RESOLUCIÓN 849 2015 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
NOMINACIÓN DE PROFESIONALES COMO COORDINADORES DE RED - DESIGNACIÓN DE COORDINADORES - MODIFICACIÓN DE DEPENDENCIA - RED DE FARMACIA - DIRECCIÓN DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD - MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN - RED DE PERINATAL - RED DE OBSTETRICIA - RED DE ALERGIA Y ASMA - REDES DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD - DESIGNACIÓN DE FACULTADES - DIRECCIÓN GENERAL DE REDES Y PROGRAMAS DE SALUD
Publicación:
05/06/2015
Sanción:
02/06/2015
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
Los Decretos N° 561/GCABA/10, 593/GCABA/11, 660/GCABA/11, 260/GCABA/12 y
395/GCABA/14, las Resoluciones N° 361/SS/96, 1421/SS/02, 1955/SS/04, 222/SS/05,
1353/SS/05,
679/MSGC/09, 2542/GCABA/MSGC/09, el Expediente N°
4800183/MGEyA/DGRyPS/2015, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 361/SS/96 se creó el Programa de Redes de Atención de la
Salud dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que a su vez, la Resolución N° 222/SS/05 tuvo por virtud la elaboración del texto
ordenado de la Resolución N° 361/SS/96 con sus modificaciones dispuestas por las
Resoluciones Nros. 1421/SS/02 y 1955/SS/04;
Que por Resolución N° 1353/SS/05 se amplió y modificó el anexo de la Resolución N°
222/SS/05;
Que por Resolución N° 679/SS/09 se procedió a reordenar y actualizar las Redes y
designar sus Coordinadores, modificando las precitadas Resoluciones;
Que mediante el Decreto N° 593/GCABA/11, modificado por los Decretos
593/GCABA/11, 660/GCABA/11, 260/GCABA/12 y 395/GCABA/14, se procedió a
reestructurar a la Direccion de Redes de Servicios de Salud, dependiente de la
Dirección General de Redes y Programas;
Que deviene necesario por razones operativas y de servicio modificar la composición
de distintas Coordinaciones de Redes;
Que mediante el expediente citado en el Visto, la Dirección Redes de Servicios de
Salud considera oportuno realizar dicho acto, dentro del Plan estratégico del sector,
habiendo prestado su conformidad la respectiva Dirección General del área.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4.013,
Artículo 1°.- Nomínense como Coordinador de la Red respectiva a los profesionales
que se detallan en el Anexo I, que como IF 2015-14067877-DGRyPS forma parte
integrante de la presente, sin que ello implique mayor remuneración y ni cambio en la
situación de revista.
Artículo 2°.- Modifícase la dependencia de la Red de Farmacia, de la Dirección
General Atención Integral de la Salud, a la Dirección de Redes de Servicios de Salud.
Artículo 3°.- Modifícase la denominación de la Red de Perinatal, y a partir del presente
acto se nominara "Red de Obstetricia".
Articulo 4°.- Modifícase la denominación de la Red Alergia, y a partir del presente acto
se nominara "Red de Alergia y Asma".
Artículo 5°.- Las presentes designaciones no importarán mayor erogación para el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ni mayor retribución ni cambio de la situación
de revista para el/los agente/s detallados en el anexo correspondiente.
Artículo 6°.- Delégase en la Dirección General de Redes y Programas de Salud la
facultad de designar y remover en el futuro a los Coordinadores de las Redes
existentes.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Atención Integrada de la
Salud, Dirección General de Redes y Programas de Salud, Dirección de Programas
Centrales y Dirección de Redes de Servicios de Salud, Dirección General de la Región
Sanitaria I, Dirección General de la Región Sanitaria II, Dirección General de la Región
Sanitaria III, Dirección General de la Región Sanitaria IV, Subsecretaría de
Planificación Sanitaria, y Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud.
Notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Reybaud
ANEXOS