DECRETO 230 1998

Síntesis:

PRORROGA LA PLANTA DE PERSONAL TRANSITORIO Y DESIGNA A DIVERSOS AGENTES COMO PERSONAL DE PLANTA TRANSITORIA DE LA SECRETARIA DE PROMOCIÓN SOCIAL.

Publicación:

20/03/1998

Sanción:

26/02/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente Nº 87.477-97, y

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nros. 1.469-94 y 153-GCBA-97 se aprobó el Régimen de Personal de Planta Transitoria y la distribución de cargos correspondientes a la dotación de distintas áreas de la Secretaría de Promoción Social;

Que por Decreto Nº 970-GCBA-97 se prorrogó la Planta Transitoria de la Secretaría de Promoción Social hasta el 31 de diciembre de 1997;

Que imperiosas razones de servicio hacen aconsejable disponer la continuidad de la misma por el término de seis (6) meses, a partir del 1º de enero de 1998, y proceder mediante el mismo acto administrativo, a la cobertura de dichos cargos;

Que a tales efectos, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido y en consecuencia, aseguro la normal ejecución de las tareas asignadas al citado Organismo;

Por ello y en uso de las facultados legales que lo son propias, Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

ELJEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA.

Artículo 1º - Prorrógase a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 1998, la Planta de Personal Transitorio de la Secretaría de Promoción Social, consistente en la cantidad total de ciento treinta y tres (133) cargos distribuidos en diecinueve (19) cargos del Grupo “G-01”, cien (100) cargos del Grupo “G-02” y catorce (14) cargos del Grupo “G-03” en las condiciones establecidas por los Decretos Nros. 1.469-94 y 153-GCBA-97.

Art. 2º - Designase a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 1998. a diversos agentes como Personal de la Planta Transitoria de la Secretaría de Promoción Social, en las condiciones establecidas por los Decretos Nros. 1.469-94 y 153-GCBA-97, de acuerdo al detalle que obra como “Anexo” del presente, que está compuesto por dos (2) fojas.

Art. 3º - La Dirección General de Planificación Presupuestarla tomará los recaudos necesarios para la atención de lo dispuesto en el presente.

Art. 4º - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Promoción Social y de Hacienda y Finanzas.

Art. 5º - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
El decreto 230 hace referencia en art. 1° y 2° al decreto 153.
REFERENCIA
Dto 230-98, Arts. 1° y 2° referencia al Dto. 1469-94