RESOLUCIÓN 282 2015 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

ORDENA A ABOGADOS DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA ACORDADA 3-15 - PROCURACIÓN GENERAL - ACORDADA 12-15 - ACORDADA 24-15 - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - LETRADOS - DENUNCIA DE LA IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA JUDICIAL - IEJ - OBLIGACIÓN - INTERVENCIÓN EN LOS PROCESOS JUDICIALES - RESPONSABILIDADES - DIRECTORES GENERALES - USO DE TECNOLOGÍAS ELECTRÓNICAS Y DIGITALES - SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL - LEX 100 - CONSULTA WEB DE CAUSAS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN - SOPORTE ELECTRÓNICO - COPIAS DIGITALES - NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA - EXPEDIENTES JUDICIALES - VIGENCIA DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA

Publicación:

03/09/2015

Sanción:

28/08/2015

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A.

N° 1850) y modificatorias, la Acordada N° 3/2015 de la Corte Suprema de Justicia de

la Nación, y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

estipula que la Procuración General de la Ciudad, dictamina sobre la legalidad de los

actos administrativos, ejerce la defensa de su patrimonio y su patrocinio letrado, como

asimismo representa a la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus

derechos o intereses;

Que la Ley N° 1218 fija las obligaciones, deberes y atribuciones de este Organismo de

la Constitución, así como su organización y funcionamiento;

Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de la ley 26.685 y sucesivas

acordadas reglamentarias, ha procedido a reglamentar distintos aspectos vinculados al

uso de tecnologías electrónicas y digitales, y su gradual implementación en el ámbito

del Poder Judicial de la Nación, a partir de la puesta en marcha del Sistema de

Gestión Judicial, Lex 100;

Que en ese contexto normativo, con fecha 19/02/2015, la Corte Suprema de Justicia

de la Nación, a través de la Acordada N° 3/2015, aprueba pautas ordenatorias de los

nuevos sistemas informáticos que se encuentran en funcionamiento en el ámbito del

Poder Judicial de la Nación;

Que en ese sentido, la Acordada N° 3/2015 establece entre otras cuestiones, que a

partir del primer día hábil del mes de mayo de 2015 la denuncia de la Identificación

Electrónica Judicial (IEJ) será obligatoria para todos los que tomen intervención en los

procesos judiciales, a fin de facultar su gestión en las causas que les correspondan; y

que la aplicación del sistema de notificaciones electrónicas se extenderá a todas las

causas en trámite en el Poder Judicial de la Nación, de modo que ese sistema de

notificación será, a partir de esa fecha, obligatorio y exclusivo;

Que por Acordada N° 12/2015 del 29 de abril de 2015, se modificó la mencionada

Acordada N° 3/2015, postergando el alcance indicado hasta el primer día hábil de

septiembre de 2015, por única vez y con vencimiento indefectible, y con ello la

implementación de las cláusulas previstas por Acordada N° 3/2015 en toda la justicia

Nacional y Federal;

Que asimismo, con fecha 27 de Agosto de 2015, por Acordada N° 24/2015 de la Corte

Suprema de Justicia de la Nación, se dispuso postergar hasta el primer día hábil de

diciembre de 2015 la implementación de las cláusulas previstas por Acordada 3/2015

en toda la justicia Nacional y Federal;

Que en atención a los términos de las mencionadas Acordadas, corresponde dictar el

acto administrativo que ordene dar cumplimiento a las mismas, y encargar a los

Directores Generales la verificación de tal instrucción;

Por ello, en uso de las atribuciones legales que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Ordénese a los abogados de esta Procuración General, que desempeñan

tareas judiciales, dar cumplimiento a lo dispuesto en la Acordada N° 3/2015,

modificada por sus similares N° 12/2015 y N° 24/2015 de la Corte Suprema de Justicia

de la Nación, que como Anexo I (IF 2015-22376010-PG), Anexo II (IF-2015-22376065-

PG) y Anexo III (IF-2015-22376122-PG) forman parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Los letrados de este órgano de la Constitución de la Ciudad, en

consecuencia, deberán denunciar la Identificación Electrónica Judicial (IEJ), siendo

obligatorio para todos los que tomen intervención en los procesos judiciales, a fin de

facultar su gestión en las causas que les correspondan, dando cumplimiento a la

normativa indicada en el Artículo 1°.

Artículo 3°.- Los Directores Generales dependientes de esta Procuración General

serán responsables del cumplimiento de la Acordada N° 3/2015 de la Corte Suprema

de Justicia de la Nación, y sus modificatorias, por parte de los letrados que se

desempeñan en las áreas a su cargo.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y comuníquese a las Procuraciones Generales Adjuntas y Direcciones Generales.

Cumplido, archívese. Conte Grand


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4714

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Resolución 212-PG-16 complementa la Resolución 282-PG-15, a fin de permitir la correcta recepción de las notificaciones electrónicas y su posterior asignación a las áreas pertinentes.</p>