RESOLUCIÓN 485 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
ELECCIONES 2015 - APRUEBA AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA REALIZADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL - PARTIDOS - AGRUPACIONES POLÍTICAS - CANDIDATOS - RECTIFICA LA RESOLUCIÓN 451-MJYSGC-15
Publicación:
10/06/2015
Sanción:
01/06/2015
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
La Resolución N° 451/MJYSGC/15 y el E.E. N° 4848892/DGELEC/15, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1 de la Resolución N° 451/MJYSGC/15 se aprobaron los
agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública realizados por la Dirección
General Electoral de acuerdo a la ubicación y distribución geográfica que como Anexo
IF-2015-12301528-DGELEC forma parte integrante de la misma, en el marco de lo
establecido en el artículo 6 de la Ley N° 268;
Que dicho artículo 6 dispone que el Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los partidos,
confederaciones y alianzas que se presenten a la elección espacios de publicidad en
las pantallas de la vía pública que estén a su disposición los que se distribuirán
respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación;
Que mediante IF 2015-13735474-DGELEC, la Dirección General Electoral informó que
se había cometido un error involuntario al distribuir los espacios de publicidad y que se
mencionan en el Anexo aprobado por el artículo 1 de la Resolución N°
451/MJYSGC/15, por lo que solicita se rectifique el mencionado artículo;
Que en virtud de lo indicado, resulta necesario proceder a la rectificación del artículo
en cuestión, indicando que la aprobación de los agrupamientos de espacios de
publicidad en la vía pública realizados por la Dirección General Electoral son los que
se detallan en el IF 2015-13729991-DGELEC.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Rectifíquese el artículo 1 de la Resolución N° 451/MJYSGC/15, el que
queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Apruébense los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública
realizados por la Dirección General Electoral de acuerdo a la ubicación y distribución
geográfica que como Anexo IF-2015-13729991-DGELEC forma parte integrante de la
presente.".
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a la Dirección General de Ordenamiento
del Espacio Público dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la
Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General
Electoral a los fines de la notificación a los partidos políticos y alianzas y demás
efectos. Cumplido, archívese. Montenegro