RESOLUCIÓN 485 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

 ELECCIONES 2015 -  APRUEBA AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA REALIZADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL -  PARTIDOS - AGRUPACIONES POLÍTICAS - CANDIDATOS -  RECTIFICA LA RESOLUCIÓN   451-MJYSGC-15

Publicación:

10/06/2015

Sanción:

01/06/2015

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

La Resolución N° 451/MJYSGC/15 y el E.E. N° 4848892/DGELEC/15, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1 de la Resolución N° 451/MJYSGC/15 se aprobaron los

agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública realizados por la Dirección

General Electoral de acuerdo a la ubicación y distribución geográfica que como Anexo

IF-2015-12301528-DGELEC forma parte integrante de la misma, en el marco de lo

establecido en el artículo 6 de la Ley N° 268;

Que dicho artículo 6 dispone que el Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los partidos,

confederaciones y alianzas que se presenten a la elección espacios de publicidad en

las pantallas de la vía pública que estén a su disposición los que se distribuirán

respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación;

Que mediante IF 2015-13735474-DGELEC, la Dirección General Electoral informó que

se había cometido un error involuntario al distribuir los espacios de publicidad y que se

mencionan en el Anexo aprobado por el artículo 1 de la Resolución N°

451/MJYSGC/15, por lo que solicita se rectifique el mencionado artículo;

Que en virtud de lo indicado, resulta necesario proceder a la rectificación del artículo

en cuestión, indicando que la aprobación de los agrupamientos de espacios de

publicidad en la vía pública realizados por la Dirección General Electoral son los que

se detallan en el IF 2015-13729991-DGELEC.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Rectifíquese el artículo 1 de la Resolución N° 451/MJYSGC/15, el que

queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1.- Apruébense los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública

realizados por la Dirección General Electoral de acuerdo a la ubicación y distribución

geográfica que como Anexo IF-2015-13729991-DGELEC forma parte integrante de la

presente.".

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a la Dirección General de Ordenamiento

del Espacio Público dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la

Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General

Electoral a los fines de la notificación a los partidos políticos y alianzas y demás

efectos. Cumplido, archívese. Montenegro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución Nro 485-MJYSGC-15, rectifica el art. 1 de la Resolución Nro 451-MJYSGC-15.</p>