RESOLUCIÓN 369 2015 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Síntesis:

EDUCACIÓN SECUNDARIA - TÉCNICA PROFESIONAL - APRUEBA GUÍAS PEDAGÓGICO DIDÁCTICAS DEL TALLER CON TECNOLOGÍAS - ESPECIALIDAD JARDINERÍA - ESCUELA TÉCNICA CRISTÓBAL HICKEN - DE 9 - ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN - ESCUELAS TÉCNICAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN - ESPECIALIDAD DISEÑO DEL PRIMER CICLO -ESCUELA TÉCNICA RAGGIO - DE 10 - ESCUELA TÉCNICA 6 FERNANDO FADER Y 15 MAIPÚ - CICLO LECTIVO 2015 - ACTUALIZACIÓN ANUAL - ENCOMIENDA A LA ESCUELA DE MAESTROS EL DISEÑO DE LA CAPACITACIÓN DOCENTE - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COODINACIÓN PEDAGÓGICA

Publicación:

10/09/2015

Sanción:

03/08/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA


VISTO:

La Ley Nacional N° 26.206, las Resoluciones CFE Nros 47/08 y 84/09, las

Resoluciones Nros 3116-MEGC/10, 1281-MEGC/11, 4145-SSGECP/12, 1632-

MEGC/13 y 2822-MEGC/14, el Expediente Electrónico N° 18.347.367-MGEYA-

DGPLINED/14, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional

de nivel secundario mediante su actualización y modernización curricular y

pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al

segundo ciclo de dicha modalidad;

Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de

Educación Técnico Profesional N° 26.058 y en la Ley de Educación Nacional N°

26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación mediante las Resoluciones CFE

Nros 47/08 y 84/09 se aprobaron los "Lineamientos y criterios para la organización

institucional y curricular de la educación técnico profesional correspondiente a la

educación secundaria" y el documento con los "Lineamientos políticos y estratégicos

de la educación secundaria obligatoria", respectivamente;

Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la

revisión y reformulación de los planes de estudio de dicha modalidad educativa, con el

objeto de resguardar la validez nacional de los títulos técnicos de nivel secundario;

Que este Ministerio de Educación mediante Resolución N° 1281-MEGC/11, y su

modificatoria de acuerdo al artículo 16 de la Resolución N° 4145-SSGECP/12, aprobó

los "Criterios generales para la definición curricular de la Educación Técnico

Profesional de nivel secundario", que se enmarcan en las citadas normativas

federales;

Que en el marco de las Resoluciones del Consejo Federal de Educación CFE Nros

47/08 y 84/09 y la Resolución N° 1281-MEGC/11, y su modificatoria de acuerdo al

artículo 16 de la Resolución N° 4145-SSGECP/12, corresponde al Primer Ciclo de la

Educación Técnico Profesional de nivel secundario asegurar una formación general

equivalente a la del primer ciclo del nivel secundario, como así también la formación

de capacidades científicas y tecnológicas de carácter general y común para la

modalidad técnico profesional de este nivel educativo;

Que se ha desarrollado mediante la Resolución N° 4145-SSGECP/12 y sus Anexos I y

II el diseño curricular; régimen pedagógico y contenidos de la unidad curricular Taller

del Primer Ciclo de la educación técnico profesional de nivel secundario;

Que resultado de este proceso y en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N°

3116-MEGC/10, y en el artículo 18 de la Resolución N° 4145-SSGECP/12, la Gerencia

Operativa de Currículum dependiente de la Dirección General Planeamiento e

Innovación Educativa ha elaborado las propuestas de desarrollo curricular del primer

ciclo de la educación técnico profesional de nivel secundario, dictada mediante la

Resolución N° 2822-MEGC/14 y sus Anexos I, II, III, IV y V que forman parte de la

misma y que responden a los mencionados requisitos normativos, los derechos de los

estudiantes, y a la necesaria actualización científica, tecnológica y didáctica en las

disciplinas que componen los planes de estudio de referencia, en el contexto

ciudadano y socio-histórico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en materia de

especialidades técnico profesionales;

Que han participado en el proceso de revisión y producción de la nueva norma

curricular, la Gerencia Operativa de Currículum y la Dirección de Educación Técnica

dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, de acuerdo con

sus responsabilidades primarias y específicas;

Que en representación de la Dirección de Educación Técnica dependiente de la

Dirección General de Educación de Gestión Estatal, intervinieron en el proceso de

revisión y producción de la nueva norma curricular, supervisores escolares, equipo de

conducción, coordinadores de áreas específicas y docentes de las escuelas técnicas;

Que la nueva norma curricular conserva la asignatura taller del primer ciclo de la

modalidad técnico profesional, con su misma denominación y cargas horarias

actuales; y que es de carácter complementario al taller de las tecnologías

contempladas en las adaptaciones curriculares correspondientes a los Anexos II, III, IV

y V de la Resolución N° 2822-MEGC/14, en virtud de establecer los contenidos de la

adaptación curricular de los talleres;

Que por todo lo expuesto resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a

los efectos de aprobar la Guía Pedagógico Didáctica del Taller de Tecnologías de:

Administración y Gestión, Diseño, y Jardinería del Primer Ciclo de la modalidad técnico

profesional de nivel secundario y su implementación en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en resguardo de la validez nacional de los títulos técnicos

de nivel secundario;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 1632-MEGC/13,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN EDUCATIVA

Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la "Guía Pedagógico Didáctica del Taller con Tecnologías de

Jardinería del Primer Ciclo de la modalidad técnico profesional de nivel secundario"

que se dicta en la Escuela Técnica Cristóbal Hicken Distrito Escolar 9°, conforme se

detalla en los documentos que conforman el Anexo I (IF-2015-19512260- DGPLINED)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Apruébase la "Guía Pedagógico Didáctica del Taller con Tecnologías de

Administración y Gestión del Primer Ciclo de la modalidad técnico profesional de nivel

secundario", que se dicta en las Escuelas Técnicas de Administración y Gestión,

conforme se detalla en el Anexo II (IF-2015-19514537-DGPLINED) que forma parte de

la presente Resolución.

Artículo 3.- Apruébase la "Guía Pedagógico Didáctica del Taller con Tecnologías de

Diseño del Primer Ciclo de la modalidad técnico profesional de nivel secundario", que

se dicta en la Escuela Técnica Raggio Distrito Escolar 10°, conforme se detalla en el

Anexo III (IF-2015-19515142-DGPLINED) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4.- Apruébase la "Guía Pedagógico Didáctica del Taller con Tecnologías de

Diseño del Primer Ciclo de la modalidad técnico profesional de nivel secundario", que

se dicta en la Escuelas Técnicas N° 6 "Fernando Fader" y N° 15 "Maipú", conforme se

detalla en los documentos que conforman el Anexo IV (IF-2015- 19516094-

DGPLINED) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 5.- Establécese que la presente Resolución alcanza a las secciones de Taller

del primer ciclo de la modalidad técnico profesional de nivel secundario diurno, y es

complementaria del Anexo II, III, IV y V de la Resolución N° 2822-MEGC/14, que

forman parte de dicha Resolución de adaptaciones curriculares de las tecnologías

generales.

Artículo 6.- Dispónese la aplicación de la presente Resolución en las Escuelas de la

modalidad de Educación Técnico Profesional de nivel secundario correspondientes a

las Tecnologías aprobadas en el artículo 1, 2, 3 y 4 de la presente Resolución, a partir

del Ciclo Lectivo 2015, siendo responsabilidad de la Dirección de Educación Técnica,

dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, su

implementación.

Artículo 7.- Encomiéndase a partir de la puesta en vigencia de la presente a la Escuela

de Docentes - Escuela de Maestros, el diseño y ejecución de la capacitación docente

requerida para la implementación de la presente Resolución, por la Dirección de

Educación Técnica, debiendo dar intervención a la Gerencia Operativa de Currículum

de la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa.

Artículo 8.- Establécese que la evaluación del proceso de implementación de la

presente Resolución será responsabilidad de la Dirección General Planeamiento e

Innovación Educativa, dando Dirección de Educación Técnica, dependiente de la

Dirección General de Educación de Gestión Estatal.

Artículo 9.- Encomiéndese a la Dirección General Planeamiento e Innovación

Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la revisión y actualización

de las "Guías Pedagógico Didácticas del Taller de las distintas Tecnologías del Primer

Ciclo de la modalidad técnico profesional de nivel secundario" definidas en los Anexos

I (IF-2015-19512260-DGPLINED), II (IF-2015-19514537-DGPLINED), III (IF-2015-

19515142- DGPLINED) y IV (IF-2015-19516094-DGPLINED) de la presente, la misma

podrá actualizarse anualmente de acuerdo a la gradualidad de la implementación

adoptada.

Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Gestión

Económica Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de

Planeamiento e Innovación Educativa, Educación de Gestión Estatal, de Tecnología

Educativa y de Administración de Recursos, y para su conocimiento y demás efectos,

pase a la Dirección de Educación Técnica y a las Gerencias Operativas de Currículum,

de Recursos Humanos Docentes, de Títulos y Legalizaciones y de Clasificación y

Disciplina Docente. Gírese a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación

Pedagógica. Cumplido, archívese. Gulmanelli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4719

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 5 de la Resolución 396-SSGECP-15,  establece que la presente Resolución es complementaria de los Anexos II, III, IV y V de la Resolución 2822-MEGC-14.</p>