RESOLUCIÓN 624 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

APRUEBA AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL ELECTORAL - ELECCIONES - COMICIOS - SEGUNDA VUELTA ELECTORAL - 19-7-2015 - SORTEO - PARTIDOS POLÍTICOS

Publicación:

21/07/2015

Sanción:

10/07/2015

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes N° 268, N° 4013 y 4516, el Decreto N° 530/14, el Expediente Electrónico N°

4848892/DGELEC/15, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 96° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone

que el Jefe/a de Gobierno y un Vicejefe o Vicejefa son elegidos en forma directa y

conjunta por fórmula completa y mayoría absoluta, tomando a la Ciudad como distrito

único, estableciendo que si en la primera elección ninguna fórmula obtuviera mayoría

absoluta de los votos emitidos, con exclusión de los votos en blanco y nulos, se

convoca al comicio definitivo, del que participarán las dos fórmulas más votadas,

dentro de los treinta días de efectuada la primera votación;

Que el Decreto N° 530/14 fijó como fecha de la segunda vuelta electoral el día 19 de

julio de 2015;

Que la Ley N° 268 establece en su artículo 6° que el Gobierno de la Ciudad debe

ofrecer a los partidos, confederaciones y alianzas que se presenten a la elección

espacios de publicidad en las pantallas de la vía pública que estén a su disposición los

que se distribuirán respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación;

Que el Tribunal Superior de Justicia dio comienzo al proceso del escrutinio definitivo el

día miércoles 8 de Julio de 2015;

Que el Tribunal Superior de Justicia convocó a las agrupaciones políticas, que

participaron en las elecciones del 5 de julio, a la audiencia del 10 de julio a las 16:00

para comunicar el resultado del escrutinio definitivo;

Que mediante Expte N° 11679/2014 que tramita ante el Tribunal Superior de Justicia

"Elecciones año 2015 s/ Electoral-otros" el día 7 de julio de 2015 el apoderado de la

Alianza Unión Pro manifiesta que acepta participar con su fórmula en la segunda

vuelta electoral (fs. 2749) y adjunta la conformidad de sus candidatos a Jefe y Vice

Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta y Diego César Santilli (2748). Por su

parte, Martin Lousteau y Fernando Sánchez, en su carácter de candidatos a Jefe y

Vice Jefe de Gobierno, por la alianza ECO Energía Ciudadana Organizada, se

presentan a fin de comunicar la decisión de participar en el "comicio definitivo o

segunda vuelta convocada para el próximo 19 de julio"; a su vez, los apoderados de la

alianza ECO ratifican la decisión (fs. 2750/2751);

Que habida cuenta de que la segunda vuelta electoral está convocada para el 19 de

julio y que el Tribunal Superior de Justicia ha concluido con el escrutinio definitivo, la

exigüidad de los plazos, hace necesario proceder a fijar fecha para el sorteo de los

espacios de publicidad en la vía pública;

Que la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público dependiente del

Ministerio de Ambiente y Espacio Público ha informado los listados de espacios

disponibles en la vía pública;

Que teniendo en cuenta lo dicho, la Dirección General Electoral, ha elaborado el

Informe Técnico pertinente, por el cual se distribuyen los referidos espacios, con

aplicación del criterio de equidad en cuanto a su ubicación y cantidad, en un número

de grupos equivalentes al número de alianzas que han de participar en la segunda

vuelta electoral;

Que a los fines de la asignación de los dos (2) grupos de espacios de publicidad en la

vía pública a las alianzas ECO y Unión PRO resulta conveniente la realización de un

sorteo ante un Escribano Público del Gobierno de la Ciudad;

Que por aplicación de los principios de transparencia y acceso a la información

pública, rectores de la actividad estatal, la Dirección General Electoral, procederá a la

difusión de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública, con identificación

del número, cantidad, tipo, ubicación de los mismos y la metodología utilizada en el

sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébense los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública

realizados por la Dirección General Electoral de acuerdo a la ubicación y distribución

geográfica que como Anexo IF-2015-19080830-DGELEC forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2.- Instrúyase a la Dirección General Electoral para que proceda a realizar el

sorteo de asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública,

debiendo, en primer lugar, determinar el orden de las dos (2) alianzas participantes por

el número de la lista de candidatos por el cual han sido oficializadas para la segunda

vuelta electoral prevista para el día 19 de julio de 2015. Posteriormente deberá

procederse a la extracción de las bolillas que corresponden a cada uno de los grupos

de publicidad y se asignarán secuencialmente a las dos (2) listas oficializadas de

acuerdo al orden predeterminado. Finalmente se asentará todo ello en el acta notarial

respectiva.

Artículo 3.- El sorteo mencionado en el artículo precedente se realizará ante Escribano

Público de la Ciudad de Buenos Aires en la sede de la Dirección General Electoral sita

en la calle Chacabuco N° 132, 1er piso, a las 14 horas del día 13 de Julio de 2015.

Artículo 4.- Instrúyase a la Dirección General Electoral para que, una vez realizado el

sorteo, proceda a publicar en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad los

paquetes de publicidad en la vía pública asignados, con identificación del número,

cantidad, tipo, ubicación de los mismo y la metodología utilizada.

Artículo 5.- Instrúyase a la Dirección General Electoral a fin que proceda a notificar a

las alianzas participantes el número de grupo de espacios de publicidad que le ha

resultado asignado con identificación pormenorizada del número, tipo y ubicación.

Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a la Dirección General de Ordenamiento

del Espacio Público dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la

Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General

Electoral a los fines de la notificación a las alianzas y demás efectos. Cumplido,

archívese. Montenegro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4683

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la Resolución 624-MJYS-15 aprueba los agrupamientos de espacios de publicidad, en el marco del proceso electoral iniciado con el Decreto 530-14.</p><p>Arts. 2, 4 y 5 establecen instrucciones para la Dirección General Electoral.</p>