RESOLUCIÓN 212 2016 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
APRUEBA PAUTAS ORDENATORIAS - NUEVOS SISTEMAS INFORMÁTICOS - CÓDIGO ANEXO I - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PROCURACIÓN GENERAL - SISTEMA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA - IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA JUDICIAL - IEJ - CÉDULAS - OFICIOS - PIEZA PROCESAL - DIRECCIONES GENERALES - DIRECCIÓN - DEPARTAMENTO - REGISTRO DEL JUICIO - ABOGADOS - USUARIO PROCURACIÓN GENERAL CABA - CÓDIGO - PLAZOS CAUSAS JUDICIALES - INCUMPLIMIENTO CONSTITUIRÁ FALTA GRAVE - PODER JUDICIAL NACIÓN - SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL LEX 100 - MÁXIMO TRIBUNAL - DE ASUNTOS TRIBUTARIOS Y RECURSOS FISCALES - DE ASUNTOS PATRIMONIALES - DE RELACIONES CONTRACTUALES - DE EMPLEO PÚBLICO - DE ASUNTOS INSTITUCIONALES - DE ASUNTOS PENALES - DE CONTROL DE MANDATARIO - DE PATROCINIO JURÍDICO GRATUITO - PROCEDIMIENTO
Publicación:
04/07/2016
Sanción:
29/06/2016
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 26.685,
la Ley N° 1.218 (texto consolidado por ley 5.454), la Acordada N° 3/2015 de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación y sus modificatorias, la Resolución N° 282/PG/2015,
y el EE N° 15995538/DGTALPG/2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
estipula que la Procuración General de la Ciudad dictamina sobre la legalidad de los
actos administrativos, ejerce la defensa de su patrimonio y su patrocinio letrado, como
asimismo su representación en todo proceso en que se controviertan sus derechos o
intereses;
Que la Ley N° 1218 (texto consolidado por Ley N° 5.454) fija las obligaciones, deberes
y atribuciones de este Organismo de la Constitución, así como su organización y
funcionamiento;
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de conformidad con lo establecido por
la Ley Nacional N° 26.685, ha procedido a reglamentar distintos aspectos vinculados al
uso de tecnologías electrónicas y digitales y su gradual implementación en el ámbito
del Poder Judicial de la Nación, a partir de la puesta en marcha del Sistema de
Gestión Judicial Lex 100;
Que en dicho contexto normativo ese Máximo Tribunal, mediante Acordada N° 3/2015,
aprueba pautas ordenatorias de los nuevos sistemas informáticos que se encuentran
en funcionamiento en el ámbito del Poder Judicial de la Nación;
Que, en tal sentido, la referida Acordada establece que la denuncia de la Identificación
Electrónica Judicial (IEJ) será obligatoria para todos los que tomen intervención en los
procesos judiciales;
Que asimismo, en su artículo 8° dispone que a los efectos de que las personas
jurídicas y los organismos del Estado puedan visualizar las cédulas recibidas por sus
representantes se les habilitará un perfil de autorizado;
Que por Resolución N° 282/PG/2015 se ordenó a los abogados de esta Procuración
General de la Ciudad Autónoma de Buenos aires, que desempeñan tareas judiciales,
dar cumplimiento a lo dispuesto por la Acordada aludida;
Que en virtud de lo establecido por la mentada Acordada fue solicitada la habilitación
de ciertos perfiles de usuarios para la Procuración General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y sus Direcciones Generales;
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación comunicó informáticamente a esta
Procuración General los códigos de usuarios asignados para permitir acceder como
"autorizados" al Sistema de Notificación Electrónica;
Que por lo tanto resulta necesario el dictado de un acto administrativo que
complemente la mencionada Resolución N° 282/PG/2015, a fin de permitir la correcta
recepción de las notificaciones electrónicas y su posterior asignación a las áreas
pertinentes;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Asignar el usuario "Procuración General - CABA", cuyo código se
identificará en el Anexo I (IF-2016-16358413-PG) que forma parte integrante de la
presente, a la Dirección Administrativa dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal de esta Procuración General.
Artículo 2°.- La Dirección Administrativa dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal de esta Procuración General deberá compulsar el sistema de
notificación electrónica de manera regular con una frecuencia no mayor a sesenta (60)
minutos.
Artículo 3°.- La Dirección Administrativa, frente a la recepción de una cédula, oficio o
cualquier otra pieza procesal que impacte en el sistema de notificaciones electrónicas,
deberá proceder a remitirla a la Dirección General, Dirección o Departamento que le
concierna de manera inmediata, incorporándola al registro del juicio en los casos que
corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 185/PG/2016.
Artículo 4°.- Ordenar a los abogados de esta Procuración General que cumplen
funciones judiciales designar como "autorizado" al usuario "Procuración General -
CABA" en todas aquellas causas en las que intervengan, en un plazo de cuarenta y
ocho (48) horas de tomar conocimiento de la presente.
Artículo 5°.- El perfil de usuario de cada Dirección General o Dirección deberá ser
denunciado como autorizado por los abogados en aquellas causas judiciales que los
Directores Generales consideren oportuno. El código de usuario se identificará en el
Anexo I (IF-2016-16358413-PG) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 6°.- La presente Resolución no releva de modo alguno a los abogados que
ejercen funciones judiciales en esta Procuración General del cumplimiento de lo
dispuesto en los artículos 1° y 2° de la Resolución N° 282/PG/2015.
Artículo 7°.- El incumplimiento de la presente constituirá falta grave para los abogados
de esta Procuración General.
Artículo 8°.- Los Directores Generales, Directores y/o Jefes de Departamento deberán
velar por el cumplimiento de la presente.
Artículo 9.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Procuraciones Generales Adjuntas, Direcciones Generales y a la
Unidad de Auditoría Interna, todas de esta Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Astarloa
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4915