DECRETO 182 2015
Síntesis:
PROCEDIMIENTO - CONTRATACIONES DE PERSONAS - REGÍMENES DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y DE OBRA EN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MODIFICACIÓN DE CONTRATOS - MONTOS MÁXIMOS - REFRENDOS - CONTRATOS - ARTÍSTICO CULTURALES - MINISTERIO DE CULTURA - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - DIFUSIÓN DE ACTOS DE GOBIERNO Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN SOCIAL - SECRETARÍA GENERAL - MODIFICA DECRETO 224-13
Publicación:
11/06/2015
Sanción:
09/06/2015
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Decreto N° 224/13, el Expediente N° 8618467-MGEYA-DGTALMC/15, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 224/13 se establece el procedimiento para llevar adelante
contrataciones de personas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra en
el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el artículo 10 se faculta al señor Ministro de Cultura y al señor Director
General del Ente Autárquico Teatro Colón para celebrar, dentro de su disponibilidad
presupuestaria, contrataciones artístico- culturales bajo los regímenes de la locación
de servicios y de obra, por un monto máximo de hasta Pesos Un Millón Doscientos Mil
($ 1.200.000.-) anuales por cada contrato;
Que mediante su artículo 11 se faculta a los/as Subsecretarios/as y a los/as
Directores/as Generales del Ministerio de Cultura, para celebrar, dentro de su
disponibilidad presupuestaria, contrataciones artístico- culturales bajo los regímenes
de locación de servicios o de obra, por un monto máximo de hasta pesos ciento
cincuenta mil ($ 150.000) anuales por cada contrato;
Que en su artículo 12 se faculta al señor Secretario de Comunicación Social y al señor
Secretario General, para celebrar, dentro de su disponibilidad presupuestaria,
contrataciones para la difusión de actos de gobierno y servicios a la comunidad bajo
los regímenes de locación de servicios o de obra, por un monto máximo de hasta
Pesos Un Millón Quinientos Mil ($ 1.500.000.-) anuales por cada contrato;
Que ante el incremento de los valores actuales de las contrataciones, las
características particulares de las artístico-culturales celebradas por el Ministerio de
Cultura y el Ente Autárquico Teatro Colón y las de difusión de actos de gobierno y
servicios a la comunidad celebradas por la Secretaría de Comunicación Social y la
Secretaría General, se propicia un mecanismo adecuado con el objeto de facilitar la
gestión operativa relacionada con dichas contrataciones;
Que en consecuencia resulta conveniente facultar a los señores Ministros de Hacienda
y de Cultura a modificar conjuntamente el monto máximo de las contrataciones
artístico-culturales previstas en el artículo 11 mencionado, como asimismo facultar al
señor Ministro de Hacienda a modificar el monto máximo de las contrataciones
previstas en los artículos 10 y 12 y, en los casos que la contratación supere el monto
establecido, disponer que la misma deberá ser autorizada conjuntamente por el/la
titular de la jurisdicción contratante y el/la Ministro/a de Hacienda;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Incorpóranse como artículos 11 bis y 12 bis del Decreto N° 224/13, el
siguiente texto:
"Artículo 11 bis.- Facúltase a los señores Ministros de Hacienda y de Cultura a
modificar conjuntamente el monto máximo de las contrataciones artístico - culturales
previstas en el artículo 11".
Artículo 12 bis.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda a modificar el monto máximo
de las contrataciones previstas en los artículos 10 y 12. En los casos que la
contratación supere el monto establecido, la misma deberá ser autorizada
conjuntamente por el/la titular de la jurisdicción contratante y el/la Ministro/a de
Hacienda".
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y
de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder
Ejecutivo, a todas las reparticiones de rango o nivel equivalente, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de
Buenos Aires, a los Organismos Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. MACRI - Lombardi
- Grindetti - Rodríguez Larreta