DECRETO 1936

Síntesis:

NORMA DEROGADA - PAPEL PICADO EN DÍAS DE CARNAVAL - ARROJAR PAPEL PICADO A TRANSEÚNTES - VENTA AL PÚBLICO DE PAPEL CORTADO - LOS DUEÑOS DE LOCALES DONDE SE VENDA PAPEL CORTADO EN CONTRAVENCIÓN A LO DISPUESTO SERÁN PENADOS DE ACUERDO AL RÉGIMEN DE PENALIDADES - SANCIONES

Publicación:

31/01/1996

Sanción:

04/06/1936

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente



ANEXOS

La presente norma figura publicada en Digesto Municipal 1993, AD 765.4

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Punto 22 del Anexo II de la Ley 451, deroga el Decreto del 4/6/1936 (Papel picado).</p>