RESOLUCIÓN 678 2015 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA LA SELECCIÓN DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY DE ÉTICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - INSCRIPCIÓN ON LINE - ELECTRÓNICA - POSTULANTES - ANTECEDENTES - EXAMEN ESCRITO - ENTREVISTA PERSONAL - PLAN DE GESTIÓN - COMITÉ DE SELECCIÓN - TERNA FINAL
Publicación:
08/10/2015
Sanción:
21/09/2015
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
Las Leyes Nros. 4.013 y 4.895, el Decreto N° 435/14, el EX -2015-2015-24910155-
DGPLC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.013, dispone que corresponde al Ministerio de Modernización el
diseño e implementación de políticas de gestión y administración de los recursos
humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 4.895, de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, tiene por objeto
regular obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades que se aplican al ejercicio de
la función pública;
Que la misma, en su artículo 23 estableció que el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo
y el Poder Judicial deberán designar su propia Autoridad de Aplicación, las que
ejercerán las competencias de la referida Ley;
Que el artículo 24 de la citada norma establece que el representante de cada uno de
los poderes podrá reglamentar el funcionamiento de su autoridad de aplicación y que
la modalidad de designación del o de los miembros será mediante concurso público de
oposición y antecedentes;
Que, por su parte, el Decreto N° 435/14, reglamentario de la Ley N° 4.895 establece
en su artículo 2° que el Ministerio de Modernización llevará a cabo el concurso de
oposición y antecedentes previsto en el artículo 24 de la mencionada Ley;
Asimismo, el referido Decreto establece que el Ministerio de Modernización deberá
instrumentar el concurso público de oposición y antecedentes a efectos de designar al
titular de la Autoridad de Aplicación;
Que, en base a ello, corresponde aprobar el reglamento que regirá el procedimiento de
concurso público de oposición y antecedentes para la selección de la Autoridad de
Aplicación de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública del Poder Ejecutivo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el sistema de selección propiciado por la presente aspira a que el mérito y la
idoneidad sean las cualidades que garanticen la solvencia y la profesionalidad en el
desempeño del cargo, proveyendo al régimen de imparcialidad que establece como
norte la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 4.013 y en el Decreto N° 435/14,
Artículo 1°.- Apruébase el reglamento que regirá el procedimiento de concurso público
de oposición y antecedentes para la selección de la Autoridad de Aplicación de la Ley
de Ética en el Ejercicio de la Función Pública del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo IF-2015- 25488380-DGPLC, forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica
dependiente de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección
General Planeamiento de Carreras dependiente de la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos de este Ministerio. Cumplido, archívese. Ibarra
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4739