RESOLUCIÓN 873 2015 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

AMPLÍA LA RESOLUCIÓN 214-MS-15 - RESIDENCIAS MÉDICAS POST BÁSICAS PEDIÁTRICAS - NEONATOLOGÍA - TERAPIA INFANTIL - MODIFICACIÓN - REQUISITOS - CREACIÓN DE RESIDENCIAS MÉDICAS - SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

Publicación:

15/06/2015

Sanción:

09/06/2015

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

El Decreto N° 399/13, la Resolución N° 214/MSGC/15 modificada por la Resolución N°

220/MSGC/15 y el Expediente Electrónico N° 8371455/MGEYA-DGDOIN/2015, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 214/MSGC/15, modificada por Resolución N° 220/MSGC/15,

se llamó a concurso para los cargos de primer año del Ciclo Lectivo 2015 para los

Sistemas de Residencias Médicas del Equipo de Salud, Residencias de Apoyo al

Equipo de Salud, Residencias de Enfermería y Concurrencias Médicas y del Equipo de

Salud;

Que, asimismo, por dicha norma se crearon nuevas residencias y concurrencias y se

estableció su duración;

Que en el articulado de la mencionada Resolución N° 214/MSGC/15 se omitió volcar la

modificación propiciada relativa a la duración y requisitos de las Residencias post

básicas pediátricas de Neonatología y Terapia Intensiva Infantil, lo cual sí se

estableció en su correspondiente Anexo;

Que las Residencias post básicas pediátricas de Neonatología y Terapia Intensiva

Infantil pasan a tener cada una 2 años de duración y requieren, como mínimo, 3 años

de Residencia básica previa en Pediatría y/o Clínica Pediátrica;

Que para mayor claridad de la Resolución N° 214/MSGC/15, corresponde incorporar

dicha ampliación como artículo 5° bis de la misma toda vez que la misma se

encontraba mencionada en los anexos de la Resolución indicada;

Que la Dirección General de Docencia e Investigación (DGDOIN) entiende que

corresponde ampliar los términos de la Resolución citada precedentemente en los

términos mencionados en el cuarto párrafo;

Que la suscripta comparte la ampliación propiciada;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 399/13,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Amplíese la Resolución N° 214/MSGC/15 de modo que se incorpora como

artículo 5° bis el siguiente texto: "Modifícase la duración y requisitos de las

Residencias post básicas pediátricas de Neonatología y Terapia Intensiva Infantil, las

cuales pasan a durar 2 años y a requerir 3 años de Residencia básica previa en

Pediatría y/o Clínica Pediátrica".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Docencia

e Investigación y a la Dirección de Capacitación y Docencia de este Ministerio, y a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Modernización. Cumplido,

archívese. Reybaud

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 873-MS-15, amplía la Resolución 214-MS-15, incorporando texto como art. 5 bis.</p>