RESOLUCIÓN 185 2016 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

INSTITUYE MÓDULO SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE JUICIOS - SISEJ - SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL SGI - PROCURACIÓN GENERAL - APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CARGA DE DATOS - DEROGA RESOLUCIÓN 281-PG-2004 - DIRECTORES GENERALES CON COMPETENCIAS JUDICIALES - PLAZO DE DIEZ 10 DÍAS HÁBILES - PROCURACIÓN GENERAL

Publicación:

21/06/2016

Sanción:

13/06/2016

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


VISTO

La Ley N° 1218 (texto consolidado por Ley N° 5.454), Los Decretos N°

804/GCABA/2009, N° 678/GCABA/2011, N° 191/GCABA/2012 y N° 500/GCABA/2012,

las Resoluciones N° 281/PG/2004, N°216/PG/2009 y N° 378/PG/2015, el Sistema de

Gestión Integral de la Procuración General, y

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 1218 (texto consolidado por Ley N° 5.454) fija las obligaciones,

deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y en su artículo 27° establece que: "...El/la Procurador/a

dicta el Reglamento Interno y las demás resoluciones que estime necesarias para el

mejor funcionamiento del organismo a su cargo y elabora criterios generales y

particulares de actuación... ";

Que el Decreto N° 804/GCABA/2009, modificado parcialmente por los Decretos N°

678/GCABA/2011, N° 191/GCABA/2012 y N° 500/GCABA/2012, establece su

estructura orgánico funcional;

Que en el marco del proceso de modernización e informatización, desde el año 2004

hasta la fecha, esta Procuración General cuenta con un Sistema de Gestión Integral

(SGI) compuesto por varios módulos informáticos que paulatinamente han ido

implementándose y perfeccionándose;

Que por Resolución N° 281/PG/2004 oportunamente se reguló el procedimiento

aplicable para el ingreso de datos en el Sistema de Seguimiento de Juicios (SISEJ);

Que el SISEJ resulta necesario para la administración de las diferentes áreas de la

Procuración General, pues se trata de una herramienta de gestión que permite

efectuar el seguimiento de los juicios, registrando su estado procesal, calculando e

informando vencimientos y alternancias procesales y llevando un registro completo de

los escritos presentados tanto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como por

la contraparte;

Que por Resolución N° 378/PG/2015 se estableció un procedimiento para la baja y

modificaciones de los registros y la información volcada en el SGI, con el objeto de

fortalecer la integridad;

Que por otro lado, y en aras de mejorar la eficiencia y eficacia de la gestión de la

Procuración General, se han trazado diversos objetivos para alcanzar los logros

misionales;

Que para la medición del cumplimiento de dichos objetivos es necesario contar con

información de gestión cierta y actualizada;

Que de igual modo el SISEJ es la herramienta que contiene la información base

necesaria para medir el alcance de los objetivos judiciales de gestión;

Que en razón de lo expuesto y en virtud de la normativa vigente resulta necesario

adecuar el procedimiento y establecer el grado de responsabilidades para el uso del

SISEJ;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Institúyase el módulo SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE JUICIOS (SISEJ),

del Sistema de Gestión Integral (S.G.I.) como el único medio válido para la registración

de la gestión judicial de la Procuración General de la Ciudad.

Artículo 2° - Apruébase el Procedimiento de carga de datos en el Sistema de

Seguimiento de Juicios que consta como Anexo I (IF-2016-15372704-PG) y forma

parte integrante de la presente.

Artículo 3° - Derógase la Resolución N° 281/PG/2004.

Artículo 4° - Encomiéndase a los Directores Generales con competencias judiciales, en

el plazo de diez (10) días hábiles, el dictado de un norma en la que se establezca el

procedimiento de asignación de los juicios a los letrados de su dependencia de

conformidad y atendiendo a los criterios generales de especialidad en la materia,

eficiencia y transparencia en la gestión y una distribución proporcional de la carga de

trabajo.

Artículo 5° - Encomiéndase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal para

que a través de la Dirección Tecnología y Procesos arbitre los medios necesarios para

adaptar el SISEJ a lo dispuesto en la presente.

Artículo 6° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Procuraciones Generales Adjuntas, a la Unidad de Auditoría

Interna y a las Direcciones Generales, todas ellas de esta Procuración General.

Cumplido, archívese. Astarloa


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4906

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 17-PG-18 modifica el tercer párrafo del Art. 1 del Anexo I, de la Resolución 185-PG-16.</p><p>Art. 3 modifica el Art. 5 del Anexo I.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 212-PG-16 establece que la Dirección Administrativa frente a la recepción de una cédula, oficio o cualquier otra pieza procesal que impacte en el sistema de notificaciones electrónicas, deberá incorporándola de acuerdo a la Resolución 185-PG-16.</p>
DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 185-PG-16, deroga la Resolución 281-PG-2004.</p>