RESOLUCIÓN 451 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

ELECCIONES 2015 - APRUEBA LOS AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA REALIZADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL- SORTEOS DE ESPACIOS - PARTIDOS POLÍTICOS - ALIANZAS - LISTAS DE CANDIDATOS - JEFE-A - VICEJEFE-A DE GOBIERNO - DIPUTADOS-AS DE LA LEGISLATURA - MIEMBROS DE LAS JUNTAS COMUNALES - CINCO SORTEOS - ZONAS - UBICACIONES - CANTIDAD - NOTIFICACIONES 

Publicación:

04/06/2015

Sanción:

27/05/2015

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes N° 268, N° 4013 y 4516, el Decretos N° 530/14 y el Expediente Electrónico

N° 4848892/DGELEC/15, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 530/14 se convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a elecciones Generales para que el día 5 de Julio de 2015 proceda a la

elección de los candidatos a Jefe y Vicejefe de Gobierno, Diputados de la Ciudad y

Miembros de las Juntas Comunales;

Que la Ley N° 268 establece en su Artículo 6° que el Gobierno de la Ciudad debe

ofrecer a los partidos, confederaciones y alianzas que se presenten a la elección

espacios de publicidad en las pantallas de la vía pública que estén a su disposición los

que se distribuirán respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación;

Que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad mediante Oficio N° 184/15 informa

que han oficializado listas de candidatos un total de un (1) partido político y cuatro (4)

alianzas para la categoría Jefe/a y Vicefe/a de Gobierno, un total de un (1) partido

político y cinco (5) alianzas para la categoría Diputados/as de la Ciudad y un total seis

(6) alianzas para la categoría Miembros de las Juntas Comunales para la elección del

día 5 de julio de 2015;

Que la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público dependiente del

Ministerio de Ambiente y Espacio Público ha informado los listados de espacios

disponibles en la vía pública;

Que teniendo en cuenta lo dicho, la Dirección General Electoral, ha elaborado el

Informe Técnico pertinente, por el cual se distribuyen los referidos espacios, con

aplicación del criterio de equidad en cuanto a su ubicación y cantidad, en un número

de grupos equivalentes al número de partidos y/o alianzas que han oficializado lista de

candidatos para las distintas categorías de cargos a elegir;

Que a los fines de la asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía

pública a los partidos políticos y alianzas resulta conveniente la realización de un

sorteo ante un Escribano Público del Gobierno de la Ciudad;

Que por aplicación de los principios de transparencia y acceso a la información

pública, rectores de la actividad estatal, la Dirección General Electoral, procederá a la

difusión de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública, con identificación

del número, cantidad, tipo, ubicación de los mismos y la metodología utilizada en el

sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébense los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública

realizados por la Dirección General Electoral de acuerdo a la ubicación y distribución

geográfica que como Anexo IF-2015-12301528-DGELEC forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2.- Instrúyase a la Dirección General Electoral para que proceda a realizar el

sorteo de asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública,

debiendo, en primer lugar, determinar el orden de los partidos y alianzas por el número

de las listas de candidatos por el cual han sido oficializadas para las elecciones

generales del día 5 de julio de 2015 por cada categoría de cargo a elegir. En el caso

particular de la categoría Miembros de las Juntas Comunales se tendrá en

consideración la Comuna o Comunas en las cuales el partido político o alianza haya

oficializado listas de candidatos. Posteriormente deberá procederse a la extracción de

las bolillas que corresponden a cada uno de los grupos de publicidad y se asignarán

secuencialmente a las listas oficializadas de acuerdo al orden predeterminado.

Finalmente se asentará todo ello en el acta notarial respectiva.

Artículo 3.- Se deja constancia que de manera consecutiva se realizarán cinco (5)

sorteos. El primero de ellos para la categoría Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno, el

segundo para la categoría Diputados/as de la Ciudad y los tres (3) restantes se harán

para la categoría de Miembros de las Juntas Comunales teniendo en consideración la

Comuna o Comunas en las cuales el partido político o alianza haya oficializado lista de

candidatos.

Artículo 4.- El sorteo mencionado en el artículo precedente se realizará ante Escribano

Público de la Ciudad de Buenos Aires en la sede de la Dirección General Electoral sita

en la calle Chacabuco N° 132, 1er piso, a las 12 horas del día 2 de Junio de 2015.

Artículo 5.- Instrúyase a la Dirección General Electoral para que, una vez realizado el

sorteo, proceda a publicar en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad los

paquetes de publicidad en la vía pública asignados a cada partido político y alianza,

con identificación del número, cantidad, tipo, ubicación de los mismo y la metodología

utilizada.

Artículo 6.- Instrúyase a la Dirección General Electoral a fin que proceda a notificar a la

los partidos políticos y alianzas el número de grupo de espacios de publicidad que le

ha resultado asignado con identificación pormenorizada del número, tipo y ubicación.

Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a la Dirección General de Ordenamiento

del Espacio Público dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la

Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General

Electoral a los fines de la notificación a los partidos políticos y alianzas y demás

efectos. Cumplido, archívese. Montenegro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4651

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 451-MJYSGC-15, aprueba  los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública realizados por la Dirección General Electoral, para las elecciones de julio de 2015 en el marco de lo dispuesto por el Decreto 530-14.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución Nro 485-MJYSGC-15, rectifica el art. 1 de la Resolución Nro 451-MJYSGC-15.</p>