RESOLUCIÓN 1 2015 SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA

Síntesis:

FIJA TOPE DE AFECTACIÓN - HABER MENSUAL - DESCUENTO POR RECIBO DE HABERES - RECUPERO DE LAS CUOTAS - CRÉDITOS OTORGADOS - BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - AGENTES DE LA POLICÍA METROPOLITANA - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA POLICÍA METROPOLITAN - SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA

Publicación:

24/07/2015

Sanción:

21/07/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA


VISTO:

Las Leyes N° 2.894, N° 2.947 y N° 4.013, los Decretos N° 660/11, N° 165/14 y N°

138/15, y el Expediente N° 2014-17022776 -MGEYA-DGALPM, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 4.013 se establecieron los Ministerios con sus competencias;

Que, en otro aspecto, la Ley N° 2.894 estableció las bases jurídicas e institucionales

del Sistema de Seguridad Pública creando la Policía Metropolitana;

Que la Ley N° 2.947, determina las bases jurídicas e institucionales que regirán la

relación de empleo del personal de la Policía Metropolitana;

Que de conformidad con los términos de los Decretos N° 660/11 y N° 165/14,

corresponde a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del

Ministerio de Modernización, entender en la sistematización y operación de los

procesos de administración de los recursos humanos y las liquidaciones de salarios

para el escalafón general, el estatuto docente y la carrera de profesionales de la salud,

así como implementar las políticas salariales para el personal del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante el Artículo 1 del Decreto N° 138/15 se autorizó el descuento por recibo

de haberes, previa conformidad expresa del deudor, para el recupero de las cuotas de

los distintos créditos otorgados por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a los

agentes de la Policía Metropolitana;

Que, por otra parte, mediante el Artículo 2 del mencionado Decreto, se dispuso que la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de

Modernización y la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana, en

conjunto, establecerán el procedimiento y dictarán las normas operativas y

complementarias necesarias a los fines de la implementación de lo establecido por el

citado artículo 1;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LOS SUBSECRETARIOS

DE ADMINISTRACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA

Y DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVEN

Artículo 1.- Fíjase en el cuarenta por ciento (40%) el tope de afectación del haber

mensual, para el descuento por recibo de haberes, para el recupero de las cuotas de

los distintos créditos otorgados por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a los

agentes de la Policía Metropolitana, de conformidad con lo previsto por el Artículo 1

del Decreto N° 138/15.

Artículo 2.- Déjase establecido que los descuentos previstos en el Artículo precedente

serán implementados a través del sistema SIAL, facultándose a la Dirección General

de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana a establecer e

implementar los procedimientos que posibiliten la carga de los datos que resulten

necesarios.

Artículo 3.- Déjase establecido que el tope de afectación dispuesto por el Artículo 1 de

la presente se calculará sobre el haber neto mensual a percibir descontadas las

retenciones impuestas por las normas vigentes en el ámbito de este Gobierno, y

cualquier otra deducción que sea efectuada a través de la liquidación de haberes, sin

poderse ver afectada la percepción de un mínimo equivalente al importe mensual del

salario mínimo vital y móvil.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la

Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. Legorburu - Greco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-SSAPM-15, fija en el cuarenta por ciento el tope de afectación del haber mensual, para el descuento por recibo de haberes, para el recupero de las cuotas de los créditos otorgado por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a los agentes de la Policía Metropolitana, de conformidad con lo previsto por el artículo 1 del Decreto 13815. </p>