RESOLUCIÓN 558 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
ASIGNACIÓN DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE VICTORIA OCAMPO - ENTRE AV. EDUARDO MADERO Y AV. ALICIA MOREAU DE JUSTO - -PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO - PRORROGA LA RESOLUCIÓN 250-SSTRANS-15
Publicación:
31/07/2015
Sanción:
24/07/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Resolución N° 250/SSTRANS/2015; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 250/SSTRANS/2015 se excluyó, con carácter experimental y
por el término de 90 días, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M.
8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, a la calle
Victoria Ocampo, entre la Av. Eduardo Madero y la Av. Alicia Moreau de Justo, así
como también, se prohibió el estacionamiento junto al cordón de ambas aceras, por
idéntico plazo, en el tramo de arteria aludido;
Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el
considerando precedente, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad
vial, lo cual aconseja disponer la pertinente prórroga;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 ,
Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°
250/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires se expida sobre la misma, relativa a la asignación de doble sentido de
circulación, a la calle Victoria Ocampo, entre la Av. Eduardo Madero y la Av. Alicia
Moreau de Justo, así como también, a la prohibición de estacionamiento junto al
cordón de ambas aceras, por idéntico plazo, en el tramo de arteria aludido.
Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección
General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la
Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y
de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich