RESOLUCIÓN 346 2015 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

DEROGA RESOLUCIÓN 1041-MDSGC-14 - MONTO ASISTENCIA BÁSICA POR HOGAR - BENEFICIARIOS PROGRAMA - TICKET SOCIAL - DIRECCIÓN GENERAL DE CIUDADANÍA PORTEÑA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Publicación:

26/06/2015

Sanción:

02/06/2015

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


VISTO:

El Decreto N° 800/GCABA/2008 y su modificatorio Decreto N° 154/GCABA/2014, la

Resolución N° 889/MDSGC/2013, la Resolución N° 1041/MDSGC/2014, el Expediente

Electrónico -2015-14075240-DGTALMDS-MGEYA;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 800/GCABA/2008 crea en el ámbito del Ministerio de Desarrollo

Social el Programa "Ticket Social", destinado a la población de la Ciudad de Autónoma

de Buenos Aires que se encuentra en situación de inseguridad alimentaria;

Que, la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario dependiente del

Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Dirección General de Ciudadanía

Porteña, tiene a su cargo la ejecución del Programa "Ticket Social";

Que el Decreto N° 154/GCABA/2013 derogó el artículo 6° del Anexo del Decreto N°

800/GCABA/2008 y en su artículo 4° facultó al Ministerio de Desarrollo Social a

establecer los montos del beneficio a otorgar en el marco del programa y las

condiciones de ingreso y permanencia en el mismo;

Que, en virtud de dicha delegación, por Resolución N° 889/MDSGC/2013 se aprueba

la reglamentación del Programa "Ticket Social", estableciéndose el monto de la

asistencia básica en la suma de Pesos Doscientos Noventa ($ 290.-), así como

posibilidad de realizar actualizaciones periódicas;

Que, a través de la Resolución N° 1366/MDSGC/2013 se fijó el monto de la prestación

otorgada por el Programa Ticket Social en la suma de Pesos Trescientos Veinte ($

320) a partir del mes de diciembre del año 2013;

Que, mediante Resolución N° 1041/MDSGC/2014 se deroga la Resolución N°

1366/MDSGC/2013 y se fija el monto de la asistencia básica por hogar que perciben

los beneficiarios del Programa "Ticket Social", dependiente de la Dirección General de

Ciudadanía Porteña, en la suma de Pesos Trescientos Setenta Mensuales ($ 370.-)

para el periodo comprendido entre los meses de julio y septiembre de 2014 y en la

suma de Pesos Cuatrocientos Mensuales ($ 400.-), a partir de mes de octubre de

2014;

Que, el Programa Ticket Social propicia la actualización del monto de la asistencia

básica del programa, con la conformidad de la Dirección General de Ciudadanía

Porteña y de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario;

Que, en virtud de ello y de acuerdo con las competencias detalladas supra, resulta

pertinente dictar el acto administrativo que derogue la Resolución N°

1041/MDSGC/2014 y actualice el monto de la asistencia básica del Programa Ticket

Social, fijándose en la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta mensuales ($ 460.-), a

partir de mes de mayo de 2015;

Que el gasto que demande la ejecución de la presente cuenta con el respaldo

crediticio en la partida presupuestaria correspondiente;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias;

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Articulo 1°.- Derógase la Resolución N° 1041/MDSGC/2014.-

Artículo 2°.- Fíjase el monto de la asistencia básica por hogar que perciben los

beneficiarios del Programa "Ticket Social", dependiente de la Dirección General de

Ciudadanía Porteña, en la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta mensuales ($ 460.-) ,

a partir de mes de mayo de 2015.-

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaria de Fortalecimiento

Familiar y Comunitario, a la Dirección General de Ciudadanía Porteña, a la Dirección

General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Cumplido,

archívese. Stanley

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 346-MDSGC-15 fija el monto de la asistencia básica por hogar que perciben los<br />beneficiarios del Programa Ticket Social, establecido por Resolución N° 889-MDSGC-13, en la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta mensuales ($ 460.-) , a partir de mes de mayo de 2015.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 346-MDSGC-15, deroga la Resolución 1041-MDSGC-2014.</p><p> </p>