RESOLUCIÓN 889 2013 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCION 1228-MDSGC-08 - APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA TICKET SOCIAL - BENEFICIOS - ALIMENTOS
Publicación:
02/08/2013
Sanción:
25/07/2013
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Texto actualizado
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VISTO:
el Decreto N° 800/08 y su modificatorio 154/13, la Resolución N° 1228/MDSGC/2008,
el Expediente N° 3251301-MGEYA-DGCPOR-2013, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto consignado en el Visto crea el Programa Ticket Social, en el ámbito de
este Ministerio de Desarrollo Social, destinado a asistir a la población de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que se encuentra en situación de inseguridad alimentaria;
Que el articulo 2° del referido Decreto dispuso que el Programa sería materializado
mediante la entrega de chequeras de tickets a nombre de los beneficiarios, con el
objeto de que sean canjeados por alimentos, elementos de limpieza y aseo personal,
en aquellos comercios adheridos al Programa, mientras que el artículo 3° estableció
que los tickets deben contener datos identificatorios del beneficiario;
Que asimismo, el artículo 4° facultó al Ministerio de Desarrollo Social para dictar
normas reglamentarias y complementarias y suscribir convenios que tornen posible la
ejecución del Programa, y determinó que tales facultades pueden ser delegadas en la
Subsecretaria de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del mentado Ministerio;
Que el artículo 6° del Anexo del Decreto N° 800/08 estableció la modalidad de
ejecución del Programa, previendo los montos dinerarios de las chequeras de tickets;
Que la Resolución N° 1228/MDSGC/2008 reglamentó los términos del Decreto N°
800/08;
Que por Decreto N° 154/2013, en atención a la necesidad de posibilitar la
implementación de medios electrónicos alternativos que otorgue mayor practicidad en
la entrega de la prestación, se modificaron los artículos 2° y 3° del Decreto N° 800/08,
estableciendo que la materialización del Programa podría llevarse a cabo mediante la
entrega de chequeras de tickets, tarjetas magnéticas o cualquier otro medio
electrónico apto a tales fines;
Que por otro lado, el citado Decreto derogó el artículo 6° del Anexo del Decreto N°
800/08, y en su artículo 4° delegó en el Ministerio de Desarrollo Social la facultad de
establecer el monto de los beneficios a otorgar, como así también las condiciones de
acceso y permanencia en el Programa;
Que atento ello, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución N°
1228/MDSGC/2008 y aprobar una nueva reglamentación del Programa Ticket Social, a
efecto de adecuar sus términos a las modificaciones normativas referidas.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 4° del Decreto N°
154/2013,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución 1228/MDSGC/08.
Artículo 2°.- Apruébase la reglamentación del Programa Ticket Social, la que como
Anexo (IF. N° 3270062-DGTALMDS-2013) forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Delégase en la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario la
facultad de dictar normas reglamentarias y complementarias para la adecuada
aplicación de la reglamentación aprobada en el artículo precedente, de conformidad
con los términos del articulo 4° del Decreto N° 800/08.
Artículo 4°.- Dese al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y
de Administración ambas del Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, archívese.
Stanley
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4207