RESOLUCIÓN 398 2015 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

ESTABLECE - ÁREAS DEL PODER EJECUTIVO QUE COMENZARÁN A UTILIZAR EL MÓDULO REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO ­- RLM - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA 

Publicación:

17/07/2015

Sanción:

16/07/2015

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3.304, los Decretos Nros. 589/09 y 350/14, la Resolución N°

130/SECLyT/14 y el Expediente Electrónico N° 19.302.264/MGEYA-SSGPM/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que la citada Ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno

Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación";

Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el

objetivo de la Ley es "Agilizar la gestión de la administración pública... garantizando la

autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la

administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la

firma digital";

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el

Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -

SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de

movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley antes mencionada también fijó como uno de los objetivos el de "Registro

electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de

solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros

medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y

actuaciones";

Que la Ley N° 3.304 también enuncia, entre las actividades a desarrollar: "Archivo

Electrónico: reemplazar el archivo en soporte papel por archivos electrónicos,

otorgándole valor jurídico y probatorio a la documentación existente y a la que se

incorpore a los archivos de la ciudad, mediante la utilización de tecnología que

garantice la estabilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad del soporte de

guarda físico de la mencionada documentación";

Que, en esa inteligencia, mediante Decreto N° 350/14 se implementó el módulo

"Registro Legajo Multipropósito" (RLM), del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos (SADE), como único medio de administración de los registros del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que permite cargar y actualizar

la información contenida en un registro, de manera electrónica logrando así una mejor

gestión de la información, haciéndola más accesible para su control;

Que en esta instancia del proceso de implementación del módulo indicado,

corresponde establecer fechas y organismos que deberán comenzar a utilizarlo;

Que, a fin de que los registros puedan continuar su tramitación en formato digital, los

organismos a cargo de los registros indicados deberán digitalizar los archivos papel a

fin de incorporarlos progresivamente al módulo RLM del SADE;

Que, el Decreto N° 350/14 antes citado instruyó a la Secretaría Legal y Técnica para

que determine los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM

del SADE;

Que la Resolución N° 130/SECLyT/14 aprobó el "Reglamento para la Gestión de

Actuaciones Administrativas", que, en su Anexo III, describe el procedimiento para la

digitalización de documentos;

Que la digitalización indicada debe llevarse adelante respetando los lineamientos

establecidos por la Secretaría Legal y Técnica en la Resolución indicada;

Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal que establezca las

fechas y los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM del

SADE.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 350/14,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 17 de julio del corriente las siguientes áreas

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán

comenzar a utilizar el módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la administración de los

registros que a continuación se detallan:

-El Ministerio de Ambiente y Espacio Público para el Registro Municipal de

Profesionales Veterinarios, creado por la Ordenanza N° 41.831; de inventario de los

bienes incautados en la vía pública en el depósito de Av. Montes de Oca N° 2000; y de

actas de fiscalización, de comprobación, de secuestro, de intimación, de constatación

y de constatación para la baja.

-El Ministerio de Desarrollo Social para los Registros de pagarés; de fallecimientos, de

firmas de residentes que depositan dinero en la Caja de Valores, de Entidades

Proveedoras de Capacitación del Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo,

de odontología, de actualización de datos de residentes y residencias, y de actas de

registro del Programa de Asistencia al Maltrato Infantil.

-La Dirección General de Infraestructura Social, dependiente de la Subsecretaría de

Administración del Ministerio de Desarrollo Social para el Registro Único del Programa

Gestión Asociada, creado la Resolución N° 1.601/MDSGC/08.

-El Ministerio de Educación para el Registro Público de Investigadores/as y/o Equipos

de Investigación científico tecnológica creado por la Ley N° 2.511.

-El Ministerio de Desarrollo Urbano para el Registro de actuaciones.

-La Dirección General Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias

del Ministerio de Justicia y Seguridad para el Registro de Constancias de Cursos

"Choferes y Acompañantes Transporte Escolar" de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

-El Ministerio de Salud para el Registro de rechazos de internación de pacientes de los

servicios de urgencia en los hospitales, creado por Ordenanza N° 44.519.

Artículo 2°.- Establécese que las dependencias a cargo de los registros indicados en el

artículo 1° de la presente deberán digitalizar progresivamente los archivos papel

correspondientes a los mencionados registros, teniendo en cuenta los lineamientos

establecidos en la Resolución N° 130/SECLyT/14, a fin de incorporarlos

progresivamente al módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE-.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones

con rango equivalente, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la

Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de la Secretaría Legal y

Técnica. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la Resolución 398-SECLYT-15, establece fecha en que diversas áreas del GCBA deberán comenzar a usar el Registro Legajo Multipropósito, de acuerdo a lo establecido en el art 1 del Decreto 350-15.</p>