RESOLUCIÓN 1245 2015 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

 APRUEBA EL DISEÑO CURRICULAR JURISDICCIONAL PARA LA FORMACIÓN DOCENTE DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN ESPECIAL CON ORIENTACIÓN EN DISCAPACIDAD INTELECTUAL - QUE DEBERÁ IMPLEMENTARSE EN LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE - TÍTULO - PROFESOR  - DURACIÓN - CARGA HORARIA - REQUISITOS - ALCANCES - CICLO LECTIVO 2015 - GESTIÓN ESTATAL - PRIVADA 

Publicación:

26/06/2015

Sanción:

06/03/2015

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

la Ley Nacional de Educación N° 26.206, el Decreto Nacional N° 144/08, la Resolución

Nacional del Ministerio de Educación N° 1588/12, el Expediente Electrónico N°

14.406.585/MGEYADGPLINED/14, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación del Diseño Curricular

Jurisdiccional para la Formación Docente del Profesorado de Educación Especial con

orientación en Discapacidad Intelectual, a los efectos de su implementación en los

Institutos Superiores de Formación Docente de Gestión Estatal y de Gestión Privada

dependientes de las Direcciones Generales de Educación Superior y de Educación de

Gestión Privada, en el ámbito del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires indica en su artículo 23

que la Ciudad "establece los lineamientos curriculares para cada uno de los niveles

educativos" y en su artículo 24 que "se responsabiliza por la formación y

perfeccionamiento de los docentes para asegurar su idoneidad y garantizar su

jerarquización profesional";

Que la presente propuesta está encuadrada por los lineamientos de la política nacional

para la formación docente, por la Ley Nacional de Educación N° 26.206 y por las

Resoluciones CFE Nros. 24/07, 30/07, 74/08 y su modificatoria 183/12 y 83/09;

Que mediante la Resolución CFE N° 24/07 se aprobó el documento con los

"Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial"

estableciéndose en el Apartado II -Niveles de Concreción del Currículo, punto 20.1-

que "se espera que cada jurisdicción pueda elaborar los diseños curriculares

pertinentes y culturalmente relevantes para su oferta educativa, a partir de los

Lineamientos Nacionales y considerando un margen de flexibilidad para el desarrollo

de propuestas y acciones de definición institucional local";

Que la Resolución Nacional ME N° 1588/12 aprueba los requisitos y procedimientos

para la tramitación de las solicitudes de validez nacional de títulos y certificaciones

correspondientes a estudios presenciales de formación docente en el marco del

Decreto Nacional N° 144/08 que regula la validez nacional de títulos y certificaciones

del sistema educativo;

Que el diseño curricular es el resultado de una tarea consensuada y articulada por la

Gerencia Operativa de Currículum dependiente de la Dirección General de

Planeamiento e Innovación Educativa, la Dirección de Formación Docente

dependiente de la Dirección General de Educación Superior y la Dirección General de

Educación de Gestión Privada de este Ministerio;

Que la política educativa participativa que anima a este Ministerio promovió una

metodología para el desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional que consistió en

constituir mesas de trabajo cooperativas donde participaron y realizaron acuerdos los

representantes de las Direcciones ministeriales y de los establecimientos de

Formación Docente de gestión estatal y privada;

Que el Diseño Curricular Jurisdiccional constituye un marco de referencia para

garantizar niveles de formación equivalentes entre las diferentes ofertas formativas de

la jurisdicción;

Que en virtud de la política nacional y del Gobierno de esta Ciudad y de la reconocida

trayectoria de los establecimientos de Formación Docente de esta jurisdicción, el

presente Diseño Curricular Jurisdiccional se constituye como marco y base para el

desarrollo de los Planes Curriculares Institucionales que deben manifestar a la vez la

integración de contenidos comunes para garantizar la identidad jurisdiccional, la

calidad y la equidad educativas y, simultáneamente, la variedad de propuestas

específicas a partir de la identidad de las instituciones;

Que la nómina de establecimientos y cohortes que implementarán el Diseño Curricular

Jurisdiccional del Profesorado de Educación Especial con orientación en Discapacidad

Intelectual fue evaluada y propuesta por las Direcciones Generales de Educación

Superior, con la participación de las Direcciones de Formación Docente y de

Educación de Gestión Privada;

Que conforme lo estipulado en la Resolución Nacional ME N° 1588/12 debe darse

intervención a la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios, y por su

intermedio al Instituto Nacional de Formación Docente (INFD) para el otorgamiento de

la validez nacional al título de Profesor/a de Educación Especial con orientación en

Discapacidad Intelectual;

Que ha tomado la correspondiente intervención la Dirección General de Planeamiento

e Innovación Educativa;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Diseño Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente

del Profesorado de Educación Especial con orientación en Discapacidad Intelectual,

que deberá implementarse en los Institutos Superiores de Formación Docente

dependientes de la Dirección de Formación Docente perteneciente a la Dirección

General de Educación Superior, y en los Institutos de Formación Docente

supervisados por la Dirección General de Educación de Gestión Privada del Ministerio

de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, como

ANEXO I (IF-2014-14587305-DGPLINED), forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Establécese que el Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado en el artículo

1 de la presente Resolución se implementará a partir del ciclo lectivo del año 2015 en

los Institutos Superiores de Formación Docente de Gestión Estatal y de Gestión

Privada citados precedentemente, cuya nómina y cohortes involucradas se detallan en

los ANEXOS II y III (IF-2014-14587305-DGPLINED) respectivamente, que a todos sus

efectos forman parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Encomiéndase a la Dirección de Formación Docente dependiente de la

Dirección General de Educación Superior, y a las Direcciones Generales de Educación

de Gestión Privada y de Planeamiento e Innovación Educativa de este Ministerio, el

seguimiento y la evaluación de la aplicación del Diseño Curricular Jurisdiccional

aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Dése cumplimiento con el procedimiento de tramitación de las solicitudes

para la validez nacional de títulos y certificaciones correspondientes a estudios

presenciales de formación docente dispuesto por la Resolución Nacional ME N°

1588/12.

Artículo 5.- Establécese que la Dirección General de Planeamiento e Innovación

Educativa iniciará el trámite de validez nacional conforme los requerimientos de la

Resolución Nacional ME N° 1588/12.

Artículo 6.- Establécese que los Institutos de Formación Docente, incluidos en los

ANEXOS II y III (IF-2014-14587305-DGPLINED) de esta norma, enmarcados por los

niveles de concreción curricular planteados en los "Lineamientos Curriculares

Nacionales para la Formación Docente Inicial" aprobados por la Resolución CFE N°

24/07, y ajustándose al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por el artículo 1 de

la presente Resolución, deberán tramitar la aprobación ante este Ministerio de los

Planes Curriculares Institucionales conforme la normativa jurisdiccional vigente que a

esos efectos conllevará la validez nacional de los títulos que emitan.

Artículo 7.- Establécese que la aprobación dispuesta por el artículo 1 no implicará una

modificación en el régimen de aporte gubernamental a los establecimientos

supervisados por la Dirección General de Educación de Gestión Privada.

Artículo 8.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense

las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Gestión Educativa y

Coordinación Pedagógica, a las Direcciones Generales de Educación Superior, de

Educación de Gestión Privada, de Planeamiento e Innovación Educativa, de

Administración de Recursos, de Personal Docente y no Docente y de Carrera Docente

y a las Gerencias Operativas de Currículum, de Recursos Humanos Docentes, de

Títulos y Legalizaciones y de Clasificación y Disciplina Docente. Cumplido, archívese.

Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4667

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 3° de la Resolución 744/MEDGC/26 aprueba el Diseño Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente del Profesorado de Educación Especial con orientación en Discapacidad Intelectual, aprobado por la Resolución 1245/MEGC/15.</p>