DECRETO 133 1998

Síntesis:

RATIFICA CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTOS POR EL SEÑOR SUBSECRETARIO GENERAL CON DIVERSAS PERSONAS

Publicación:

11/03/1998

Sanción:

18/02/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto lo normado por el Decreto N° 214-95, y lo solicitado mediante Expediente N° 88.124-97, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 214-95, se instruye a los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo y órganos dependientes,a abstenerse de celebrar convenios ad-referendum del señor Intendente Municipal, salvo autorización expresa en contrario;

Que, surge la necesidad de exceptuar las presentes contrataciones de lo establecido en la norma precitada por tener la misma principio de ejecución;

Que, por la referida actuación, se ratifica los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos por el señor Subsecretario General;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias Art. 104, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Ratifícanse los Contratos de Locación de Servicios suscriptos por el señor Subsecretario General con diversas personas, para desempeñar tareas en el área de la Comisión de Comunicación Social, en el modo y forma que se detallan en el Anexo I.

Art 2°- Exceptúanse de los alcances del decreto N° 214-95 a las presentes contrataciones.

Art 3°- Autorízase a la Dirección General de Contaduría General a incluir el importe mensual en una orden general de pago, correspondiente a los contratos de Locación de Servicios mencionados en el Art. 1° del presente decreto.

Art 4°- A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de servicios correspondientes.

Cada Contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Art 5°- Cada Contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Art 6°- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto en vigor.

Art 7°- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art 8°-Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Comisión de Comunicación Social, a las Direcciones Generales, Contaduría General y Tesorería y comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria y a la Subsecretaría General. Cumplido, archívese.


ANEXOS

APELLIDO Y NOMBRES / DOCUMENTOPERÍODOMONTO MENSUALMONTO TOTAL
SCHWARZBERG, Lucio / D.N.I. N° 13.235.763 1º-1 / 31-12-98$ 3.000.-$ 36.000.-
QUES, María Elena / D.N.I. Nº 12.988.9121º-1 / 31-12-98$ 1.500.-$ 18.000.-
SUAREZ SANTIAGO, Federica / D.N.I. Nº 22.991.4201º-1 / 31-12-98$ 3.000.-$ 36.000.-
POLOSECKI, Claudio / D.N.I. Nº 11.179.6931º-1 / 31-12-98$ 3.000.-$ 36.000.-

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA