DECRETO 119 1998

Síntesis:

DÉJASE ESTABLECIDA LA REUBICACIÓN EN FAVOR DEL DR. RICARDO JORGE ZAMBRANO COMO MÉDICO DE PLANTA HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI"

Publicación:

09/03/1998

Sanción:

16/02/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente Nº 45.424-93, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 787-SS-95, la Secretaría de Salud, reubicó al Dr. Ricardo Jorge Zambrano, L.E. Nº 04.304.618, ficha Nº 200.049, como Médico de Planta (Traumatología y Ortopedia) Titular, con 24 horas semanales en el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni”, cesando como Jefe Unidad Guardia del Día Reemplazante, con 36 horas semanales del citado nosocomio;

Que al tomar conocimiento del acto en cuestión la Dirección General Administración de Recursos Humanos (Dirección Administración de Personal), detecta anomalías toda vez que el citado profesional debería cesar como Profesional de Guardia Médico Titular, con 40 horas semanales de labor del nosocomio en cuestión, cargo que retenía sin percepción de haberes:

Que atento lo expuesto la precitada Secretaría presta conformidad a fin de que se regularice tal situación;

Que no obstante el tiempo transcurrido desde la iniciación del presente, el mismo no fue resuelto oportunamente por las anteriores autoridades de la Secretaría de Salud;

Que por lo expuesto, resulta necesario regularizar la situacion planteada;

Que es de hacer notar que dicho acto administrativo no representa erogación alguna;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias Art. 104, Inc. 9º) de la Constitucion de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1º - Déjase establecido que la reubicación dispuesta por Resolución Nº 787-SS-95 en favor del Dr. Ricardo Jorge Zambrano, L.E. Nº 04.304.618, ficha Nº 200.049, como Médico de Planta (Traumatología y Ortopedia), Titular, con 24 horas semanales del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", partida 4005.1700.B.00.024, lo es cesando como Profesional de Guardia Médico Titular, con 40 horas semanales de labor, partida 4005.1700.B.00.924 del citado hospital, cargo que retenía sin percepción de haberes, continúa a partir del 1º de Julio de 1996 por aplicación del Decreto Nº 1.625-94 Nivel B, Grado 01.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud y de Haciendas y Finanzas.

Art. 3º - Dése al Registro, publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.

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