.I. N° 380.221, como Personal de la Planta Transitoria de la Secretaría de Gobierno, Grupo "G-0l", aprobada por Decreto N°, 540-96 y prorrogada por Decreto N° 559-97, a partir de los días 2 y 1° de junio de 1997, respectivamente.
Art. 2° - Desígnanse a las señoras María Nieves Pérez, D.N.I. N° 06.036.088, y Amalia Eva Pombino, D.N.I. N° 23.303.703, como Personal de la Planta Transitoria de la Secretaría de Gobierno, Grupo "G-0l", en las condiciones establecidas por Decreto N° 540-96, prorrogado por Decreto N° 559-97, a partir del 3 y 2 de junio de 1997 y hasta el 31 de mayo de 1998, para prestar servicios en las Direcciones Generales de Registros y Certificaciones y de Policía Municipal, respectivamente.
Art. 3° - La Dirección General de Planificación Presupuestaria tomará los recaudos necesarios para la atención de lo dispuesto en el presente.
Art. 4° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Gobierno.
Art. 5° - Dése al Registro y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.