DECRETO 297 2015
Síntesis:
PRORROGA TÉRMINOS DEL DECRETO 353-14 Y SU MODIFICATORIO - RESTRICCIÓN PRESUPUESTARIA - EJERCICIO 2015 - SITUACIÓN ECONÓMICO FINANCIERA - CREACIÓN DE CARGOS DE ESTRUCTURA - AUTORIDADES SUPERIORES - RÉGIMEN DE CARRERA GERENCIAL - RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE OBRA - RÉGIMEN DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - ASISTENCIA TÉCNICA - PASANTÍAS - PAGO DE PASAJES Y VIÁTICOS - MISIONES OFICIALES - ADQUISICIÓN DE BIENES - EXPROPIACIÓN DE BIENES - CAJA CHICA ESPECIAL - FONDO CON CUMPLIMIENTO - RÉGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES- EVENTOS - SUBVENCIONES - SUBSIDIOS - TELEFONÍA MÓVIL - CREACIÓN DE CARGOS DE ESTRUCTURA DE AUTORIDADES SUPERIORES - RÉGIMEN DE LA CARRERA GERENCIAL - EXCEPCIONES - CONTROL - SINDICATURA DE LA CIUDAD - EXCEPCIONES - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Publicación:
01/10/2015
Sanción:
30/09/2015
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO
La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 353/14 y 539/14, el Expediente Electrónico N°
2015- 26765380-MGEYA-DGTALMH y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 353/14 se adoptaron medidas de restricción
presupuestarias en diversas materias, en los términos y condiciones establecidos en
sus disposiciones y hasta la finalización del ejercicio 2014;
Que por su parte, mediante el Decreto N° 539/14 se prorrogó la vigencia del Decreto
N° 353/14, por el plazo de ciento ochenta (180) días, y se modificó el artículo 6° del
mismo, determinando la intervención previa del Ministerio de Modernización a efectos
de autorizar excepciones a lo establecido en el Decreto N ° 353/14, cuando razones
debidamente acreditadas lo justifiquen, en los supuestos de creación de cargos de
estructura de autoridades, superiores, del régimen de la carrera gerencial y los
contratos de locación de servicios y de obra;
Que las referidas medidas de restricción presupuestarias, resultaron ineludibles debido
a la situación económica financiera y a los niveles de recesión imperantes en el país;
Que con los instrumentos jurídicos señalados se llevaron a cabo políticas de
reordenamiento de las finanzas públicas, tendientes a mantener los equilibrios
financieros para dar cumplimiento con los servicios esenciales en materia de salud,
educación, acción social, medio ambiente e infraestructura;
Que toda vez que aún persisten las referidas condiciones económicas en el país,
resulta indispensable prorrogar los términos del Decreto N° 353/14 y su modificatorio
hasta la finalización del ejercicio 2015.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Prorróganse los términos del Decreto N° 353/14 y su modificatorio desde
el 25/09/15 hasta la finalización del ejercicio 2015.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y organismos
con rango o nivel equivalente, a las Agencias, Entes Descentralizados del Gobierno de
la Ciudad, Empresas y Sociedades del Estado, a la Sindicatura General y a la
Procuración General de la Ciudad y, para su conocimiento y demás efectos, remítase
al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez
Larreta