RESOLUCIÓN 282 2015 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
ORDENA A ABOGADOS DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA ACORDADA 3-15 - PROCURACIÓN GENERAL - ACORDADA 12-15 - ACORDADA 24-15 - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - LETRADOS - DENUNCIA DE LA IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA JUDICIAL - IEJ - OBLIGACIÓN - INTERVENCIÓN EN LOS PROCESOS JUDICIALES - RESPONSABILIDADES - DIRECTORES GENERALES - USO DE TECNOLOGÍAS ELECTRÓNICAS Y DIGITALES - SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL - LEX 100 - CONSULTA WEB DE CAUSAS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN - SOPORTE ELECTRÓNICO - COPIAS DIGITALES - NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA - EXPEDIENTES JUDICIALES - VIGENCIA DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA
Publicación:
03/09/2015
Sanción:
28/08/2015
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A.
N° 1850) y modificatorias, la Acordada N° 3/2015 de la Corte Suprema de Justicia de
la Nación, y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
estipula que la Procuración General de la Ciudad, dictamina sobre la legalidad de los
actos administrativos, ejerce la defensa de su patrimonio y su patrocinio letrado, como
asimismo representa a la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus
derechos o intereses;
Que la Ley N° 1218 fija las obligaciones, deberes y atribuciones de este Organismo de
la Constitución, así como su organización y funcionamiento;
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de la ley 26.685 y sucesivas
acordadas reglamentarias, ha procedido a reglamentar distintos aspectos vinculados al
uso de tecnologías electrónicas y digitales, y su gradual implementación en el ámbito
del Poder Judicial de la Nación, a partir de la puesta en marcha del Sistema de
Gestión Judicial, Lex 100;
Que en ese contexto normativo, con fecha 19/02/2015, la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, a través de la Acordada N° 3/2015, aprueba pautas ordenatorias de los
nuevos sistemas informáticos que se encuentran en funcionamiento en el ámbito del
Poder Judicial de la Nación;
Que en ese sentido, la Acordada N° 3/2015 establece entre otras cuestiones, que a
partir del primer día hábil del mes de mayo de 2015 la denuncia de la Identificación
Electrónica Judicial (IEJ) será obligatoria para todos los que tomen intervención en los
procesos judiciales, a fin de facultar su gestión en las causas que les correspondan; y
que la aplicación del sistema de notificaciones electrónicas se extenderá a todas las
causas en trámite en el Poder Judicial de la Nación, de modo que ese sistema de
notificación será, a partir de esa fecha, obligatorio y exclusivo;
Que por Acordada N° 12/2015 del 29 de abril de 2015, se modificó la mencionada
Acordada N° 3/2015, postergando el alcance indicado hasta el primer día hábil de
septiembre de 2015, por única vez y con vencimiento indefectible, y con ello la
implementación de las cláusulas previstas por Acordada N° 3/2015 en toda la justicia
Nacional y Federal;
Que asimismo, con fecha 27 de Agosto de 2015, por Acordada N° 24/2015 de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, se dispuso postergar hasta el primer día hábil de
diciembre de 2015 la implementación de las cláusulas previstas por Acordada 3/2015
en toda la justicia Nacional y Federal;
Que en atención a los términos de las mencionadas Acordadas, corresponde dictar el
acto administrativo que ordene dar cumplimiento a las mismas, y encargar a los
Directores Generales la verificación de tal instrucción;
Por ello, en uso de las atribuciones legales que le son propias,
Artículo 1°.- Ordénese a los abogados de esta Procuración General, que desempeñan
tareas judiciales, dar cumplimiento a lo dispuesto en la Acordada N° 3/2015,
modificada por sus similares N° 12/2015 y N° 24/2015 de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, que como Anexo I (IF 2015-22376010-PG), Anexo II (IF-2015-22376065-
PG) y Anexo III (IF-2015-22376122-PG) forman parte de la presente resolución.
Artículo 2°.- Los letrados de este órgano de la Constitución de la Ciudad, en
consecuencia, deberán denunciar la Identificación Electrónica Judicial (IEJ), siendo
obligatorio para todos los que tomen intervención en los procesos judiciales, a fin de
facultar su gestión en las causas que les correspondan, dando cumplimiento a la
normativa indicada en el Artículo 1°.
Artículo 3°.- Los Directores Generales dependientes de esta Procuración General
serán responsables del cumplimiento de la Acordada N° 3/2015 de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación, y sus modificatorias, por parte de los letrados que se
desempeñan en las áreas a su cargo.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y comuníquese a las Procuraciones Generales Adjuntas y Direcciones Generales.
Cumplido, archívese. Conte Grand
ANEXOS