DECRETO 196 1998
Síntesis:
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE - RATIFICA CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Publicación:
18/03/1998
Sanción:
23/02/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 214-95 y el Expediente N° 24.947-97, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 214-95 se instruye a los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo y Organismos dependientes a abstenerse de celebrar convenios ad referéndum del señor Intendente Municipal, salvo autorización expresa en contrario;
Que por la referida actuación, se solicita la ratificación del contrato de Locación de Servicios suscripto por el inmediato anterior señor Secretario de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente, con el señor Ingeniero Civil José A. Zaldua Esnaola, para desempeñarse en tareas de inspección de estructuras, informes y cálculos estructurales en la Dirección General de Proyectos y Gestión Urbana, apoyo profesional necesario y adecuado, como contribuyente al normal desarrollo de los proyectos insertos en el programa sobre recuperación de espacios y edificios significativos de esta Ciudad, a cargo de la citada Repartición;
Que surge la necesidad de exceptuar dicho contrato de lo establecido en la norma precitada por tener el mismo principio de ejecución;
Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
Artículo 1° - Ratifícase el contrato de Locación de Servicios suscripto por el señor ex Secretario de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente, arquitecto Enrique C. Fazio, con el señor ingeniero Civil José A. Zaldua Esnaola, D.N.I. número 13.103.193, para desempeñarse en la Dirección General de Proyectos y Gestión Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, de la Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente, por el período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y el 31 de diciembre de 1997, por un monto mensual de pesos un mil quinientos ($ 1.500.-).
Art. 2° - Exceptúase de los alcances del Decreto N° 214-95 a la presente contratación.
Art. 3° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría General a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente al contrato de Locación de Servicios mencionado en el Art. 1° del presente Decreto.
Art. 4° - A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse la certificación de servicios correspondientes y la constancia de CUIT y comprobante de pago del último aporte previsional vencido.
Art. 5° - El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto en vigor.
Art. 6° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y de Hacienda y Finanzas.
Art. 7° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Contaduría General y de Tesorería, a la Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente, a la Dirección General de Proyectos y Gestión Urbana y comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria. Cumplido, archívese.