RESOLUCIÓN 558 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

ASIGNACIÓN DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE VICTORIA OCAMPO -  ENTRE   AV. EDUARDO MADERO Y   AV. ALICIA MOREAU DE JUSTO - -PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO -  PRORROGA LA RESOLUCIÓN 250-SSTRANS-15

Publicación:

31/07/2015

Sanción:

24/07/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

La Resolución N° 250/SSTRANS/2015; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 250/SSTRANS/2015 se excluyó, con carácter experimental y

por el término de 90 días, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M.

8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, a la calle

Victoria Ocampo, entre la Av. Eduardo Madero y la Av. Alicia Moreau de Justo, así

como también, se prohibió el estacionamiento junto al cordón de ambas aceras, por

idéntico plazo, en el tramo de arteria aludido;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el

considerando precedente, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad

vial, lo cual aconseja disponer la pertinente prórroga;

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 ,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUEVE

Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°

250/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires se expida sobre la misma, relativa a la asignación de doble sentido de

circulación, a la calle Victoria Ocampo, entre la Av. Eduardo Madero y la Av. Alicia

Moreau de Justo, así como también, a la prohibición de estacionamiento junto al

cordón de ambas aceras, por idéntico plazo, en el tramo de arteria aludido.

Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del

artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos

Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la

Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del

Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y

de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 558-SSTRANS-15, prorroga por el término de noventa 90 días corridos la Resolución 250-SSTRANS-15.</p>