RESOLUCIÓN 1228 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA "TICKET SOCIAL"

Publicación:

25/08/2008

Sanción:

07/08/2008

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


Visto el Decreto N° 800/GCBA/08 y el Expediente N° 44075/2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del decreto consignado en el Visto se creó en el ámbito de este Ministerio de Desarrollo Social, el programa alimentario denominado "Ticket Social", destinado a asistir a la población de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentra en situación de inseguridad alimentaria;

Que el citado programa tiene por objeto la entrega de chequeras de tickets sociales, para que éstos puedan ser canjeados en determinados comercios por parte de los beneficiarios directamente, por alimentos, artículos de limpieza y de aseo personal;

Que de tal forma el programa de seguridad alimentaria a reglamentar por la presente, facilitará a las familias la administración de los recursos provistos para que lleguen al seno del hogar con mayor efectividad y apuntalen las necesidades que, en particular, mes a mes cada familia requiere cubrir;

Que la actual Ley de Ministerios N° 2506 y modificatorias, establece que compete al Ministerio de Desarrollo Social, diseñar e implementar políticas, planes y programas de promoción y desarrollo social destinados a la población en situación de vulnerabilidad social;

Que asimismo, el Decreto N° 2.075/07, puso en cabeza de la Subsecretaria de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Social la responsabilidad de diseñar, coordinar y monitorear las políticas sociales inclusivas e integrales, a través de programas que den respuesta a las problemáticas alimentarias, de insuficiencia de ingreso familiar, tendientes a garantizar el fortalecimiento de los hogares y el desarrollo socio-económico de los sectores más vulnerables de la población;

Que además el artículo 4° del aludido Decreto N° 800/08 ha facultado a este Ministerio de Desarrollo Social a dictar las normas reglamentarias y complementarias que correspondan, así como a suscribir todos los instrumentos y convenios que posibiliten la concreción del presente programa, posibilitando asimismo la subdelegación de facultades en el titular de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Social dependiente de esta jurisdicción;

Que la emisión y distribución de los tickets sociales se formalizará de conformidad al convenio que se suscribirá al efecto con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, así como, vía este ministerio de forma que oportunamente se dispondrá.

Que la Subsecretaría antes mencionada, así como la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Desarrollo Social han tomado la intervención que les compete.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo normado por el artículo 4° del Decreto N° 800/GCBA/08.

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación del programa social de seguridad alimentaria "Ticket Social", la que como Anexo I forma parte integrante de esta resolución.-

Artículo 2°.- La presente entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y a la Dirección General de Ciudadanía Porteña. Cumplido, archívese.

El anexo de la presente Resolución puede consultarse en el Boletín Oficial N° 2.999 del día 25 de agosto de 2008.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Art. 1 de la Res. 889-MDSGC-13, deja sin efecto la Res. 1228-MDSGC-08.
REGLAMENTA
Res. 1228-08 reglamenta el Programa Social de Seguridad Alimentaria Ticket Social aprobado por Dto. 800-08