RESOLUCIÓN 398 2015 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
ESTABLECE - ÁREAS DEL PODER EJECUTIVO QUE COMENZARÁN A UTILIZAR EL MÓDULO REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO - RLM - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Publicación:
17/07/2015
Sanción:
16/07/2015
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 589/09 y 350/14, la Resolución N°
130/SECLyT/14 y el Expediente Electrónico N° 19.302.264/MGEYA-SSGPM/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de
modernización administrativa;
Que la citada Ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno
Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación";
Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el
objetivo de la Ley es "Agilizar la gestión de la administración pública... garantizando la
autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la
administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la
firma digital";
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -
SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley antes mencionada también fijó como uno de los objetivos el de "Registro
electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de
solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros
medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y
actuaciones";
Que la Ley N° 3.304 también enuncia, entre las actividades a desarrollar: "Archivo
Electrónico: reemplazar el archivo en soporte papel por archivos electrónicos,
otorgándole valor jurídico y probatorio a la documentación existente y a la que se
incorpore a los archivos de la ciudad, mediante la utilización de tecnología que
garantice la estabilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad del soporte de
guarda físico de la mencionada documentación";
Que, en esa inteligencia, mediante Decreto N° 350/14 se implementó el módulo
"Registro Legajo Multipropósito" (RLM), del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE), como único medio de administración de los registros del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que permite cargar y actualizar
la información contenida en un registro, de manera electrónica logrando así una mejor
gestión de la información, haciéndola más accesible para su control;
Que en esta instancia del proceso de implementación del módulo indicado,
corresponde establecer fechas y organismos que deberán comenzar a utilizarlo;
Que, a fin de que los registros puedan continuar su tramitación en formato digital, los
organismos a cargo de los registros indicados deberán digitalizar los archivos papel a
fin de incorporarlos progresivamente al módulo RLM del SADE;
Que, el Decreto N° 350/14 antes citado instruyó a la Secretaría Legal y Técnica para
que determine los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM
del SADE;
Que la Resolución N° 130/SECLyT/14 aprobó el "Reglamento para la Gestión de
Actuaciones Administrativas", que, en su Anexo III, describe el procedimiento para la
digitalización de documentos;
Que la digitalización indicada debe llevarse adelante respetando los lineamientos
establecidos por la Secretaría Legal y Técnica en la Resolución indicada;
Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal que establezca las
fechas y los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM del
SADE.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 350/14,
Artículo 1°.- Establécese que a partir del 17 de julio del corriente las siguientes áreas
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán
comenzar a utilizar el módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la administración de los
registros que a continuación se detallan:
-El Ministerio de Ambiente y Espacio Público para el Registro Municipal de
Profesionales Veterinarios, creado por la Ordenanza N° 41.831; de inventario de los
bienes incautados en la vía pública en el depósito de Av. Montes de Oca N° 2000; y de
actas de fiscalización, de comprobación, de secuestro, de intimación, de constatación
y de constatación para la baja.
-El Ministerio de Desarrollo Social para los Registros de pagarés; de fallecimientos, de
firmas de residentes que depositan dinero en la Caja de Valores, de Entidades
Proveedoras de Capacitación del Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo,
de odontología, de actualización de datos de residentes y residencias, y de actas de
registro del Programa de Asistencia al Maltrato Infantil.
-La Dirección General de Infraestructura Social, dependiente de la Subsecretaría de
Administración del Ministerio de Desarrollo Social para el Registro Único del Programa
Gestión Asociada, creado la Resolución N° 1.601/MDSGC/08.
-El Ministerio de Educación para el Registro Público de Investigadores/as y/o Equipos
de Investigación científico tecnológica creado por la Ley N° 2.511.
-El Ministerio de Desarrollo Urbano para el Registro de actuaciones.
-La Dirección General Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias
del Ministerio de Justicia y Seguridad para el Registro de Constancias de Cursos
"Choferes y Acompañantes Transporte Escolar" de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
-El Ministerio de Salud para el Registro de rechazos de internación de pacientes de los
servicios de urgencia en los hospitales, creado por Ordenanza N° 44.519.
Artículo 2°.- Establécese que las dependencias a cargo de los registros indicados en el
artículo 1° de la presente deberán digitalizar progresivamente los archivos papel
correspondientes a los mencionados registros, teniendo en cuenta los lineamientos
establecidos en la Resolución N° 130/SECLyT/14, a fin de incorporarlos
progresivamente al módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos -SADE-.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones
con rango equivalente, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de la Secretaría Legal y
Técnica. Cumplido, archívese. Clusellas