RESOLUCIÓN 45 2015 SUBJEFATURA DE LA POLICÍA METROPOLITANA
Síntesis:
APRUEBA - PROTOCOLO SOBRE PROCEDIMIENTO DE PUBLICACIÓN ACTUALIZACIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DE UBICACIÓN DE VIDEOCÁMARAS - CARTEL INDICATIVO SOBRE LA EXISTENCIA DE CÁMARAS DE VIDEO VIGILANCIA PRIVADAS - PROTOCOLO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE CÁMARAS DE VIDEO VIGILANCIA PRIVADAS - POLICÍA METROPOLITANA
Publicación:
11/08/2015
Sanción:
15/07/2015
Organismo:
SUBJEFATURA DE LA POLICÍA METROPOLITANA
VISTO:
Las Leyes Nro. 2.894, 2602 y 3998, el Decreto N° 300/14, la Resolución N°
156/PMCABA/12, EX 2015-5952046-MGEYA-SICYST, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nro. 2.894, establece en su artículo 35 inciso a) que el Jefe de Policía,
debe: "Conducir orgánica y funcionalmente la Fuerza, siendo su responsabilidad la
organización, prestación y supervisión de los servicios policiales de la Ciudad, en el
marco de la Constitución, de la presente Ley y de las restantes normas aplicables", y
por su parte, su inciso b) prescribe que el Jefe de la Policía Metropolitana está
facultado para: "Dictar resoluciones, impartir directivas y órdenes generales o
particulares necesarias para el cumplimiento de su misión";
Que, por su parte, el art. 36 del mismo precepto legal, establece: "Corresponde al/la
Subjefe/a de Policía acompañar al Jefe/a en sus funciones y cumplimentar todas
aquellas que le sean delegadas.";
Que, la Ley N° 2602 - modificada por la Ley N° 3998 - reguló dentro del ámbito de la
Ciudad de Buenos Aires, la utilización por parte del Poder Ejecutivo de videocámaras
para grabar imágenes en lugares públicos y su tratamiento, disponiendo en su artículo
14 inc. a) el deber de informar mediante un cartel indicativo, claro y permanente, sobre
la existencia de videocámaras e inc. c) la obligación de la autoridad de aplicación de
publicar en la página web del gobierno de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires, los
puntos en los cuales se instalen las mismas;
Que, asimismo, la Ley N° 3998 incorporó mediante el art 18 bis, la exigencia, para los
titulares de establecimientos privados que posean cámaras de video vigilancia tipo
domo o de tecnología similar que capten imágenes exclusivamente del espacio
público, de proceder a inscribirse en un registro creado a tal efecto por la autoridad de
aplicación;
Que, por Resolución N° 156/PMCABA/12, se creó en el ámbito del Centro de
Monitoreo Urbano, dependiente de la Superintendencia de Comunicaciones y
Servicios Técnicos, el "Registro de Cámaras de Video Vigilancia Privadas" y la "Base
de Datos de Cámaras de Video Vigilancia Privadas";
Que, por su parte, el Decreto N° 300/14 reglamentó los artículos 14 incs. a) y c) y 18
bis de la Ley ut supra mencionada, estableciendo que la autoridad de aplicación
deberá determinar tanto el diseño y dimensiones del cartel indicativo que exprese la
existencia de una videocámara en establecimientos privados, como la modalidad y
procedimiento mediante el cual se lleve a cabo la publicación y actualización en el sitio
Web del Gobierno de la Ciudad, de los puntos en los cuales se instalen videocámaras,
previendo el acceso a esa información por los interesados. Asimismo, se previó el
deber de la autoridad de aplicación de establecer el mecanismo de inscripción de las
mismas al "Registro de Cámaras de Video Vigilancia Privada";
Que, en atención a la normativa enunciada, la Superintendencia de Comunicaciones y
Servicios Técnicos elevó a esta instancia sendos proyectos de "Protocolo sobre
Procedimiento de Publicación, Actualización y Acceso a la Información de Ubicación
de Videocámaras", "Protocolo de Inscripción al Registro de Cámaras de Video
Vigilancia Privadas", y modelo de "Cartel indicativo sobre la existencia de Cámaras de
Video Vigilancia Privadas";
Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente el dictado del pertinente acto
administrativo para su aprobación;
Que, la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, ha
tomado la intervención de su competencia;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1.- Apruébase el "Protocolo sobre Procedimiento de Publicación, Actualización
y Acceso a la Información de Ubicación de Videocámaras", que como Anexo IF-2015-
19344508-SJPMCABA forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Apruébase el "Cartel indicativo sobre la existencia de Cámaras de Video
Vigilancia Privadas", que como Anexo IF-2015-19344638-SJPMCABA forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3.- Apruébase el "Protocolo de Inscripción al Registro de Cámaras de Video
Vigilancia Privadas", que como Anexo IF-2015-19344276-SJPMCABA forma parte
integrante de la presente.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase a la
Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana para su
intervención y demás efectos. Comuníquese al Instituto Superior de Seguridad Pública
y a la Unidad de Auditoría Externa Policial. Gírese a la Dirección de Personal,
debiendo ésta última publicarlo en la Ordenes del Día Internas (O.D.I). Comuníquese.
Cumplido, archívese. Pedace
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4698