RESOLUCIÓN 576 2015 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

 PROGRAMA DE APOYO  CONSOLIDACIÓN Y FORTALECIMIENTO A GRUPOS COMUNITARIOS -  DELEGACIÓN DE FACULTADES - DELEGA EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL  - OTORGAMIENTO - AUMENTO DE MONTOS - DISMINUCIÓN - RACIONES ALIMENTARIAS  - CENTROS COMUNITARIOS  - COMEDORES  - MERENDEROS - ALMUERZOS - CENA - VIANDAS - COMIDAS - DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 915-MDSGC-11 - ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO - BENEFICIARIOS - SUBSIDIOS - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Publicación:

14/09/2015

Sanción:

03/09/2015

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


VISTO:

La Ley N° 2956, la Resolución N° 915/MDSGC/2011 y el Expediente N°

20452511/2015 y,

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2956 se creó el Programa de Apoyo, Consolidación y Fortalecimiento

a Grupos Comunitarios, que promueve la formación y actuación de los grupos

comunitarios sin fines de lucro, los cuales orientan sus acciones hacia los sectores

más vulnerables de la población de la Ciudad, la cual establece en su artículo 4° al

Ministerio de Desarrollo Social como autoridad de aplicación.

Que entre las misiones del Programa mencionado se contempla el otorgamiento de

módulos nutricionales que cubran adecuadamente los requerimientos proteicos,

vitamínicos y calóricos de los beneficiarios que asisten a los Grupos Comunitarios;

Que por Resolución N° 915/MDSGC/2011 se aprobó el procedimiento administrativo

para el aumento, disminución u otorgamiento de de raciones alimentarias a los Grupos

Comunitarios, dejándose establecido que dicho procedimiento deberá ser aplicable a

todo pedido de asistencia alimentaria proveniente de Organizaciones incluidas o no

incluidas en el Programa de Apoyo, Consolidación y Fortalecimiento a Grupos

Comunitarios;

Que, en virtud de los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia, deviene

necesario mejorar el procedimiento dispuesto en Anexo de Resolución N°

915/MDSGC/2011, posibilitando una rápida respuesta a los pedidos de asistencia

alimentaria presentados por los Grupos Comunitarios -se encuentren o no incluidos en

el programa precitado,

Que, por lo expuesto, y teniendo en cuenta la conformidad prestada por la

Subsecretaría de Promoción Social, resulta conveniente delegar en el/la titular de la

Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil tanto la facultad de autorizar

el otorgamiento, aumento o disminución de raciones alimentarias, como la de aprobar

el procedimiento administrativo correspondiente a tales fines;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 915/MDSGC/2011.

Artículo 2°.- Delégase en el/la titular de la Dirección General de Fortalecimiento de la

Sociedad Civil, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social la facultad para

autorizar los aumentos, disminuciones u otorgamiento de nuevas raciones a los

Grupos Comunitarios, quien por acto administrativo aprobará el procedimiento

correspondiente a tales fines.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de

Promoción Social, a la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil y a la

Gerencia Operativa de Apoyo a Grupos Comunitarios. Cumplido, archívese. Stanley

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolución576-MDSGC-15, delega en el/la titular de la DG de Fortalecimiento, de la Sociedad Civil,   M. de desarrollo Social,  la facultad para autorizar los aumentos, disminuciones u otorgamiento de nuevas raciones a los Grupos Comunitarios y aprobar el procedimiento,  en el marco de la Ley 2956.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 576-MDS-15 deja sin efecto la Resolución 915-MDS-11.</p>