DECRETO 1936
Síntesis:
NORMA DEROGADA - PAPEL PICADO EN DÍAS DE CARNAVAL - ARROJAR PAPEL PICADO A TRANSEÚNTES - VENTA AL PÚBLICO DE PAPEL CORTADO - LOS DUEÑOS DE LOCALES DONDE SE VENDA PAPEL CORTADO EN CONTRAVENCIÓN A LO DISPUESTO SERÁN PENADOS DE ACUERDO AL RÉGIMEN DE PENALIDADES - SANCIONES
Publicación:
31/01/1996
Sanción:
04/06/1936
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
DEROGADA POR
<p>Punto 22 del Anexo II de la Ley 451, deroga el Decreto del 4/6/1936 (Papel picado).</p>