RESOLUCIÓN 45 2015 SUBJEFATURA DE LA POLICÍA METROPOLITANA

Síntesis:

APRUEBA - PROTOCOLO SOBRE PROCEDIMIENTO DE PUBLICACIÓN ACTUALIZACIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DE UBICACIÓN DE VIDEOCÁMARAS - CARTEL INDICATIVO SOBRE LA EXISTENCIA DE CÁMARAS DE VIDEO VIGILANCIA PRIVADAS - PROTOCOLO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE CÁMARAS DE VIDEO VIGILANCIA PRIVADAS - POLICÍA METROPOLITANA

Publicación:

11/08/2015

Sanción:

15/07/2015

Organismo:

SUBJEFATURA DE LA POLICÍA METROPOLITANA


VISTO:

Las Leyes Nro. 2.894, 2602 y 3998, el Decreto N° 300/14, la Resolución N°

156/PMCABA/12, EX 2015-5952046-MGEYA-SICYST, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nro. 2.894, establece en su artículo 35 inciso a) que el Jefe de Policía,

debe: "Conducir orgánica y funcionalmente la Fuerza, siendo su responsabilidad la

organización, prestación y supervisión de los servicios policiales de la Ciudad, en el

marco de la Constitución, de la presente Ley y de las restantes normas aplicables", y

por su parte, su inciso b) prescribe que el Jefe de la Policía Metropolitana está

facultado para: "Dictar resoluciones, impartir directivas y órdenes generales o

particulares necesarias para el cumplimiento de su misión";

Que, por su parte, el art. 36 del mismo precepto legal, establece: "Corresponde al/la

Subjefe/a de Policía acompañar al Jefe/a en sus funciones y cumplimentar todas

aquellas que le sean delegadas.";

Que, la Ley N° 2602 - modificada por la Ley N° 3998 - reguló dentro del ámbito de la

Ciudad de Buenos Aires, la utilización por parte del Poder Ejecutivo de videocámaras

para grabar imágenes en lugares públicos y su tratamiento, disponiendo en su artículo

14 inc. a) el deber de informar mediante un cartel indicativo, claro y permanente, sobre

la existencia de videocámaras e inc. c) la obligación de la autoridad de aplicación de

publicar en la página web del gobierno de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires, los

puntos en los cuales se instalen las mismas;

Que, asimismo, la Ley N° 3998 incorporó mediante el art 18 bis, la exigencia, para los

titulares de establecimientos privados que posean cámaras de video vigilancia tipo

domo o de tecnología similar que capten imágenes exclusivamente del espacio

público, de proceder a inscribirse en un registro creado a tal efecto por la autoridad de

aplicación;

Que, por Resolución N° 156/PMCABA/12, se creó en el ámbito del Centro de

Monitoreo Urbano, dependiente de la Superintendencia de Comunicaciones y

Servicios Técnicos, el "Registro de Cámaras de Video Vigilancia Privadas" y la "Base

de Datos de Cámaras de Video Vigilancia Privadas";

Que, por su parte, el Decreto N° 300/14 reglamentó los artículos 14 incs. a) y c) y 18

bis de la Ley ut supra mencionada, estableciendo que la autoridad de aplicación

deberá determinar tanto el diseño y dimensiones del cartel indicativo que exprese la

existencia de una videocámara en establecimientos privados, como la modalidad y

procedimiento mediante el cual se lleve a cabo la publicación y actualización en el sitio

Web del Gobierno de la Ciudad, de los puntos en los cuales se instalen videocámaras,

previendo el acceso a esa información por los interesados. Asimismo, se previó el

deber de la autoridad de aplicación de establecer el mecanismo de inscripción de las

mismas al "Registro de Cámaras de Video Vigilancia Privada";

Que, en atención a la normativa enunciada, la Superintendencia de Comunicaciones y

Servicios Técnicos elevó a esta instancia sendos proyectos de "Protocolo sobre

Procedimiento de Publicación, Actualización y Acceso a la Información de Ubicación

de Videocámaras", "Protocolo de Inscripción al Registro de Cámaras de Video

Vigilancia Privadas", y modelo de "Cartel indicativo sobre la existencia de Cámaras de

Video Vigilancia Privadas";

Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente el dictado del pertinente acto

administrativo para su aprobación;

Que, la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, ha

tomado la intervención de su competencia;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBJEFE DE LA POLICIA METOPOLITANA

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el "Protocolo sobre Procedimiento de Publicación, Actualización

y Acceso a la Información de Ubicación de Videocámaras", que como Anexo IF-2015-

19344508-SJPMCABA forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Apruébase el "Cartel indicativo sobre la existencia de Cámaras de Video

Vigilancia Privadas", que como Anexo IF-2015-19344638-SJPMCABA forma parte

integrante de la presente.

Artículo 3.- Apruébase el "Protocolo de Inscripción al Registro de Cámaras de Video

Vigilancia Privadas", que como Anexo IF-2015-19344276-SJPMCABA forma parte

integrante de la presente.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase a la

Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana para su

intervención y demás efectos. Comuníquese al Instituto Superior de Seguridad Pública

y a la Unidad de Auditoría Externa Policial. Gírese a la Dirección de Personal,

debiendo ésta última publicarlo en la Ordenes del Día Internas (O.D.I). Comuníquese.

Cumplido, archívese. Pedace


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4698

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 45-SJPMCABA-15, aprueba el Protocolo sobre Procedimiento de Publicación, Actualización y Acceso a la Información de Ubicación de Videocámaras, en marco del art. 36 de la Ley 2894. </p><p>Art. 2, aprueba el Cartel indicativo sobre la existencia de Cámaras de Video<br />Vigilancia Privadas.</p><p>Art. 3, aprueba el Protocolo de Inscripción al Registro de Cámaras de Video Vigilancia Privadas.</p>